DISPOSICIÓN N° 1598-HIAEPSSMLMSALGP-2026
Aprueba pliego y convoca Licitación Privada 12/2027 para comprar Inmunoglobulina Humana
NotificaciónResumen
Se aprueba el pliego para la compra de Inmunoglobulina Humana con destino al Servicio de Farmacia y se autoriza el llamado a Licitación Privada N° 12/2027. También se fija la apertura de sobres, se establecen comisiones y se define la imputación del gasto.
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Texto completo
DISPOSICIÓN N° 1598-HIAEPSSMLMSALGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Lunes 19 de Octubre de 2026
VISTO el Expediente EX-2026-33708212-GDEBA-HIAEPSSMLMSALGP por el cual el Servicio de Farmacia, a través de la Oficina de Compras, gestiona el llamado a la Licitación Privada N° 12/2027, tendiente a la compra de INMUNOGLOBULINA HUMANA, y;
CONSIDERANDO: Que el Artículo 14 del Capítulo I, Titulo II del Decreto N° 59/19 dispone que los procedimientos de contratación se regirán por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y por los Pliegos Tipo de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas Básicas por Tipo de Demanda, cuando ésta fuere reiterativa; Que, sobre la base de dicha regulación, por RESOL-2019-76-GDEBA-CGP de la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires, se implementó el “Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios de la Provincia de Buenos Aires”, en orden a su aplicación en el marco de todos los certámenes promovidos por los órganos, entes, entidades establecidos en el artículo 2° de la Ley 13.981, el cual rige para el presente llamado; Que el Ministerio de Salud ha procedido a confeccionar en base al “Pliego Tipo de Bases y Condiciones Particulares para la Adquisición de Bienes e Insumos de la Provincia de Buenos Aires”, y de las especificaciones técnicas básicas por tipo de demanda cuando ésta fuere reiterativa, el detalle de los renglones objeto del presente. Que el llamado de referencia se encuadra en las previsiones del Artículo 17, Ley 13.981/09 y Articulo 17, Apartado 1, del Anexo 1, del Decreto Reglamentario N°: 59/19
Que el Servicio de FARMACIA ha justipreciado el gasto aproximadamente, en la suma de PESOS: DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($287.766.000,00). Que finalmente, en cumplimiento del referido Artículo 6° del Decreto 59/19, corresponde dejar constancia en carácter de declaración jurada que, en el plazo por él fijado, no se ha autorizado llamado alguno para “adquirir los bienes”, objeto del presente. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 2° del Decreto 59/19;
Por ello,
EL DIRECTOR DEL HOSPITAL INTERZONAL ESPECIALIZADO EN PEDIATRÍA SUPERIORA SOR MARÍA LUDOVICA, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE EL CARGO LE CONFIERE
DISPONE
ARTÍCULO 1°: Apruébese el pliego de Bases y Condiciones tendiente a la compra de INMUNOGLOBULINA HUMANA con destino a cubrir las necesidades del Servicio de FARMACIA. El mismo no tendrá costo alguno y se pondrá a disposición de los interesados en el sitio Web www.ms.gba.gov.ar.
ARTÍCULO 2°. Autorizar a la Oficina de Compras a efectuar el llamado a Licitación Privada N° 12/2027 encuadrado en las previsiones del Artículo 17° de la Ley 13981/09 y del Artículo 17° Anexo I Decreto 59/19, tendiente a la compra de INMUNOGLOBULINA HUMANA, con arreglo al “Pliego de Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios”, aprobado por RESOL-2019-76-GDEBA-CGP de la Contaduría Gral. de la Pcia. de Bs.As., y los Anexos I a IV.
ARTÍCULO 3°. Fíjese la apertura de sobres para el día 03 de noviembre de 2026 a las 09:00 hs en la Oficina de Compras del Hospital Sor María Ludovica.
ARTÍCULO 4°. El Pliego de Bases y Condiciones elaborado por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y con arreglo al Pliego de Bases y condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios se publicará en el sitio web www.gba.gob.ar/saludprovincia/contrataciones.
ARTÍCULO 5°: En caso de ampliación el mismo será regido por el Artículo 7, Inciso b, de la Ley 13.981/09 y su Decreto reglamentario 59/19, RESOL-2019-76-GDEBA-CGP, conforme los lineamientos establecidos en el Artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la Contratación de Bienes y Servicios, el contrato podrá ser modificado con: - Aumento o disminución del monto total adjudicado hasta un 20% en forma unilateral por parte de esta repartición; - Aumento o disminución por un porcentaje que supere el 20% y hasta el 100%, requiriendo para esto la conformidad del co-contratante. Las causales por las cuales se puede hacer uso de las ampliaciones y/o prórrogas son las siguientes: - Aumento del consumo estimado. - Cambios en los protocolos que implican un mayor uso de los productos. - Economía de procesos administrativos
ARTÍCULO 6°. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero será atendido con cargo a la siguiente imputación: Rentas Generales - Ejercicio 2027 - C. INSTITUCIONAL 1.1.1 - JURISDICCION 12 - JURISDICCION AUXILIAR 0 - ENTIDAD 0 - CATEGORIA DE PROGRAMA: PRG 019 SUB 007 ACT 1 - FINALIDAD 3 - FUNCION 1 - FUENTE 11 - PROCEDENCIA Inciso 2. PPr. 5. PPa 2; por ($287.766.000,00). Total, Pesos: DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CON 00/100 Ejercicio 2027
ARTÍCULO 7°. Dejar establecido que en el plazo previsto por el Artículo 6° del Decreto 59/19, no se ha autorizado llamado alguno para la “provisión” de los Productos objeto del presente llamado.
ARTÍCULO 8°. Designar las siguientes Comisiones: APERTURA DE SOBRES: Sonia Yanina Vallejos, Belvedresi Maria Laura, Diego Bonavita, Matías Rodríguez, Emanuel Paez, Lucila Consolini, Rocio Pereyra, Sabrina Vicente, Vanina Orona PREADJUDICACION: La comisión asesora de Preadjudicaciones integrada por Comisión Principal: Jefa de Servicio de Farmacia. Farm. Virginia E. Letche, Subjefe de Servicio de Farmacia Farm. María Julia Petroni, Jefe Sala Farmacia Farm. Nicolás Peciña S. Comisión Suplente: Farm. Roxana Arpellino, Farm. Alejandra Bani, Farm. Analía Duckardt, Farm. Lucia Hervera, Farm. Gabriela Maier, Farm. Gabriela Mene, Farm. Analía Muguerza, Farm. Ana Romina Pascual, Farm. Paula Vallone, Farm. Julieta Wright.
ARTÍCULO 9°. Registrar, comunicar, notificar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Gustavo Sastre, Director Ejecutivo.