Resolución 469/2026 / INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Crea el Programa de Apoyo Económico para películas argentinas en Premios Goya y Oscar
Reforma regulatoriaResumen
El INCAA crea el Programa de Apoyo a las películas seleccionadas para representar a la Argentina en los Premios Goya y Oscar, aprobando requisitos, montos, gastos elegibles y el esquema de pago anticipado con rendición posterior.
Análisis regulatorio
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Anexos
Texto completo
Ciudad de Buenos Aires, 29/10/2026
VISTO el EX-2026-96988315-APN-SGTYC#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tiene a su cargo el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional.
Que el artículo 3° de la citada Ley contempla entre las funciones del Organismo acrecentar la difusión de la cinematografía argentina, administrar el Fondo de Fomento Cinematográfico y fomentar la comercialización de películas nacionales en el exterior.
Que el inciso f) del artículo 24 de la Ley N° 17.741 contempla entre los destinos del Fondo de Fomento Cinematográfico la promoción, en el país y en el exterior, de actividades destinadas a asegurar la mejor difusión, distribución y exhibición de las películas nacionales, así como el financiamiento de su comercialización en el exterior.
Que conforme al marco normativo expuesto, resulta oportuno implementar instrumentos específicos de apoyo para respaldar el posicionamiento estratégico de las producciones nacionales que participan en instancias internacionales de máxima relevancia y prestigio, donde el acompañamiento institucional y la inversión en promoción resultan determinantes para su proyección.
Que en dicho marco, la selección de películas argentinas para representar a la República Argentina en la categoría Mejor Película Iberoamericana de los Premios Goya de la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España, y en la categoría Mejor Película Internacional de los Premios Oscar de la Academia de Artes y Ciencias Cinematográficas de los Estados Unidos de América, constituye una oportunidad central para fortalecer la visibilidad y comercialización del cine nacional en los mercados internacionales.
Que ambas academias realizan sus certámenes con carácter anual, admitiendo la representación oficial de UNA (1) sola película por país para cada edición.
Que el proceso de selección de las producciones que representan al país en los Premios Goya y en los Premios Oscar es llevado a cabo por la Academia de las Artes y Ciencias Cinematográficas de la Argentina, entidad representativa del sector audiovisual nacional.
Que las campañas de promoción vinculadas a dichas participaciones demandan acciones específicas de comunicación, proyecciones especiales, producción de materiales promocionales, utilización de plataformas de visionado, contratación de servicios especializados de prensa y relaciones públicas, así como los gastos de traslado y alojamiento de las delegaciones representativas.
Que la selección oficial como representante de la República Argentina constituye el requisito de acceso al Programa, no resultando exigible para la percepción del beneficio haber obtenido la nominación definitiva o el galardón final en el certamen respectivo.
Que en aquellos casos en que una misma película sea seleccionada para representar al país en ambos certámenes, resultará procedente admitir solicitudes independientes para cada campaña de promoción, exigiendo la identificación y presentación separada de sus presupuestos y garantizando la estricta inexistencia de duplicación en el financiamiento de los gastos.
Que en atención a la inmediatez y oportunidad con que deben ejecutarse las acciones de difusión en el exterior, resulta necesario contemplar el pago del apoyo económico con carácter de anticipo de fondos, quedando el beneficiario obligado a la posterior presentación de la rendición de cuentas documentada, conforme la reglamentación establecida en la presente medida.
Que en consecuencia, corresponde formalizar la creación del Programa de Apoyo Económico para las películas representantes en los Premios Goya y los Premios Oscar, aprobando su reglamento, requisitos de acceso, rubros elegibles, y el régimen de evaluación, liquidación y rendición de cuentas.
Que la SUBGERENCIA FILM COMMISSION, la COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN E INVERSIONES, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la GERENCIA GENERAL y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos Nº 1536/2002 y 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Crear el “PROGRAMA DE APOYO A LAS PELÍCULAS SELECCIONADAS PARA REPRESENTAR A LA REPÚBLICA ARGENTINA EN LOS PREMIOS GOYA Y OSCAR” destinado a acompañar las campañas de promoción y difusión de las películas seleccionadas por la Academia de las Artes y Ciencias Cinematográficas de la Argentina para representar al país en la categoría Mejor Película Iberoamericana de los Premios Goya de España y en la categoría Mejor Película Internacional de los Premios Oscar de los Estados Unidos de América.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar los requisitos y el procedimiento para la solicitud, otorgamiento, utilización y rendición de las ayudas establecidos en el ANEXO I (IF-2026-105406522-APN-FC#INCAA), que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Establecer que podrá otorgarse UNA (1) ayuda económica por cada edición de los Premios Goya y UNA (1) ayuda económica por cada edición de los Premios Oscar, a favor de la persona humana o jurídica productora de la película seleccionada para cada competencia. En caso de coproducción, el apoyo será otorgado al coproductor argentino que revista la calidad de productor de la película ante el INCAA. Las ayudas serán independientes entre sí, aun cuando una misma película resulte seleccionada para ambas competencias.
ARTÍCULO 4°.- Establecer que el monto máximo de cada ayuda económica será de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MIL (USD 10.000) por cada evento de premiación.
ARTÍCULO 5°.- Establecer que cada ayuda económica será abonada en UNA (1) sola cuota, con carácter anticipado, una vez dictada la Resolución de otorgamiento, mediante transferencia bancaria a una cuenta de titularidad del beneficiario. La ayuda estará sujeta a rendición documentada posterior conforme las condiciones y plazos establecidos en el ANEXO I. Los montos no utilizados, no rendidos o cuya aplicación no resulte debidamente acreditada deberán ser reintegrados al INCAA en los términos previstos en dicho Anexo.
ARTÍCULO 6°.- Establecer que las ayudas previstas en la presente serán independientes de los restantes programas de apoyo implementados por el INCAA. En ningún caso podrá imputarse un mismo gasto a más de una ayuda otorgada en el marco de este Programa ni a gastos financiados mediante otro régimen o instrumento del Organismo.
ARTÍCULO 7°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente medida serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria del Organismo.
ARTÍCULO 8°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 9°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carlos Luis Pirovano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/11/2026 N° 81498/26 v. 02/11/2026