RESOLUCIÓN N° 821-MIYSPGP-2026 / MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Reubicación excepcional en un (1) grado del personal Ley 10.430 (desde 1/7/2026)
Organización internaResumen
Se dispone la reubicación excepcional y por única vez, desde el 1 de julio de 2026, de agentes de planta permanente con estabilidad del régimen de la Ley 10.430. La nómina de agentes se aprueba por Anexo I y la medida requiere adecuaciones presupuestarias y modificaciones de planteles básicos.
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Texto completo
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS RESOLUCIÓN N° 821-MIYSPGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Viernes 30 de Octubre de 2026
VISTO el EX-2026-33677439-GDEBA-DDDPPMIYSPGP de este Ministerio, mediante el cual tramita la reubicación excepcional de diversos agentes de Planta Permanente con estabilidad que revistan en el régimen de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado Decreto N° 1869/96) en los términos del Decreto N° 777/26, y
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto N° 777/26 se dispuso la reubicar en forma excepcional y por única vez, a partir del 1 de julio de 2026, al personal que al 30 de junio de 2026 reviste en la Planta Permanente con estabilidad del régimen de la Ley N° 10.430 y modificatorias, y su Decreto Reglamentario N° 4161/96, en los términos allí establecidos; Que el citado Decreto determinó que dicha reubicación alcanza al personal que registre, al 30 de junio de 2026, al menos dos (2) años de antigüedad y consiste en el incremento de UN (1) grado, dentro de los respectivos Agrupamientos en los que revistan, siendo la antigüedad a considerar aquella reconocida por el desempeño en la Administración Pública Provincial; Que a través del artículo 21 del citado acto se facultó a las/os Ministras/os del Poder Ejecutivo, titulares de los Organismos de la Constitución, Asesor General de Gobierno y a los/as titulares de los Organismos Descentralizados y Desconcentrados de la Administración Pública Provincial, a disponer las reubicaciones y a otorgar la bonificación reglada en el artículo 8°, de conformidad con las previsiones allí dispuestas; Que en tal sentido, la presente medida dispone la reubicación en forma excepcional, a partir del 1° de julio de 2026, al personal que al 30 de junio de 2026 reviste en la Planta Permanente con estabilidad del régimen de la Ley N° 10.430 y modificatorias, y su Decreto Reglamentario N° 4161/96, dependiente de esta Jurisdicción que reúna las condiciones definidas por dicha norma; Que en ese sentido, obran en el Anexo I (IF-2026-37444367-GDEBA-DDDPPMIYSPGP) la nómina de los agentes que se reubican en un (1) grado, conforme a lo normado en el Decreto N° 777/26; Que la Dirección General de Administración de este Organismo impulsará a través del área correspondiente, las modificaciones en los planteles básicos a que hubiere lugar, en virtud de las medidas que por la presente se adoptan; Que la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal, evaluó que todos/as los/as agentes comprendidos en la presente medida se encuentran en condiciones de ser alcanzados en los términos del Anexo que por la presente se aprueba, y que la Dirección General de Administración prestó conformidad; Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público de la Secretaría General; Que por el artículo 22 del Decreto N° 777/26 se exceptuó de los alcances del primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 y modificatorios a las medidas propiciadas por la presente; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21 del Decreto N° 777/26;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 272/17 - E Y SUS MODIFICATORIOS
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Reubicar, en forma excepcional y por única vez, en la Jurisdicción 1.1.1.14, Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, en los términos del artículo 1° y concordantes del Decreto N° 777/26, a partir del 1 de julio de 2026, a los agentes de la Planta Permanente con estabilidad que revistan en el régimen de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96, los cuales se nominan en el Anexo I (IF-2026-37444367- GDEBA-DDDPPMIYSPGP) -Nómina de agentes que se reubican en un (1) grado-, que forma parte integrante de la presente, en las condiciones que en cada caso se detalla.
ARTÍCULO 2°. La Dirección General de Administración de este Organismo gestionará a través del área correspondiente las adecuaciones presupuestarias necesarias ante el Ministerio de Economía, e impulsará las modificaciones de los planteles básicos a que hubiere lugar, en virtud de las medidas que por el presente acto se adoptan.
ARTÍCULO 3°. Comunicar a la Dirección Provincial de Personal, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar. Gabriel Nicolás Katopodis, Ministro.
ANEXO/S IF-2026-37444367-GDEBA- 52b7fcba7c5ba10c8ee9dbc718a80363e05dcf48af7109f9017181ed4b5d575d Ver