MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
MERCOSUR: acciones puntuales en el ámbito arancelario para la reducción temporaria del AEC
Reforma regulatoriaResumen
La Comisión de Comercio del MERCOSUR aprueba una reducción temporaria de la alícuota del Arancel Externo Común para la Argentina para un ítem NCM específico, con límite cuantitativo y plazo determinados. La directiva debe incorporarse al ordenamiento jurídico argentino y su aplicación no inicia antes del 16 de marzo de 2026.
Análisis regulatorio
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Anexos
Texto completo
PUBLICACIÓN BOLETÍN OFICIAL LEY Nº 24.080
FECHA DE ENTRADA EN VIGOR PARA LA REPÚBLICA DE INSTRUMENTOS MULTILATERALES QUE NO REQUIRIERON APROBACIÓN LEGISLATIVA
Acuerdo de Complementación Económica N°18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.185) - Centésimo Nonagésimo Protocolo Adicional - Apéndice 185.
Celebración: Montevideo, República Oriental del Uruguay, 10 de junio de 2026.
Vigor: 19 de agosto de 2026.
Se adjunta copia de su texto.
Juan Pablo Paniego, Director, Dirección de Tratados.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Tratados y Convenios Internacionales se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/09/2026 N° 66245/26 v. 14/09/2026