RESOLUCIÓN N° 10.293
Revoca y reconoce derecho jubilatorio de Elsa Nelida Fuste con pago a herederos
NotificaciónResumen
Se revoca una resolución previa y se reconoce el derecho al beneficio de jubilación ordinaria de Elsa Nelida Fuste, con liquidación entre 1/8/2013 y su fallecimiento. Además se declara legítimo un cargo deudor y se instruye la notificación y recursos correspondientes.
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Texto completo
RESOLUCIÓN N° 10.293
VISTO el expediente EX-2023-38410979-GDEBA-DPPYRIPS por el cual Elsa Nelida FUSTE, solicita el beneficio de JUBILACIÓN ORDINARIA, en los términos del Decreto-Ley N° 9650/80 (T.O. 1994), y;
CONSIDERANDO: Que la titular inicia su trámite jubilatorio bajo la modalidad de jubilación automática docente, por la cual se abona el haber de manera transitoria de acuerdo a la declaración jurada presentada; Que con la agregación de la certificación de servicios y el cese se verifica el derecho y si percibió de manera correcta; Que se encuentran reunidos los requisitos legales; Que durante la tramitación se produjo el fallecimiento de la titular, por lo que corresponde revocar el acto dictado, atento que el mismo fue dictado con posterioridad al fallecimiento y reconocer el derecho que le asistía al goce del beneficio jubilatorio; Que han sido computados servicios de extraña jurisdicción; Que la fecha de comienzo del beneficio se determina a partir del día siguiente al cese; Que por otro lado se ha detectado extracciones realizadas con posterioridad al fallecimiento, por lo que se deberá verificarse la existencia de sucesorio abierto al nombre de la misma y en su caso intimar a los sucesores para que hagan valer sus derechos efectuando el descargo pertinente donde se informe acerca de cualquier indicio que permita determinar el autor de las mismas; Que en caso de resultar infructuosa dicha actividad, en virtud de la extracción antes mencionada que arroja como resultado la suma de pesos trescientos treinta mil ochenta y tres con sesenta centavos ($330.083,60) desconociéndose el autor, toda vez que nos podríamos encontrar frente a un delito de acción pública se deberá proceder a realizar la pertinente denuncia ante la justicia; Que contando con la vista del Fiscal de Estado;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. REVOCAR la Resolución N° 000.636 de fecha 7 de diciembre de 2022, atento los argumentos vertidos en los considerandos.-
ARTÍCULO 2°. RECONOCER que a Elsa Nelida FUSTE, con documento (DNI) N° 11.205.710, le asistía el derecho al goce del beneficio de JUBILACIÓN ORDINARIA equivalente al 70 % del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Profesora 24 Módulos Media - Desfavorabilidada 1 (30 %) y al 70 % de Profesora 8 Módulos Media, ambos con 18 años, desempeñados en la Dirección General de Cultura y Educación, y al 25 % del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Profesora 8 Módulos Media, con 18 años, desempeñados en Colegios Privados, el que debía ser liquidado a partir del 1° de agosto de 2013 y hasta el 1° de julio de 2022, fecha en que se produce su fallecimiento; y en consecuencia declarar de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales, las sumas devengadas en dicho concepto.-
ARTÍCULO 3°. DECLARAR legítimo el cargo deudor que asciende a la suma de pesos trescientos treinta mil ochenta y tres con sesenta centavos ($330.083,60).-
ARTÍCULO 4°. NOTIFICAR que contra las resoluciones del Instituto, los interesados podrán interponer recurso de revocatoria dentro del plazo de veinte (20) días de notificados (artículo 74 del Decreto-Ley N° 9650/80 T. O. 1994).-
ARTÍCULO 5. REGISTRAR en Actas. Pase al Departamento Judiciales. Remitir al Departamento Control Legal. Publicar Edictos. Remitir a Gestión y Recupero de Deudas.- Departamento Resoluciones Docentes Moretti Marina, Presidenta. oct. 26 v. oct. 30