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RESOLUCIÓN N° 43.915

Intimación por edictos y reconocimiento de cargo deudor a derechohabientes de Sarita Esther Gallardo

Notificación
jueves, 29 de octubre de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

La Resolución declara legítimo un cargo deudor por percepción indebida de haberes previsionales de Sarita Esther Gallardo y dispone intimar a sus derechohabientes mediante edictos para el pago o propuesta de pago en 10 días. Asimismo, ordena la intervención de áreas del IPS para verificar presentaciones y, de corresponder, la actuación para habilitar la vía ejecutiva.

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Texto completo

RESOLUCIÓN N° 43.915

VISTO el expte N° 2350-91395-01 iniciado por la hoy fallecida SARITA ESTHER GALLARDO y la deuda liquidada a fs 81 por la percepción indebida de haberes previsionales y;

CONSIDERANDO: Que tal como surge de las presentes actuaciones, se detectó a fs. 68 y sstes la percepción indebida de haberes previsionales por parte de la causante -error en el pago de bonificación -durante el periodo 01-12-2018 al 10-02-2025, ello por la suma de $1.073.512,65, el que debe declararse legítimo e instarse a su recupero; notificándose la presente por edictos a los derecho habientes de la causante SARITA ESTHER GALLARDO; Que asimismo, la situación planteada en autos faculta a este IPS a repetir lo abonado (conf. arts. 726, 766, 868, 1796, 1798 y concordantes del Código Civil y Comercial); ello sin más trámite; Que la presente medida se dicta en uso de |as atribuciones conferidas por el Artículo 7 de la Ley N° 8587;

Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Declarar legítimo, en orden a lo expuesto y actuado, el cargo deudor practicado por la percepción indebida de haberes previsionales por parte de la causante SARITA ESTHER GALLARDO -error en el pago de bonificación- durante el periodo 01-12- 2018 al 10-02-2025, ello por la suma de $1.073.512,65, conforme lo normado por el art. 61 del Decreto Ley N° 9650/80 .-

ARTÍCULO 2°.- Intimar por EDICTOS, a los derecho habientes de la fallecida SARITA ESTHER GALLARDO, para que en el plazo perentorio de 10 (diez) días desde su notificación, paguen ó propongan forma de pago del saldo deudor debido impuesto por art. 1- En el caso de realizar el pago total del cargo deudor deberá realizar un depósito o transferencia bancaria en la cuenta fiscal N° 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco de la Provincia de Buenos Aires Casa Matriz Sucursal 2000. Deberá adjuntar el pago total o la propuesta de pago, por medio de cualquier Centro de Atención Previsional (CAP) más cercano a su domicilio, o a través de un turno no presencial, que pueden solicitar a través del siguiente link:https://turnos.ips.qba.qob.ar/seleccionarTramite seleccionando el trámite denominado "Presentación de propuesta de pago y/o comprobante de pago". HABILITAR EL COBRO DE LA VÍA EJECUTIVA EN CASO DE NO PAGO o NO PRESENTACIÓN DE PROPUESTA DE PAGO.-

ARTÍCULO 3°.-. Disponer la intervención de la REGIONAL VIII (EX INFORMACIONES GENERALES), a los efectos de que certifique si existe propuesta de pago y/o presentación de comprobantes de pago, turnos asignados y/o pagos que obren en alcances digitales. Con su resultado, de corresponder, deberá tomar intervención el DPTO. JUDICIALES Y DPTO, TÍTULOS EJECUTIVOS; para que tome la intervención que hace a su competencia.

ARTÍCULO 4°.- Registrar. Pasar las actuaciones al sector Edictos del Dpto Técnico Administrativo y a la Regional VIII los efectos indicados en el art. 3. Hecho seguir el trámite como por derecho corresponda. Oportunamente, archivar.- Marina Moretti, Presidenta. oct. 26 v. oct. 30