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POR 5 DÍAS - Notifico al Sr. ADAM HERNAN JAVIER (DNI 30.621.995) con domicilio real en Catamarca N° 2020 de la

Disposición provincial: sanción de multa por servicio intercomunal sin autorización

Notificación
miércoles, 28 de octubre de 2026·Disposición·Administrativo·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

Se sanciona a Adam Hernán Javier (DNI 30.621.995) con una multa de $5.718.060 por la infracción prevista en el artículo 211 del Decreto 6864/58. La norma informa plazos para recurrir y pautas para el pago o la adhesión a un régimen de regularización de deudas.

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Texto completo

POR 5 DÍAS - Notifico al Sr. ADAM HERNAN JAVIER (DNI 30.621.995) con domicilio real en Catamarca N° 2020 de la localidad de Pilar provincia de Buenos Aires que por expediente N° EX-2025-38482656-GDEBA-DSTECMTRAGP en trámite ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 10 N° 1402 esquina 61, se ha dictado la Disposición que a continuación se transcribe: La Plata, 5 de noviembre de 2025. Visto el Expediente N° EX-2025-38482656-GDEBA- DSTECMTRAGP del Registro del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, y Considerando: Que las presentes actuaciones se originan con motivo del operativo de control sobre vehículos de transporte de pasajeros en el orden provincial en Ruta Provincial N°3 KM275.5, partido de Azul, el día 15 de septiembre de 2025, en el que se labró el Acta de Comprobación N.° 1525; Que por dicha acta se imputó al Sr. Adam Hernan Javier (DNI 30.621.995), por el hecho de realizar un servicio intercomunal sin autorización; en el caso: con el vehículo Dominio AF127KQ, realizaba un servicio desde Azul hasta Pilar, transportando (17) pasajeros; Que el imputado no ha formulado descargo en el plazo de ley; Que en consecuencia, y no existiendo nuevos elementos de juicio que permitan revertir la falta constatada, corresponde dictar el pertinente acto administrativo aplicando la sanción correspondiente; Que en cuanto al encuadre normativo, resulta de aplicación al caso bajo análisis el artículo 211 del Decreto N° 6864/58, Reglamentario del Decreto - Ley N° 16.378/57 y sus modificaciones; Que conforme surge del sistema de multas de la Subsecretaría de Transporte, el imputado no es reincidente en los términos del artículo 185 del Decreto N° 6864/58; Que también resultan de aplicación el Decreto Ley N° 7647/70, normas de procedimiento administrativo, texto actualizado con las modificaciones introducidas por las leyes N° 13.262, 13.708, 14.224 y 14.229; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley N° 16378/57, el Decreto N° 6864/58 y el Decreto N° 382/2022;

Por ello, El Director Provincial de Fiscalización del Transporte del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires Dispone Artículo 1°. Sancionar al Sr. ADam Hernan Javier (DNI 30.621.995), por la infracción configurada en el artículo 211 del Decreto N° 6864/58 reglamentario del Decreto-Ley N° 16378/57 y sus modificaciones, aplicando una (1) multa de Pesos Cinco Millones Setecientos Dieciocho Mil Sesenta ($5.718.060). Artículo 2°. Informar al imputado que podrá recurrir el presente acto resolutivo en los términos del artículo 89 del Decreto Ley N° 7647/70 de Procedimiento Administrativo, disponiendo al efecto de un plazo de diez (10) días hábiles a partir de la notificación de la presente; o en su caso proceder al pago de la multa para lo cual dispone de un plazo de veinte (20) días hábiles computables a partir de la notificación. Artículo 3°. En caso de optar por el pago de la multa impuesta, esta deberá abonarse mediante interdepósito bancario del Banco de la Provincia de Buenos Aires a la orden “Fondo Provincial del Transporte -Ley 11.126- Cuenta 1568/6” Casa Matriz La Plata, debiendo remitir o presentar el comprobante original ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 10 N° 1402 esq. 61 de la ciudad de La Plata, más un sellado provincial de reposición de fojas; indicando nombre y apellido y número de expediente. Artículo 4°. Se comunica que mediante Decreto N° 871/02, se ha aprobado el “Régimen de Regularización de Deudas” en concepto de multas, al que podrá adherir a fin de formalizar el pago en cuotas de la deuda; debiendo a tal efecto presentarse ante la Subsecretaría de Transporte el titular o el representante legal, acreditando el carácter invocado y/o formular consulta respecto al estado de deuda, a través del correo direccionrys.multas@gmail.com. Artículo 5°. Registrar, comunicar y notificar. Cumplido, archivar. Disposición N° DISPO-2025-2291-GDEBA-DPTFMTRAGP. Queda usted debidamente notificado. Guillermo Varvasino, Director Provincial oct. 22 v. oct. 28