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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

MERCOSUR: acciones puntuales en el ámbito arancelario para la reducción temporaria del AEC

Reforma regulatoria
lunes, 14 de septiembre de 2026·Directiva·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

La Comisión de Comercio del MERCOSUR aprueba una reducción temporaria de la alícuota del Arancel Externo Común para la Argentina para un ítem NCM específico, con límite cuantitativo y plazo determinados. La directiva debe incorporarse al ordenamiento jurídico argentino y su aplicación no inicia antes del 16 de marzo de 2026.

Análisis regulatorio

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Anexos

Texto completo

PUBLICACIÓN BOLETÍN OFICIAL LEY Nº 24.080

FECHA DE ENTRADA EN VIGOR PARA LA REPÚBLICA DE INSTRUMENTOS MULTILATERALES QUE NO REQUIRIERON APROBACIÓN LEGISLATIVA

Acuerdo de Complementación Económica N°18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.185) - Centésimo Nonagésimo Protocolo Adicional - Apéndice 185.

Celebración: Montevideo, República Oriental del Uruguay, 10 de junio de 2026.

Vigor: 19 de agosto de 2026.

Se adjunta copia de su texto.

Juan Pablo Paniego, Director, Dirección de Tratados.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Tratados y Convenios Internacionales se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 14/09/2026 N° 66245/26 v. 14/09/2026