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Ley 27820 / DECLARACIONES OFICIALES

Ley 27.820: San Miguel de Tucumán, “Capital simbólica de la República Argentina”

Reforma regulatoria
martes, 15 de septiembre de 2026·Ley·Legal·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

La ley declara a la ciudad de San Miguel de Tucumán como “Capital simbólica de la República Argentina” todos los 9 de julio. Además, dispone que los actos centrales del gobierno nacional por el aniversario de la Independencia se realicen allí.

Análisis regulatorio

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Texto completo

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

DECLARAR A LA CIUDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMÁN CAPITAL SIMBÓLICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA LOS 9 DE JULIO DE CADA AÑO

Artículo 1°- Declárase a la ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán, como “Capital simbólica de la República Argentina” todos los días 9 de julio de cada año.

Artículo 2°- Establézcase que, en lo sucesivo, los actos centrales que organice el gobierno nacional, en conmemoración del aniversario de la Declaración de la Independencia Argentina, tendrán lugar en la ciudad de San Miguel de Tucumán.

Artículo 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS 26 DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.

REGISTRADO BAJO EL N° 27820

VICTORIA VILLARRUEL - MARTIN ALEXIS MENEM - Agustín Wenceslao Giustinian - Adrián Francisco Pagán

e. 15/09/2026 N° 66905/26 v. 15/09/2026