DeQuéSeTrata

RESOLUCIÓN N° 1349-SSTAYLICULGP-2026 / DACPATAICULGP

Aprueban contrato de locación de obra artística cultural con músicos

Notificación
miércoles, 28 de octubre de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

Se autoriza y aprueba un contrato de locación de obra artística cultural con la Asociación Profesional de Músicos, para la presentación de la Sra. Juana Belén Zapata en la ópera “La Flauta Mágica”.

Análisis regulatorio

🔒 Para usuarios registrados

Analizamos el impacto regulatorio real de esta norma: score, sectores, jurisdicciones y actores afectados.

Texto completo

DACPATAICULGP RESOLUCIÓN N° 1349-SSTAYLICULGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Jueves 22 de Octubre de 2026

VISTO el EX-2026-27637453-GDEBA-DACPATAICULGP, por el cual se gestiona la aprobación de un contrato de locación de obra artística cultural formalizado con la Asociación Profesional de Músicos, representada por el Sr. Miguel GARCIA, y

CONSIDERANDO: Que el referido contrato fue suscripto entre este Instituto Cultural, representado por el Sr. Director General y Artístico del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, Ernesto BAUER y la Asociación Profesional de Músicos, representada por el Sr. Miguel GARCIA, en los términos del instrumento AA-2026-29599608-GDEBA-DACPATAICULGP, que como Anexo Único forma parte integrante de la presente; Que dicho contrato se celebró ad referéndum y tiene por objeto la presentación artística de la Sra. Juana Belén ZAPATA, quien se desempeñará como músico de refuerzo, solista doble instrumento ejecución de trombón y trombón bajo, en la ópera "La Flauta Mágica", de Wolfgang Amadeus Mozart, los días 21, 22, 23, 28, 29, y 30 de agosto de 2026, en la Sala Alberto Ginastera del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino; Que obra Carta Poder en la cual la artista confiere Poder Especial a la Asociación Profesional de Músicos, representada por su tesorero Miguel GARCIA; Que se acompaña documentación referida a la citada Asociación y a la artista; Que la autoridad signataria dio cumplimiento a los requisitos sustanciales y formales para su contratación y, en esta instancia, este órgano superior estima oportuno y conveniente aprobar lo actuado; Que el gasto a devengarse del presente contrato se realiza en el ejercicio fiscal en curso y su perfeccionamiento se retrotrae a la fecha de inicio de la prestación; Que se tomaron los recaudos presupuestarios pertinentes con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2026 - Ley N° 15.557; Que la Delegación Fiscal de la Contaduría General de la Provincia tomó la intervención de su competencia; Que dicha contratación se encuentra dentro de lo preceptuado en el Decreto N° 462/2017 E; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 50 de la Ley N° 15.477, y en el DECRE-2022-90-GDEBA-GPBA, modificado por DECRE-2022-1996-GDEBA-GPBA.

Por ello, EL SUBSECRETARIO TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Autorizar y aprobar el contrato AA-2026-29599608-GDEBA-DACPATAICULGP, suscripto ad referéndum entre este Instituto Cultural, representado por el Sr. Director General y Artístico del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, Ernesto BAUER y la Asociación Profesional de Músicos (C.U.I.T. N° 30-69205565-5), representada por el Sr. Miguel GARCIA (D.N.I. N° 39.114.615), por comprometer la presentación artística de la Sra. Juana Belén ZAPATA (D.N.I. N° 41.758.591), quien se desempeñará como músico de refuerzo, solista doble instrumento ejecución de trombón y trombón bajo, en la ópera "La Flauta Mágica", de Wolfgang Amadeus Mozart, los días 21, 22, 23, 28, 29, y 30 de agosto de 2026, en la Sala Alberto Ginastera del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, bajo la exclusiva responsabilidad del funcionario que promueve la gestión, y cuyo original como Anexo Único forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida a las partidas presupuestarias correspondientes para el Ejercicio 2026 - Ley N° 15.557: Sector Público Provincial no Financiero 1 - Administración Provincial 1 - Organismos Descentralizados 2 - Jurisdicción 06 - Jurisdicción Auxiliar 00 - Entidad 003: Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires -Finalidad 3 - Función 4 - Subfunción 2 - Servicios Culturales - UE 547 - PRG 2 - SP 1 - AC 1 - Actividad Interna COG - Fuente de Financiamiento 1.1 - UG 999 - Inciso 3 - Partida Principal 4 - Partida Parcial 5: Importe total: PESOS SEISCIENTOS DOS MIL CUARENTA CON 19/100 ($602.040,19).

ARTÍCULO 3°.- Facultar a la Dirección General de Administración a librar la/las orden/es de pago conforme la certificación de tarea pertinente y a efectuar el/los pago/s correspondientes, en concordancia con los artículos precedentes.

ARTÍCULO 4°.- Registrar, comunicar y pasar a la Dirección de Contabilidad y Servicios Generales a sus efectos. Incorporar en el Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA). Cumplido, archivar. Tomas Viviani, Subsecretario.

ANEXO/S 1349 AA-2026-29599608-GDEBA- 3330a4e81779523b249eadc97196623a83449687bddaa25745e0086cad384c65 Ver