REFORMA·▼ EL ESTADO RETROCEDIÓ · DESREGULA·Secretaría de Energía · RenovAr
Los generadores renovables pueden salir del contrato con CAMMESA pagando el 14% de la garantía
La Resolución 257/2026 deja sin efecto el régimen de compensación de penalidades de 2023 y abre, por única vez, una vía voluntaria para rescindir el Contrato de Abastecimiento, reconducirlo sin compromisos rígidos o migrar al mercado libre.
Por Nicolás Yacoy · Director editorial
Resolución 257/2026 · MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍABoletín Oficial · 2026-09-25Publicado por DQST · 25 de sept de 2026

Antes
El generador estaba atado al Contrato de Abastecimiento con CAMMESA: energía comprometida, multas por deficiencia y sin quita de penalidades para rescindir.
Después
Puede rescindir pagando el 14% de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, con las penalidades pendientes sin pagar, o reconducir el contrato eliminando la Energía Comprometida y el Reporte de Producción de Energía.
Un régimen de 2023 que nunca se ejecutó y ahora se deroga
El esquema anterior nacía de la Resolución 883 de octubre de 2023, que ofrecía compensar penalidades con inversiones en nuevos proyectos renovables. La propia Secretaría reconoce que ese mecanismo quedó en el papel: no se instrumentó ninguna solicitud ni se firmó convenio alguno con CAMMESA.
Sobre esa base la Resolución 257/2026 lo deja sin efecto y lo reemplaza por una salida directa: rescindir, reconducir o irse al mercado libre.
La rescisión tiene precio fijo y una condición dura
14% de la Garantía de Cumplimiento de Contrato es lo que paga el generador que pide la rescisión ante CAMMESA, más costas si hay juicio. Las penalidades pendientes no se abonan.
A cambio, el generador firma la renuncia a todo reclamo administrativo, judicial o arbitral contra el Estado Nacional y a los beneficios fiscales no gozados. La opción es por única vez.
Quien rescinde puede vender en el mercado a término
USD 500 por MW trimestral es el cargo de ingreso al MATER para los proyectos habilitados que rescinden, aplicable desde el mes siguiente y por dos años. Conservan la prioridad de despacho.
Los que siguen dentro pueden reconducir el contrato: la Energía Comprometida y el RPE cesan desde el 1 de junio de 2026, a costa de reducir dos años el período de abastecimiento.
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