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POR 5 DÍAS - Notifico a la firma MOROCHA VIAJES SRL (CUIT 30-71600398-8), con domicilio real en Maipú N° 42 piso 2

Disposición sancionatoria y notificación a MOROCHA VIAJES SRL por infracción al transporte

Notificación
miércoles, 28 de octubre de 2026·Disposición·Administrativo·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

Se sanciona a la firma MOROCHA VIAJES SRL (CUIT 30-71600398-8) con una multa por una infracción vinculada al transporte de pasajeros. El acto informa el plazo para recurrir o, alternativamente, pagar la multa y detalla la forma de pago/adhesión a un régimen de regularización.

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Texto completo

POR 5 DÍAS - Notifico a la firma MOROCHA VIAJES SRL (CUIT 30-71600398-8), con domicilio real en Maipú N° 42 piso 2 depto. 123 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que por expediente N° EX-2025-38867921-GDEBA-DSTECMTRAGP en trámite ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 10 N° 1402 esquina 61, se ha dictado la Disposición que a continuación se transcribe: La Plata, 5 de noviembre de 2025. Visto el Expediente N° EX-2025-38867921-GDEBA- DSTECMTRAGP del Registro del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, y Considerando: Que las presentes actuaciones se originan con motivo del operativo de control sobre vehículos de transporte de pasajeros en el orden provincial en el Peaje de Hudson KM30, partido de Berazategui, el día 19 de septiembre de 2025, en el que se labró el Acta de Comprobación N° 4991; Que por dicha acta, se imputó a la firma MOROCHA VIAJES SRL (CUIT 30-71600398- 8), por permitir la actuación de personal no inscripto en el Registro de Trabajadores del transporte, en el caso: con el vehículo Dominio AG046NZ e interno 15, realizaba un servicio desde Chacabuco hasta La Plata, transportando 34 pasajeros, el conductor, el Sr. BOSIO, Joaquín (DNI N° 43.798.439) no poseía el R.S.P.P.P. Que la imputada no ha formulado descargo en el plazo de ley; Que en consecuencia, y no existiendo nuevos elementos de juicio que permitan revertir la falta constatada, corresponde dictar el pertinente acto administrativo aplicando la sanción correspondiente; Que en cuanto al encuadre normativo, resulta de aplicación al caso bajo análisis el artículo 315 del Decreto N° 6864/58, Reglamentario del Decreto - Ley N° 16.378/57 y sus modificaciones; Que conforme surge del sistema de multas de la Subsecretaría de Transporte, la imputada no es reincidente en los términos del artículo 185 del Decreto N° 6864/58; Que también resultan de aplicación el Decreto Ley N° 7647/70, normas de procedimiento administrativo, texto actualizado con las modificaciones introducidas por las leyes N° 13.262, 13.708, 14.224 y 14.229; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley N° 16378/57, el Decreto N° 6864/58 y el Decreto N° 382/2022;

Por ello, El Director Provincial de Fiscalización del Transporte del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires Dispone Artículo 1°. Sancionar a la firma Morocha Viajes SRL (CUIT 30-71600398-8), por la infracción configurada en el artículo 315 del Decreto N° 6864/58 reglamentario del Decreto-Ley N° 16378/57 y sus modificaciones, aplicando una (1) multas de Pesos Setecientos Treinta y Cinco Mil Trescientos Cuarenta y Ocho ($735.348). Artículo 2°. Informar a la imputada que podrá recurrir el presente acto resolutivo en los términos del artículo 89 del Decreto Ley N° 7647/70 de Procedimiento Administrativo, disponiendo al efecto de un plazo de diez (10) días hábiles a partir de la notificación de la presente; o en su caso proceder al pago de la multa para lo cual dispone de un plazo de veinte (20) días hábiles computables a partir de la notificación. Artículo 3°. En caso de optar por el pago de la multa impuesta, esta deberá abonarse mediante interdepósito bancario del Banco de la Provincia de Buenos Aires a la orden “Fondo Provincial del Transporte -Ley 11.126- Cuenta 1568/6” Casa Matriz La Plata, debiendo remitir o presentar el comprobante original ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 10 N° 1402 de la ciudad de La Plata, más un sellado provincial de reposición de fojas; indicando nombre y apellido y número de expediente. Artículo 4°. Se comunica que mediante Decreto N° 871/02, se ha aprobado el “Régimen de Regularización de Deudas” en concepto de multas, al que podrá adherir a fin de formalizar el pago en cuotas de la deuda; debiendo a tal efecto presentarse ante la Subsecretaría de Transporte el titular o el representante legal, acreditando el carácter invocado y/o formular consulta respecto al estado de deuda, a través del correo direccionrys.multas@gmail.com. Artículo 5°. Registrar, comunicar y notificar. Cumplido, archivar. Disposición N° DISPO-2025-2300-GDEBA-DPTFMTRAGP. Queda usted debidamente notificado. Guillermo Varvasino, Director Provincial oct. 22 v. oct. 28