FEMIC SRL
FEMIC SRL: publicación por 1 día del texto ordenado y reforma de estatuto (art. 2 y 5)
NotificaciónResumen
Se publica por 1 día el texto ordenado de FEMIC SRL, aprobado por acta de reunión de socios del 3/7/2026, con reformas estatutarias. En particular se reforman los artículos 2° (objeto social, con secciones Metalúrgica, Herrería, Servicios, Comercial, Transporte y Financiera) y 5° (representación “indistinta e individual” por gerentes).
Análisis regulatorio
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Texto completo
FEMIC SRL POR 1 DÍA - Por Acta de Reunión de Socios del 3/7/2026 se aprobó el texto ordenado de la sociedad y se reformaron los artículos 2°, 4°, 5°, 7°, 8° y 9°:
Art. 2°: I. Metalúrgica: Fabricación, transformación, mecanizado, fundición, soldadura, montaje, reparación, mantenimiento y comercialización de productos, estructuras, piezas, matrices, moldes, herramientas, maquinarias y equipos metalúrgicos; trabajos en metales y materiales complementarios; fabricación e instalación de líneas industriales y tratamientos superficiales. II. Herrería: Fabricación, instalación, reparación y montaje de rejas, portones, barandas, escaleras, cerramientos, techos y estructuras metálicas para obras públicas o privadas y montajes industriales. III. Servicios: Ingeniería, diseño, desarrollo, asesoramiento, mantenimiento y puesta en marcha de equipos e instalaciones industriales; montajes electromecánicos, piezas especiales, prototipos y obras complementarias. IV. Comercial: Compra, venta, permuta, importación, exportación, distribución, representación, consignación, comisión y depósito de materias primas, insumos, materiales, maquinarias, herramientas, equipos, repuestos y productos vinculados con la industria metalúrgica. V. Transporte: Transporte terrestre propio o de terceros, carga, descarga, almacenamiento, distribución y logística de bienes relacionados con el objeto; adquisición, explotación, administración y alquiler, con o sin chofer, de vehículos y equipos destinados a tales actividades. VI. Financiera: Inversiones y aportes de capital; adquisición, administración y negociación de acciones, cuotas, títulos y demás valores mobiliarios; otorgamiento y recepción de préstamos, avales y garantías, excluidas las operaciones de la Ley de Entidades Financieras y las que requieran el concurso público y “
Art.5°: Representación “indistinta e individual” por parte de los gerentes quienes tendrán su mandato vigente por el término de duración de la sociedad…”. María Eugenia Besozzi Quiroga T XIV F 103 CAM, Profesional Autorizada.