POR 5 DÍAS - La Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, Unidad Policial de Instrucción de Sumarios
Notificación de sanción y absolución a Alarmas STD y Nutrien AG Solution Argentina SA
NotificaciónResumen
Se notifica a ALARMAS STD la resolución que sanciona a la prestadora con inhabilitación por 20 años y una multa, y se transcribe su contenido. Asimismo, se dispone absolver a Nutrien AG Solution Argentina SA por la infracción imputada.
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Texto completo
POR 5 DÍAS - La Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, Unidad Policial de Instrucción de Sumarios Contravencionales, notifica a ALARMAS STD. del contenido de la resolución RESO-2026-1216-GDEBA-SSGRYSPMSGP de fecha 12 de octubre de 2026, la cual se transcribe a continuación: “Visto el expediente N° EX-2023-07327665-GDEBA- DDPRYMGEMSGP correspondiente a la causa contravencional N° 10.536, en la que resultan imputadas la firma Alarmas STD y Nutrien AG Solution Argentina SA, y Considerando: Que mediante el acta labrada el 28 de febrero de 2023, personal policial constituido en un objetivo denominado Nutrien AG Solution Argentina SA, sito en Ruta 226 km 485, de la localidad y partido de Pehuajó, se entrevistó con el señor Angelo Pedicino, DNI N° 36.628.179, quien manifestó desempeñarse como vigilador privado de la prestadora de servicios de seguridad privada Alarmas STD. Cumplía tareas de vigilancia, protegiendo y custodiando los bienes y las personas del lugar; Que el Área de Informes certificó que al momento de la inspección el objetivo y los vigiladores identificados no se encontraban declarados; Que debidamente emplazada, la prestadora de servicios de seguridad privada Alarmas STD no compareció a ejercer su derecho de defensa en tiempo y forma; Que el acta de inicio de estas actuaciones, reúne los extremos exigidos por el artículo 60 incisos 6) y 7) del Decreto N° 1.897/02 y, como tal, participa de las características de los instrumentos públicos, en cuanto a las circunstancias de tiempo, modo y lugar, de los hechos cumplidos por los funcionarios intervinientes o pasados ante su presencia; Que del análisis de los elementos de cargo obrantes en la presente, ha quedado debidamente acreditado que la prestadora de servicios de seguridad privada Alarmas STD, ha prestado un servicio de seguridad privada dentro del territorio de la provincia de Buenos Aires sin estar habilitada para ello por la Autoridad de Aplicación, en contravención a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 12.297; Que pese a la abundante actividad instructoria no ha podido acreditarse la comisión de la infracción al artículo 20 de la Ley N° 12.297 por parte de la firma Nutrien AG Solution Argentina SA; Que en igual sentido se expidió la Dirección de Modernización y Planificación de la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada en su condición de Órgano Asesor; Que el Área Contable de la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, certificó el valor actual del Vigía, a los fines de la aplicación de la sanción correspondiente, en la suma de pesos cinco millones ciento treinta y dos mil doscientos treinta y nueve con 22/100 ($5.132.239,22); Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución N° RESO-2024-2827-GDEBA-MSGP, Ley N° 15.477, Ley N° 12.297 y las propias del cargo;
Por ello, en ejercicio de las facultades que le confiere la Resolucion N° RESO-2024-2827-GDEBA- MSGP el Subsecretario de Gestión de Registros y Seguridad Resuelve Artículo 1°. Sancionar a la prestadora de servicios de seguridad privada Alarmas STD, con domicilio constituido en el asiento de este Ministerio de Seguridad sito en calle 2 y Av. 51 de la localidad y partido de La Plata, en los términos del artículo 60 inciso 14 del Decreto Reglamentario 1897/02; con inhabilitación por el término de veinte (20) años para desarrollar las actividades reguladas por la Ley N° 12.297 y multa de cincuenta y un millones trescientos veintidós mil trescientos noventa y dos con 20/100 ($51.322.392,20), equivalente a diez (10) vigías, por haberse acreditado en autos que ha contratado y usufructuado un servicio de seguridad privada no habilitado por la Autoridad de Aplicación (artículo 46 inciso a) de la Ley N° 12.297). Artículo 2°. Absolver a la firma Nutrien AG Solution Argentina SA, con domicilio constituido en calle 49 N° 918, local 1, de la localidad y partido de La Plata, provincia de Buenos Aires, de la infracción al artículo 20 de la Ley N° 12.297, por no haberse reunido en autos los recaudos legales que permitan acreditar la falta imputada. Artículo 3°. Hacer saber a los imputados que les asiste el derecho de impugnar la presente resolución, mediante los recursos de revocatoria con jerárquico en subsidio o de apelación, a presentarse dentro de los diez (10) o cinco (5) días respectivamente, conforme lo establecido en el artículo 60, punto 19, incisos a) y b) del Decreto N° 1.897/02. Artículo 4°. Registrar, comunicar, notificar, pasar a la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, dar al SINDMA y publicar en el Boletín Informativo del Ministerio de Seguridad. Cumplido, archivar. Wenzel Franco, Oficial Ayudante (Adm.). oct. 23 v. oct. 29