RESOLUCIÓN N° 1546-DVMIYSPGP-2026 / DIRECCIÓN DE VIALIDAD
Aprueba acta y paga redeterminación definitiva de precios del certificado de obra N° 16
Alcance generalResumen
Se aprueba el acta de redeterminación definitiva parcial de precios del certificado N° 16 (mes de octubre de 2023) correspondiente a una obra vial y se autoriza el pago a la contratista. Asimismo, se ordena el reajuste, la remisión a organismos de control y la gestión de avales por garantía.
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Texto completo
DIRECCIÓN DE VIALIDAD RESOLUCIÓN N° 1546-DVMIYSPGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Miércoles 14 de Octubre de 2026
VISTO el expediente N° EX-2024-24979775-GDEBA-DPTLMIYSPGP, mediante el cual tramita la redeterminación definitiva parcial de precios del certificado N° 16 de obra original, correspondiente al mes de octubre de 2023, de la obra: “Lote 4, etapa I de la Intervención Integral en R.P. N° 6, tramo 4, kilómetro 174,250 (R.N. N° 8)-kilómetro 197,050 (rotonda acceso Campana)”, con una longitud de 22.800 metros, en jurisdicción de los Partidos de Campana, Exaltación de la Cruz y Pilar, contratada con la empresa Coarco S.A. (C.U.I.T. 30-51650063-4); y
CONSIDERANDO: Que la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública informa que, con fecha 18 de julio de 2024 solicitó la redeterminación de precios del presente contrato; Que obran en el presente expediente los antecedentes de la obra adjudicada mediante resolución N° RESO-2022-449- GDEBA-DVMIYSPGP a la empresa Coarco S.A. (C.U.I.T. 30-51650063-4). Posteriormente, con fecha 21 de marzo de 2022, se suscribió el contrato de obra N° 18/2022 por un monto de pesos dos mil trescientos doce millones ciento noventa y siete mil cuarenta y cuatro con sesenta y tres centavos ($2.312.197.044,63) y un plazo de ejecución de trescientos sesenta y cinco (365) días corridos, los cuales fueron contabilizados a partir del acta de replanteo labrada con fecha 01 de julio de 2022; Que mediante resolución N° RESO-2025-1937-GDEBA-DVMIYSPGP se aprobó la primera neutralización de plazo, la cual abarcó el período comprendido entre el 05 de marzo de 2023 y el 15 de octubre de 2023 quedando ciento dieciocho (118) días corridos de plazo remanente, los cuales fueron contabilizados a partir de su reinicio, trasladando la nueva finalización al día 11 de febrero de 2024 (EX-2023-11567980-GDEBA-DVMIYSPGP); Que mediante resolución N° RESO-2026-766-GDEBA-DVMIYSPGP se aprobó la segunda neutralización de plazo, la cual abarcó el período comprendido entre el 06 de noviembre 2023 hasta el 25 de diciembre de 2025, quedando noventa y siete (97) días corridos de plazo remanente, que fueron contabilizados a partir de su reinicio, trasladándose la fecha de finalización al 29 de septiembre de 2026 (EX-2023-48848254-GDEBA-DVMIYSPGP); Que la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, ha tomado la intervención de su competencia verificando los cálculos presentados y emitiendo el informe correspondiente; Que la Gerencia Ejecutiva y la Subgerencia Control de Obras de Construcción, Conservación y Pavimentos Urbanos, han llevado a cabo el correspondiente análisis, en el marco de lo pautado por la normativa vigente y realizó una reseña de todo lo acontecido acerca de la obra de marras, procediendo al cálculo de la redeterminación, observando que el incremento parcial de las redeterminaciones es coincidente con el de la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública; Que, mediante dicho análisis se informa que los coeficientes definitivos serán de aplicación según el siguiente detalle: Que para el certificado mensual N° 16 correspondiente al mes de octubre de 2023 -obra original-, resulta un factor de redeterminación FR16 de 5,0904 al 100 %, que comparado con el factor de redeterminación provisorio al mes anterior FR16 de 4,5793 al 95 % y con el factor de redeterminación provisorio a octubre de 2023 mes del certificado el FR16 Bis de 4,8829 al 95 %, de igual manera que si se realiza la diferencia entre coeficiente prov. Fr bis-Fr es igual a 0,3036, resultando una diferencia a reconocer a la contratista de pesos dieciocho millones cuatrocientos cuarenta mil seiscientos dieciocho con cuarenta centavos ($18.440.618,40); Que, en consecuencia, el importe total de la redeterminación definitiva del certificado N° 16 asciende a la suma de pesos dieciocho millones cuatrocientos cuarenta mil seiscientos dieciocho con cuarenta centavos ($ 18.440.618,40), tal como consta en el Anexo I-DBVA. Asimismo, se informa que no se encuentran incluidos los honorarios profesionales por representación técnica debido a que en el Pliego de la obra de marras no fue contemplado dicho Ítem; Que las partes acuerdan que, al momento de efectuar la liquidación y pago de los montos reconocidos en el Acta Acuerdo oportunamente suscripta, deberá procederse a descontar los importes abonados por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en el marco de las Resoluciones RESO-2023-2553-GDEBA-DVMIYSPGP y RESOB-2023-9-GDEBA-DVMIYSPGP, que aprobaron los Factores Provisorios FR16 y FR16 bis al (Fri=95 %), efectuadas oportunamente por cada certificado mensual emitido en el