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EGLAM ARGENTINA SA

EGLAM ARGENTINA SA: aumento de capital y modificación del artículo cuarto del estatuto

Reforma regulatoria
miércoles, 4 de noviembre de 2026·Publicación/Comunicación societaria (asamblea)·Administrativo (publicación en BORA)·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

Se publica una resolución de asamblea de EGLAM ARGENTINA SA que aumenta el capital social, fija una prima de emisión y emite nuevas acciones, modificando el artículo cuarto del estatuto. El capital pasa de $5.043.018 a $5.910.417 e incluye la emisión de acciones ordinarias y preferidas.

Análisis regulatorio

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Texto completo

EGLAM ARGENTINA SA POR 1 DÍA - Por acta de Asamblea de fecha 2 de diciembre de 2020, se resolvió: (i) aumentar el capital social en la suma de $867.399, elevándolo de $5.043.018 a la suma de $5.910.417, (ii) fijar una prima de emisión de $45,89991687793046 por acción, siendo en consecuencia la prima global de $39.813.542; (iii) emitir, la cantidad de 780.659 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $1 cada una y con derecho a un voto por acción, y 86.740 acciones preferidas, nominativas no endosables, de valor nominal $1 cada una y con derecho a un voto por acción; (iv) modificar el artículo cuarto del estatuto social el que quedó redactado conforme lo siguiente: "Artículo Cuarto: El capital social es de Pesos cinco millones novecientos diez mil cuatrocientos diecisiete ($5.910.417). representado por cinco millones trescientos diecinueve mil trescientos setenta y cinco (5.319.375) acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal un Peso cada una y con derecho a un voto por acción y quinientos noventa y un mil cuarenta y dos (591.042) acciones preferidas, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción. Las acciones preferidas gozarán de las siguientes preferencias patrimoniales, (a) los titulares de las acciones preferidas tendrán derecho a cobrar, en forma prioritaria, la suma de Dólares Estadounidenses un millón (U$S 1.000.000) o su equivalente en cualquier otra moneda, en caso de venta de acciones que representen más del noventa por ciento (90 %) del capital social y votos de la Sociedad a un precio inferior a Dólares Estadounidenses cien mil (U$S 100.000,-) -o su equivalente en otra moneda- por cada punto porcentual; y (b) en caso de liquidación de la Sociedad, una vez cancelado el pasivo de la misma, los tenedores de las acciones preferidas tendrán derecho a cobrar, en forma prioritaria, el capital integrado de dichas acciones preferidas con preferencia en la devolución del importe integrado y luego de ello, una vez reembolsado el capital integrado de las acciones ordinarias, los titulares de acciones preferidas tendrán derecho a cobrar en forma prioritaria la suma de Dólares Estadounidenses un millón (U$S 1.000.000) o su equivalente en Pesos; y el remanente en caso de existir- será distribuido entre los tenedores de las Acciones Ordinarias a prorrata de sus respectivas tenencias accionarias en la Sociedad.” Autorizado a publicar Ezequiel Carlos Arslanian, Presidente, DNI 25.021.625. SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS