DeQuéSeTrata

RESOLUCIÓN Nº 810-MIYSPGP-2026 / MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Reconocimiento de intereses por pago fuera de término a BRIALES S.A. (Certificados de obra N° 20-22)

Notificación
jueves, 29 de octubre de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

Se reconoce a BRIALES S.A. el pago de $39.995.473,78 en concepto de intereses por mora por el pago fuera de término de los Certificados de Obra N° 20, 21 y 22. El monto se imputa al presupuesto 2026 y se dispone su notificación y publicación.

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Texto completo

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS RESOLUCIÓN Nº 810-MIYSPGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Viernes 23 de Octubre de 2026

VISTO el EX-2025-31459781-GDEBA-DPTLMIYSPGP a través del cual tramita la solicitud de reconocimiento de intereses por pago fuera de término de los Certificados de obra N° 20, 21 y 22 por la empresa BRIALES S.A. contratista de la obra “Mejoramiento del Tramo Medio del Río Luján-Etapa II A LOTE 4”, y

CONSIDERANDO: Que mediante la RESO-2021-1826-GDEBA-MIYSPGP de fecha 19 de noviembre de 2021, se aprobó la documentación y se autorizó a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública Internacional para la ejecución de la obra de referencia, con un presupuesto oficial correspondiente al Lote 4 el cual asciende a la suma de pesos mil seiscientos seis millones quinientos nueve mil trescientos cincuenta y seis con noventa y seis centavos ($1.606.509.356,96), y un plazo de ejecución de quinientos cuarenta (540) días corridos; Que mediante la RESO-2023-118-GDEBA-MIYSPGP de fecha 27 de enero de 2023, se aprobó adjudicar los trabajos para la ejecución del Lote 4, de la obra mencionada, a la empresa BRIALES S.A, por la suma de pesos dos mil cuatrocientos setenta y un millones ciento cuarenta y cinco mil quinientos veintisiete con cinco centavos ($2.471.145.527,05); Que el artículo 46 de la Ley N° 6.021, establece que los intereses a que hubiere lugar por mora son abonados en el momento de procederse al pago del certificado; Que el Anexo II de la RESO-2021-124-GDEBA-TGP, establece entre las acciones de la Tesorería General de la Provincia, a través de su área correspondiente, la de analizar y tramitar los reclamos de intereses por mora presentados por acreedores/as del Estado; Que la Resolución N° 46/09 de Tesorería General y la Resolución N° 974/09 de la Contaduría General establece el procedimiento en los reclamos relativos a los intereses establecidos en los artículos 45 y 46 de la Ley Nº 6.021, correspondientes a certificados de obra cuya cancelación se hubiere efectuado a través de Entidades Descentralizadas y Tesorerías Sectoriales; Que el artículo 5° de las Resoluciones citadas en el considerando precedente establece la forma mediante la cual se presentarán los reclamos de intereses; Que, por requerimiento de la Dirección Ejecutiva del Comité, la Dirección Administrativa y Contable de este Comité procede a verificar el atraso en los pagos y, consecuentemente, a realizar la liquidación de intereses a abonar por el pago fuera de término de los Certificados de obra N° 20, 21 y 22, la cual asciende a un total de pesos treinta y nueve millones novecientos noventa y cinco mil cuatrocientos setenta y tres con setenta y ocho centavos ($39.995.473,78); Que el criterio utilizado desde la Dirección Administrativa y Contable del Comité para la presente liquidación, fue aplicar la Tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires para el descuento de los certificados de obras públicas a la fecha de emisión del certificado correspondiente, conforme lo normado por el artículo 46 de la Ley N° 6021; Que la Dirección Administrativa y Contable del Comité de Cuenca del Río Luján realizó la imputación preventiva del Gasto; Que la Subsecretaría de Recursos Hídricos ha intervenido en el marco de su competencia; Que ha tomado intervención la Tesorería General de la Provincia; Que han intervenido en el ámbito de sus competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 45 y 46 de la Ley N° 6.021 y su reglamentación y el artículo 27 de la Ley N° 15.477;

Por ello,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Reconocer a la firma BRIALES S.A., la suma de pesos treinta y nueve millones novecientos noventa y cinco mil cuatrocientos setenta y tres con setenta y ocho centavos ($39.995.473,78) en concepto intereses por pago fuera de término de los Certificados de Obra N° 20, 21 y 22, en su carácter de Contratista de la Obra: “Mejoramiento del Tramo Medio del Río Luján-Etapa II A LOTE 4”.

ARTÍCULO 2°. Atender la suma mencionada en el artículo precedente con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General - Ejercicio 2026 - Ley N° 15.557 - JU 14 - ACT INT DFL - PR 1 - AC 1 - IN 3 - PP 8 - PA 3 - FF 11 - M 1 - UG 999 - CTA ESC. 1371100000.

ARTÍCULO 3°. Notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar en el Boletín Oficial, notificar a la firma contratista e incorporar al Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA) y girar a la Dirección Provincial de Hidráulica. Cumplido, archivar. Gabriel Nicolás Katopodis, Ministro.