RESOLUCIÓN N° 23.459
Reconocimiento de jubilación y pensión por fallecimiento de la causante
NotificaciónResumen
La resolución reconoce el derecho a la jubilación ordinaria de María Laura FICARRA y el derecho a pensión de José Fabián GONZÁLEZ, con liquidaciones desde fechas determinadas. Además, dispone la notificación de los recursos disponibles y aspectos de caducidad/prórroga del beneficio para hijos.
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Texto completo
RESOLUCIÓN N° 23.459
VISTO el expediente EX-2026-13100966-GDEBA-DPTMDEIPS por el cual María Laura FICARRA, solicita el beneficio de JUBILACIÓN ORDINARIA, en los términos del Decreto-Ley N° 9650/80 (T.O. 1994), y;
CONSIDERANDO: Que durante la tramitación se produjo el fallecimiento de la titular, por lo que corresponde reconocer el derecho que le asistía al goce del beneficio jubilatorio; Que posteriormente se presenta José Fabian GONZALEZ, solicitando el beneficio pensionario, en carácter de cónyuge supérstite de la causante; Que se encuentra probado el vínculo alegado y reunidos los requisitos legales; Que la fecha de comienzo del beneficio se determina a partir del día siguiente al fallecimiento; Que contando con la vista del Fiscal de Estado;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. RECONOCER que a María Laura FICARRA, con documento, DNI N° 17.550.997, le asistía el derecho al goce del beneficio de JUBILACIÓN ORDINARIA equivalente al 75 % del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Maestra de Sección, Desfavorabilidad 1 (30 %), Preescolar, con 27 años de antigüedad, desempeñados en la Dirección General de Cultura y Educación, el que debía ser liquidado a partir del 1° de abril de 2020 hasta el 9 de octubre de 2024, fecha en que se produce su fallecimiento; y en consecuencia declarar de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales, las sumas devengadas en dicho concepto.-
ARTÍCULO 2°. ACORDAR el beneficio de PENSION a José Fabian GONZALEZ, con documento, DNI N° 18.127.926.-
ARTÍCULO 3°. LIQUIDAR el beneficio a partir del 10 de octubre de 2024 en base al 56 % del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Maestra de Sección, Desfavorabilidad 1 (30 %), Preescolar, con 27 años de antigüedad, desempeñados por la causante en la Dirección General de Cultura y Educación.
ARTÍCULO 4°. NOTIFICAR que, contra las resoluciones del Instituto, los interesados podrán interponer recurso de revocatoria dentro del plazo de veinte (20) días de notificados (artículo 74 del Decreto-Ley N° 9650/80 T. O. 1994). Asimismo, se informa que el beneficio otorgado a los hijos caducará a los 18 años de edad, pudiendo prorrogar el mismo hasta los 25 años si acreditaren estudios regulares y no desempeñaren actividad remunerativa o si se encontraren incapacitados para el trabajo (artículo 36, 37 y 65 de la norma citada).
ARTÍCULO 5. REGISTRAR en Actas. Publicar Edictos. Remitir a fin de dar alta al beneficio. Cumplido Archivar. Departamento Resoluciones Docentes Moretti Marina, Presidenta. oct. 26 v. oct. 30