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J.S.L.A. DISTRIBUIDORA LOMAS SRL

J.S.L.A. DISTRIBUIDORA LOMAS SRL: reforma del objeto social por acta de socios

Reforma regulatoria
martes, 3 de noviembre de 2026·Otros (publicación de acta societaria)·Administrativo·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

Se publica un acta de reunión de socios por 1 día de J.S.L.A. DISTRIBUIDORA LOMAS SRL que reformó su objeto social, ampliando/ajustando las actividades comerciales comprendidas.

Análisis regulatorio

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Texto completo

J.S.L.A. DISTRIBUIDORA LOMAS SRL POR 1 DÍA - CUIT 30-71932137-9. Acta de Reunión de Socios N°1 del 14-10-2026, reformó el objeto social: “Tercera: La Sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el País o en el Extranjero, a las siguientes actividades: Compra, venta, distribución, comisión, importación, exportación y cualquier forma de comercialización, sea al por mayor y menor de: mantelería, ropa de cama y artículos textiles para el hogar; electrodomésticos y artefactos para el hogar; equipos de audio y video; bicicletas y rodados similares, máquinas, herramientas de uso general; artículos textiles, calzas, tops, pilotos de lluvia y afines; artículos de ferretería y materiales eléctricos, muebles para el hogar, muebles de caño, artículos de mimbre y corcho; artículos de bazar y menaje; equipos y artículos deportivos, juguetes, artículos de cotillón y juegos de mesa; artículos de marroquinería, paraguas y afines; adornos y peluches. Asimismo, podrá realizar toda actividad anexa, derivada o análoga que directa o indirectamente se vincule con las actividades descriptas precedentemente, y efectuar todo tipo de operaciones comerciales y de servicios, para el cumplimiento de su objeto, sin más limitaciones que las que determinen las respectivas leyes. La Sociedad podrá realizar la financiación de las Operaciones Sociales, obrando como Acreedor Prendario en los términos del Artículo Quinto de la Ley 12.962 y realizar todas las operaciones necesarias de carácter Financiero permitidas por la Legislación Vigente, siempre con dinero propio. No realizar las comprendidas en la Ley 21.526 o cualquier otra que se dicte en lo sucesivo en su reemplazo o requiera de la intermediación en el Ahorro Público. Para el cumplimiento de su Objeto, la Sociedad tiene plena Capacidad Jurídica para Adquirir De Derechos y Contraer Obligaciones inclusive las Prescriptas por CCCN Ley 26994. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. Todas las actividades que así lo requieran serán realizadas por profesionales con título habilitante. Para el cumplimiento de su objeto tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las disposiciones en vigor, o este estatuto.”. Sebastián Alfredo Marianacci, Escribano.