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Orden del Día

515/26

30 de octubre de 2026· Cámara de Diputados de la Nación· Legislación GeneralPDF

Proyectos tratados (3)

Dictámenes (1)

Dictamen de mayoría

Aconseja aprobar
37 firmantes
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Informe

Las Comisiones de Legislación General y de Defensa Nacional han considerado el proyecto de ley venido en revisión del Honorable Senado, por el que se instituye el 3 de marzo de cada año como "Día Nacional en Honor al Almirante Guillermo Brown"; y han tenido a la vista los proyectos de ley del señor diputado Montenegro G. y otras/os señoras/es diputadas/os (expediente 1.764-D.-2025); el del señor diputado Aveiro (expediente 3.408-D.-2026); y el proyecto de declaración del señor diputado Aveiro (expediente 3.407-D.-2026); sobre la misma temática; y, por las razones expuestas en el informe que se acompaña y las que dará el miembro informante, aconsejan su sanción.

Texto propuesto (5 artículos)

Artículo 1°. Institúyese el día 3 de marzo de cada año como "Día Nacional en Honor al Almirante Guillermo Brown", en reconocimiento a quien fue creador, fundador y comandante de la Escuadra Naval de las Provincias Unidas del Río de la Plata.

Artículo 2°. La presente ley tiene por objeto honrar la figura del Almirante Guillermo Brown y destacar la importancia histórica de su rol en la fundación y conducción de la Escuadra Naval Revolucionaria, cuyo accionar permitió el control del Río de la Plata en 1814, resultando decisivo para el desarrollo y el triunfo final de la causa de la Independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata.

Artículo 3°. El Poder Ejecutivo, a través de la autoridad de aplicación que determine, y en coordinación con el Consejo Federal de Educación, incorporará la efeméride al calendario escolar y promoverá la realización de actividades conmemorativas en los establecimientos educativos de todos los niveles.

Artículo 4°. El Poder Ejecutivo, a través de los organismos competentes, en particular la Armada Argentina, desarrollará actividades oficiales de conmemoración y difusión de la figura del Almirante Guillermo Brown y de su legado histórico.

Artículo 5°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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