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POR 5 DÍAS - Notifico a la firma TRANSPORTE NORBUS SAS (CUIT 30-71614726-2), con domicilio real en Boulogne N°

Disponen sanción y notificación de multa a Transporte Norbus SAS por servicio sin autorización

Notificación
miércoles, 28 de octubre de 2026·Disposición·Administrativo·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

La Disposición sanciona a Transporte Norbus SAS con una multa de $11.436.120 por realizar un servicio intercomunal sin autorización. Informa vías de recurso y opciones de pago o adhesión a un régimen de regularización de deudas.

Análisis regulatorio

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Texto completo

POR 5 DÍAS - Notifico a la firma TRANSPORTE NORBUS SAS (CUIT 30-71614726-2), con domicilio real en Boulogne N° 2387 de la localidad de Pilar provincia de Buenos Aires que por expediente N° EX-2025-38869112-GDEBA- DSTECMTRAGP en trámite ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 10 N° 1402 esquina 61, se ha dictado la Disposición que a continuación se transcribe: La Plata, 6 de noviembre de 2025. Visto el Expediente N° EX-2025-38869112- GDEBA-DSTECMTRAGP del Registro del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, y Considerando: Que las presentes actuaciones se originan con motivo del operativo de control efectuado sobre vehículos de transporte de pasajeros en el orden provincial, realizado el día 22 de septiembre de 2025 en Ruta Provincial N° 6 y Ruta Nacional N° 34, partido de Lujan, en el que se labró el Acta de Comprobación N° 5687; Que por dicha acta se imputó a la firma Transporte Norbus SAS (CUIT 30-71614726-2), por el hecho de realizar un servicio intercomunal sin autorización; en el caso: con el vehículo Dominio GBT887 e interno 7, realizaba un servicio desde Pilar hasta San Andrés de Giles, transportando 10 pasajeros; Que el imputado no ha formulado descargo en el plazo de ley; Que, en consecuencia, y no existiendo nuevos elementos de juicio que permitan revertir la falta constatada, corresponde dictar el pertinente acto administrativo aplicando la sanción correspondiente; Que, en cuanto al encuadre normativo, resulta de aplicación al caso bajo análisis el artículo 211 del Decreto N° 6864/58, Reglamentario del Decreto -Ley N° 16.378/57 y sus modificaciones; Que conforme surge del sistema de multas de la Subsecretaría de Transporte, la imputada es reincidente en los términos del artículo 185 del Decreto N° 6864/58; Que también resultan de aplicación el Decreto Ley N° 7647/70, normas de procedimiento administrativo, texto actualizado con las modificaciones introducidas por las leyes N° 13.262, 13.708, 14.224 y 14.229; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley N° 16378/57, el Decreto N° 6864/58 y el Decreto N° 382/2022;

Por ello, El Director Provincial de Fiscalización del Transporte del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires Dispone Artículo 1°. Sancionar a la firma Transporte Norbus SAS (CUIT 30-71614726-2), por la infracción configurada en el artículo 211 del Decreto N° 6864/58 reglamentario del Decreto-Ley N° 16378/57 y sus modificaciones, aplicando una (1) multa de Pesos Once Millones Cuatrocientos Treinta y Seis Mil Ciento Veinte ($11.436.120). Artículo 2°. Informar al imputado que podrá recurrir el presente acto resolutivo en los términos del artículo 89 del Decreto Ley N° 7647/70 de Procedimiento Administrativo, disponiendo al efecto de un plazo de diez (10) días hábiles a partir de la notificación de la presente; o en su caso proceder al pago de la multa para lo cual dispone de un plazo de veinte (20) días hábiles computables a partir de la notificación. Artículo 3°. En caso de optar por el pago de la multa impuesta, esta deberá abonarse mediante interdepósito bancario del Banco de la Provincia de Buenos Aires a la orden “Fondo Provincial del Transporte -Ley 11.126- Cuenta 1568/6” Casa Matriz La Plata, debiendo remitir o presentar el comprobante original ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 10 N° 1402 esq. 61 de la ciudad de La Plata, más un sellado provincial de reposición de fojas; indicando nombre y apellido y número de expediente. Artículo 4°. Se comunica que mediante Decreto N° 871/02, se ha aprobado el “Régimen de Regularización de Deudas” en concepto de multas, al que podrá adherir a fin de formalizar el pago en cuotas de la deuda; debiendo a tal efecto presentarse ante la Subsecretaría de Transporte el titular o el representante legal, acreditando el carácter invocado y/o formular consulta respecto al estado de deuda, a través del correo direccionrys.multas@gmail.com. Artículo 5°. Registrar, comunicar y notificar. Cumplido, archivar. Disposición N° DISPO-2025-2331-GDEBA-DPTFMTRAGP. Queda usted debidamente notificado. Guillermo Varvasino, Director Provincial oct. 22 v. oct. 28