De qué se trata
Prórroga emergencia discapacidad
Extiende un año más, hasta diciembre de 2027, la emergencia nacional en discapacidad declarada por la ley 27.793.
Proyecto de Ley 4018-D-2026 · entró por Diputados el
Título oficial
DISCAPACIDAD
En qué está
- Ingreso
- Dictamen · O.D. 350/26
- Media sanción · 237 a 9
- Revisión
- SanciónPendiente
Falta que lo vote el Senado.
Ver el recorrido completo
- 06·10·26 · O.D. 350/26 · Diputados: 2 dictamenes.
- 22·10·26 · Diputados: MODIFICACIONES A LA LEY NACIONAL DE DISCAPACIDAD — afirmativo.
Qué cambia
- La emergencia nacional en discapacidad rige hasta el 31 de diciembre de 2027
- Todas las facultades y efectos de la ley 27.793 continúan vigentes durante 2027
- La ley se aplica desde el 1° de enero de 2027 aunque se promulgue después de esa fecha
Generado con IA · 15·10·26 · el texto oficial está en «El texto» y «Los papeles»
Qué se discute
Tres versiones y ocho puntos en disputa
| Punto | Original Proyecto original | Mayoría Diputados · 40 firmas | Minoría Diputados · 32 firmas |
|---|---|---|---|
| Prórroga emergencia discapacidad 2027 | Prorroga hasta 31/12/2027 | No prorroga; objeto: superar emergencia | Prorroga hasta 31/12/2027 |
| Vigencia y aplicación de la ley | Rige desde publicación; aplica 1/1/2027 | Rige desde publicación; sin diferimiento | Rige desde publicación; aplica 1/1/2027 |
| Exigibilidad ley 27.793 frente al vencimiento | No lo toca | No lo toca | Prohíbe invocar plazo para desconocer disposiciones |
| Pensión no contributiva ley 13.478 | No lo toca | Sustituye; amplía beneficiarios y reglamentación | No lo toca |
| Monto pensión no contributiva | No lo toca | Fija 70% haber mínimo jubilatorio | No lo toca |
| Compatibilidad pensión con trabajo formal | No lo toca | Compatible; suspensión al superar tope | No lo toca |
| Prestaciones básicas ley 24.901 | Opera por remisión de prórroga | Ratifica vigencia expresamente | Opera por remisión de prórroga |
| Financiamiento y auditorías permanentes | No lo toca | Crea régimen de partidas y control | No lo toca |
Prórroga emergencia discapacidad 2027
Vigencia y aplicación de la ley
Exigibilidad ley 27.793 frente al vencimiento
Pensión no contributiva ley 13.478
Monto pensión no contributiva
Compatibilidad pensión con trabajo formal
Prestaciones básicas ley 24.901
Financiamiento y auditorías permanentes
En qué coinciden las 3
- Incluye cláusula de comunicación al Poder Ejecutivo
- Alcance nacional en todo el territorio argentino
En negrita, lo que cambia respecto del original.
Quién está de cada lado
Por bloque
El texto
Proyecto original · 3 artículos
Art. 1Prórroga de la emergencia hasta 2027
Prórroga. Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2027 inclusive, con todos sus efectos, la emergencia nacional en discapacidad declarada por el artículo 1° de la ley 27.793 en todo el territorio nacional.
Minoría lo conserva prácticamente idéntico. Mayoría no prorroga el plazo: reemplaza el objeto por superar la emergencia.
Art. 2Vigencia desde publicación en Boletín Oficial
Vigencia. La presente ley entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y sus disposiciones se aplican a partir del 1° de enero de 2027, aun cuando su promulgación fuere posterior a esa fecha.
Minoría conserva la aplicación diferida al 1/1/2027. Mayoría fija vigencia al día siguiente de publicación, sin diferimiento.
s/nComuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.