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RESOLUCIÓN N° 271-SSOPMIYSPGP-2026 / DPAMIYSPGP

Aprueba Acta Acuerdo de redeterminación definitiva de precios para obra “Construcción CAPS”

Alcance general
miércoles, 28 de octubre de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

Aprueba el Acta Acuerdo de Redeterminación Definitiva de Precios y anexos de la obra “Construcción CAPS” en Carlos Tejedor, y determina los montos a reconocer y gestionar. Ordena notificaciones y requiere a la contratista el cumplimiento de las obligaciones del régimen de redeterminación.

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Texto completo

DPAMIYSPGP RESOLUCIÓN N° 271-SSOPMIYSPGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Miércoles 14 de Octubre de 2026

VISTO el EX-2025-38219372-GDEBA-DPTLMIYSPGP, por el cual tramita la aprobación del Acta Acuerdo de redeterminación de precios en el marco del Decreto N° 290/21 y modificatorias, RESO-2021-943-GDEBA-MIYSPGP y modificatorias, y

CONSIDERANDO: Que la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública inicio el proceso de Redeterminación de Precios de la obra: “Construcción CAPS en el Municipio de Carlos Tejedor”, en el partido de Carlos Tejedor - Licitación Pública Nº 128/2022, conforme lo establecido por el Decreto N° 290/21 y modificatorias; Que, la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública ha procedido a realizar los cálculos, considerándose los factores de ajuste aplicados al certificado, emitiendo el informe técnico correspondiente; Que, la Dirección Provincial de Arquitectura y la empresa LAVITOLA y BERNIELL CONSTRUCCIONES S.R.L. suscribieron con fecha 21 de septiembre de 2026, ad referéndum de la aprobación del Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios en los términos del artículo 23 del Anexo I de la RESO-2021-943-GDEBA-MIYSPGP; Que las partes aceptan los precios redeterminados a valores de julio de 2024 a enero de 2025 que constan como Anexo I y Anexo I -renegociación; Que, en lo que respecta a las variaciones que surgen por ajuste de precios sobre la obra básica renegociada ejecutada, todos los factores de ajuste aplicados a cada certificado se establecen de acuerdo al detalle del Anexo I y Anexo I - renegociación, y a lo acordado en el Acta Acuerdo suscripta; Que las partes acuerdan que al momento de efectuar la liquidación y pago de los montos reconocidos en la mencionada Acta Acuerdo deberá procederse a descontar el importe abonado por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en concepto de ajuste provisorio correspondiente a los certificados N° 10 a 16 de los meses julio de 2024, agosto de 2024, septiembre de 2024, octubre de 2024, noviembre de 2024, diciembre de 2024 y enero de 2025, dando por finalizado a partir de dicho mes el proceso de ajuste provisorio; Que, en virtud de lo expuesto en el considerando anterior, corresponde detraer la suma total de pesos cien millones ciento dos mil doscientos setenta y dos con cincuenta y seis centavos ($100.102.272,56) abonada en concepto de ajuste provisorio; Que, se deja constancia, que en concepto de la presente redeterminación se le reconocerá a la contratista la suma de pesos ciento cinco millones quinientos ochenta y cinco mil sesenta con ochenta y siete centavos ($105.585.060,87) en el mismo período y que, efectuado el correspondiente balance, surge una diferencia a favor del contratista a ser certificada por la suma de pesos cinco millones cuatrocientos ochenta y dos mil setecientos ochenta y ocho con treinta y un centavos ($5.482.788,31), cuyo detalle se observa en Anexo I, a la que adicionándole las sumas de pesos cincuenta y cuatro mil ochocientos veintisiete con ochenta y ocho centavos ($54.827,88) del 1 % para dirección e inspección, de pesos cincuenta y cuatro mil ochocientos veintisiete con ochenta y ocho centavos ($54.827,88) del 1 % para embellecimiento y de pesos ciento sesenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y tres con sesenta y cuatro centavos ($164.483,64) para la reserva del 3 % establecida en el artículo 8° de la Ley N° 6021 alcanza un total de pesos cinco millones setecientos cincuenta y seis mil novecientos veintisiete con setenta y un centavos ($5.756.927,71); Que la Contratista renuncia a todo reclamo por mayores costos, intereses, compensaciones, gastos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza resultantes del proceso de redeterminación, en los términos del artículo 19 del Anexo I de la RESO- 2021-943-GDEBA-MIYSPGP; Que la Dirección de Presupuesto realizó la imputación preventiva del gasto; Que la Dirección Provincial de Arquitectura propicia la presente gestión; Que la Subsecretaría de Obras Públicas comparte el criterio expuesto y presta expresa conformidad a la presente gestión; Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado; Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el Decreto N° 290/21 y modificatorias, reglamentado por RESO-2021-943-GDEBA-MIYSPGP y modificatorias, y las atribuciones conferidas por Decreto N° 36/20 y modificatorias, Decreto N° 323/22 y modificatorias y Decreto N° 393/24;

Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA RESO-2024-389-GDEBA-MIYSPGP EL SUBSECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Aprobar el Acta Acuerdo de Redeterminación Definitiva de Precios y sus Anexos, suscripta entre la Dirección Provincial de Arquitectura y la Empresa LAVITOLA y BERNIELL CONSTRUCCIONES S.R.L. contratista de la obra: “Construcción CAPS en el Municipio de Carlos Tejedor”, en el partido de Carlos Tejedor - Licitación Pública Nº 128/2022, que agregados como IF-2026-35218699-GDEBA-DPAMIYSPGP, IF-2026-15832513-GDEBA- DPRPOPMIYSPGP e IF-2026-15833459-GDEBA-DPRPOPMIYSPGP, forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°. Determinar que la gestión aprobada por el Artículo 1° asciende a la suma de pesos cinco millones cuatrocientos ochenta y dos mil setecientos ochenta y ocho con treinta y un centavos ($5.482.788,31), a la que adicionándole las sumas de pesos cincuenta y cuatro mil ochocientos veintisiete con ochenta y ocho centavos ($54.827,88) del 1 % para dirección e inspección, de pesos cincuenta y cuatro mil ochocientos veintisiete con ochenta y ocho centavos ($54.827,88) del 1 % para embellecimiento y de pesos ciento sesenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y tres con sesenta y cuatro centavos ($164.483,64) para la reserva del 3 % establecida en el artículo 8° de la Ley N° 6021, alcanza un total de pesos cinco millones setecientos cincuenta y seis mil novecientos veintisiete con setenta y un centavos ($5.756.927,71).

ARTÍCULO 3°. La presente gestión será atendida con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General - Ejercicio 2026 - Ley 15.557 - JU 14 - PR 8 - SP 1- PY 13758 - OB 84 - IN 5 - PPR 4 - PPA 2 - SPA 154 - FF 11 - UG 154.

ARTÍCULO 4°. La Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General de la Provincia, transferirá a las respectivas cuentas de terceros del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos los importes correspondientes a las reservas del artículo 8° de la Ley N° 6021 - 1 % Dirección e Inspección y 3 % - y al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires la correspondiente a embellecimiento, conforme lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley N° 6174 para lo cual se procederá por la Dirección Provincial de Arquitectura a la realización de las gestiones pertinentes.

ARTÍCULO 5°. Requerir a la empresa contratista el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 del Anexo I de la RESO- 2021-943-GDEBA-MIYSPGP.

ARTÍCULO 6°. Notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar, dar al Boletín Oficial, incorporar al Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA) y girar a la Dirección Provincial de Arquitectura para su notificación a la empresa contratista. Cumplido, archivar. Carlos Rodríguez, Subsecretario.

ANEXO/S IF-2026-35218699-GDEBA- 5a13f43698fb38d6e2fedfc246e9bc23530834587bede44492973ee11741086f Ver DPAMIYSPGP IF-2026-15832513-GDEBA- 67554e9b28ffcfd7bc7a80400f14fd280ee3c5c74a443ec703fb076979cdb175 Ver DPRPOPMIYSPGP IF-2026-15833459-GDEBA- 26102f1b1f295ac840723b9dd5fd282e1a48f73c63f840574f9ea1aa99716f5b Ver DPRPOPMIYSPGP