marco de la aplicación del Decreto N° 995/2022, modificatorio del Decreto N° 290/21; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde detraer la suma total de pesos trescientos cuarenta y cinco millones setenta y cinco mil setenta con ochenta y un centavos ($345.075.070,81) abonada en concepto del reajuste provisorio del certificado N° 16 correspondiente al mes de octubre de 2023, dando por finalizado el método de reajustes provisorios para el periodo; Que, asimismo, se constancia que en concepto del presente ajuste se le reconocerá a la contratista la suma total de pesos trescientos sesenta y tres millones quinientos quince mil seiscientos ochenta y nueve con veintiún centavos ($363.515.689,21) en el mismo período, y que efectuado el correspondiente balance surge un incremento a favor de la contratista a ser certificada por la suma de pesos dieciocho millones cuatrocientos cuarenta mil seiscientos dieciocho con cuarenta centavos ($18.440.618,40) cuyo detalle se observa en
ANEXO I-DVBA; Que, en consecuencia, se deberá reconocer a la contratista un monto de pesos dieciocho millones cuatrocientos cuarenta mil seiscientos dieciocho con cuarenta centavos ($18.440.618,40) en concepto de la presente redeterminación definitiva de precios del certificado N° 16 correspondiente al mes de octubre de 2023; Que ha tomado intervención el Consejo Técnico de la Repartición, compartiendo el criterio sustentado por las dependencias técnicas intervinientes, propiciando la suscripción del Acta Acuerdo de redeterminación de precios; Que han tomado intervención de su competencia la Asesoría General de Gobierno, la Contaduría General de la Provincia y tomado vista la Fiscalía de Estado, concluyendo que puede procederse a la suscripción y aprobación del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios, respectivamente; Que el Departamento Contable acompaña la solicitud de gastos correspondiente; Que el Gerente de Administración ha tomado intervención de su competencia, propiciando la continuidad del trámite; Que se agrega el acta de redeterminación de precios tramitada en autos, la cual contiene los nuevos precios contractuales, con sus correspondientes análisis de precios, la cual se acompaña como Anexo del presente acto administrativo, identificada como IF-2026-34925490-GDEBA-DVMIYSPGP; Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley N° 7943/72,
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Aprobar el acta que identificada como IF-2026-34925490-GDEBA-DVMIYSPGP pasa a formar parte del presente acto administrativo, correspondiente a la redeterminación definitiva precios del certificado N° 16 de obra original, al mes de octubre de 2023, de la obra: “Lote 4, etapa I de la Intervención Integral en R.P. N° 6, tramo 4, kilómetro 174,250 (R.N. N° 8)-kilómetro 197,050 (rotonda acceso Campana)”, con una longitud de 22.800 metros, en jurisdicción de los Partidos de Campana, Exaltación de la Cruz y Pilar, contratada con la empresa Coarco S.A. (C.U.I.T. 30-51650063-4), que arroja un incremento de pesos dieciocho millones cuatrocientos cuarenta mil seiscientos dieciocho con cuarenta centavos ($18.440.618,40).
ARTÍCULO 2°. Proceder al reajuste del certificado emitido que contemple el saldo de obra para el mes de la redeterminación de precios aprobada en el artículo 1°.
ARTÍCULO 3°. Autorizar a la Gerencia de Administración, a efectivizar el pago a la empresa adjudicataria de la suma que resulte de la aplicación del incremento aprobado por el artículo 1°, con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General del Ejercicio 2026 - Ley N° 15557 Entidad 1.1.2.14.00.040 - Dirección de Vialidad - Finalidad 4 - Función 031 - PRG 4 - SUBPRG 10 - PRY 12775 - Inc. 4 - Pda. Principal 2 - Pda. Parcial 2 - Fte. Fin. 12- 11 - UG 889 .- FF 11 - por un monto de pesos seis millones cuatrocientos cuarenta mil seiscientos dieciocho con cuarenta centavos ($6.440.618,40) - FF 12 - por un monto de pesos doce millones ($12.000.000,00) -resultando en un monto total de pesos dieciocho millones cuatrocientos cuarenta mil seiscientos dieciocho con cuarenta centavos ($18.440.618,40).
ARTÍCULO 4°. Dejar establecido que, en el marco de la normativa vigente, con carácter previo a la recepción provisoria de la obra, deberá elevarse la documentación donde consten las sucesivas redeterminaciones de precios a conocimiento de los Organismos de Asesoramiento y Control y al Honorable Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO 5°. Dejar asentado que oportunamente deberá solicitarse a la empresa contratista los nuevos avales por garantía de contrato y efectuar la anotación marginal correspondiente.
ARTÍCULO 6°. Registrar. Incorporar al SINDMA. Notificar al Sr. Fiscal de Estado. Remitir a la Gerencia de Administración a efectos de notificar mediante la División Mesa General de Entradas a la empresa Coarco S.A. (C.U.I.T. 30-51650063-4) al domicilio constituido por la misma en el acta acuerdo suscripta por las partes, identificada como IF-2026-34925490- GDEBA-DVMIYSPGP. Cumplido, dirigir al Departamento Liquidaciones y Gastos. Publicar en el Boletín Oficial. Remitir a la Gerencia Ejecutiva. Roberto Nicolás Caggiano, Administrador General.