AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - DIRECCIÓN ADUANA DE EZEIZA
Edicto: comunicase por única vez posibilidad de solicitar destinación aduanera para mercaderías de rezago
NotificaciónResumen
La Dirección Aduana de Ezeiza comunica a quienes acrediten su derecho sobre mercaderías comprendidas en el régimen de la Ley 25.603 que, por única vez, podrán solicitar una destinación autorizada dentro de 30 días corridos, previo pago de las multas. Vencido el plazo, el Servicio Aduanero actuará según los arts. 2 a 5 de la Ley 25.603.
Análisis regulatorio
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Anexos
Texto completo
La DIRECCIÓN ADUANA DE EZEIZA, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley N° 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 inciso c) de la Ley N° 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuyo detalle se indica en el Anexo IF-2026-02867327-ARCA-SGRZDIADEZ#SDGOAM, que forma parte integrante del presente, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do, 3ro, 4to y 5to. de la Ley N° 25.603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en: Sección Gestión de Rezagos (SEGDRZDIADEZ), dependiente de la Dirección Aduana de Ezeiza , sito en Aeropuerto Int. Ministro Pistarini – Ezeiza.
Diego Mariano Liberatore, Director.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/09/2026 N° 66107/26 v. 14/09/2026