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RESOLUCIÓN N° 23.506

Reconocimiento de pensión y edictos; notificación de recursos

Notificación
miércoles, 28 de octubre de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

Se reconoce a Luis CHECCHIA el derecho al beneficio de pensión derivado del fallecimiento de su cónyuge, con liquidación por un período determinado. También se ordena la notificación sobre la vía de recurso contra resoluciones del Instituto y la publicación por edictos.

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Texto completo

RESOLUCIÓN N° 23.506

VISTO el expediente EX 2025-37040200-GDEBA-DCRIPS por el cual Luis CHECCHIA, solicita el beneficio de PENSIÓN en los términos del Decreto-Ley N° 9650/80 (T.O.1994), alegando su condición de cónyuge supérstite de Maria Francisca LOPEZ, fallecida el 13 de agosto de 2025, y;

CONSIDERANDO: Que durante la tramitación se produjo el fallecimiento del solicitante del beneficio pensionario, por lo que corresponde reconocer el derecho que le asistía al goce del mismo; Que la fecha de comienzo del beneficio se determina a partir del día siguiente al fallecimiento del causante; Que contando con la vista del Fiscal de Estado;

Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. RECONOCER que a Luis CHECCHIA, con documento, DNI N° 93.190.801, le asistía el derecho al goce del beneficio de PENSIÓN equivalente al 60 % del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Maestra de Grado EPC, con 24 años de antigüedad, desempeñados por la causante en la Dirección General de Cultura y Educación, que debía ser liquidado a partir del 14 de agosto de 2025 hasta el 21 de enero de 2026, fecha en que se produce su fallecimiento. DECLARAR de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales, las sumas resultantes a favor del causante.-

ARTÍCULO 2°. NOTIFICAR que contra las resoluciones del Instituto, los interesados podrán interponer recurso de revocatoria dentro del plazo de veinte (20) días de notificados (artículo 74 del Decreto-Ley N° 9650/80 T.O. 1994).-

ARTÍCULO 3°. REGISTRAR en Actas. Publicar Edictos. Cumplido, Archivar. Marina Moretti, Presidenta. oct. 26 v. oct. 30