DISPOSICIÓN Nº 273-DGAICULGP-2026 / DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
Aprueba licitación privada y adjudica adquisición de insumos para ballet
NotificaciónResumen
Se aprueba la Licitación Privada (Proceso de Compra N° 547-0920-LPR26) para adquirir zapatillas de baile y trusas para ballet. Se declara admisible una oferta, se desestima otra y se adjudica a KAPIT, Daniel Sebastián por $269.972.834, con obligación de presentar garantía y gastos imputados al presupuesto 2026.
Análisis regulatorio
🔒 Para usuarios registrados
Analizamos el impacto regulatorio real de esta norma: score, sectores, jurisdicciones y actores afectados.
Texto completo
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DISPOSICIÓN Nº 273-DGAICULGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Jueves 22 de Octubre de 2026
VISTO el expediente EX-2026-06526973-GDEBA-DTAYLICULGP, mediante el cual se gestiona la Licitación Privada - Proceso de Compra N° 547-0920-LPR26, tendiente a la adquisición de zapatillas de baile, de punta, media punta, medias y trusas para ballet para el Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, y para los Organismos Artísticos del Sur, y
CONSIDERANDO: Que en orden 124 obra la DISPO-2026-210-GDEBA-DGAICULGP, que aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas Básicas para la adquisición de zapatillas de baile, de punta, media punta, medias y trusas para ballet, para el Centro Provincial de las Artes, Teatro Argentino y para los Organismos Artísticos del Sur, y autoriza el llamado del presente procedimiento con encuadre en las previsiones del artículo 17 de la Ley N° 13.981 y modificatorias y del artículo 17 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios; Que en órdenes 138 y 143 se vinculan las publicaciones según lo normado por el artículo 15 de la Ley N° 13.981 y modificatorias y el artículo 15 apartado 1 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios; Que en orden 139 se agregan las invitaciones y comunicaciones estatuidos por el artículo 16 apartado I del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios; Que en orden 144 se vincula el Acta de Apertura de fecha 3 de septiembre de 2026, de la cual surge la presentación de dos (2) firmas del rubro con cotización; Que en orden 145 luce el Cuadro Comparativo de Ofertas exportado del Sistema de Compras Electrónicas de la Provincia de Buenos Aires (PBAC); Que en órdenes 146 a 150 se adunan las propuestas correspondientes a las firmas KAPIT, DANIEL SEBASTIAN y MELENZANE S.A., que oportunamente confirmaron sus ofertas; Que en orden 155 la Comisión de Preadjudicación aconseja, conforme los antecedentes de hecho y de derecho vertidos, declarar admisible a KAPIT, DANIEL SEBASTIAN, en razón de haber cumplimentado en tiempo y forma con la totalidad de los requisitos administrativos, técnicos y económicos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas Básicas y desestimar a la oferta de MELENZANE S.A., en razón de no cumplir con los requisitos técnicos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas Básicas de conformidad con lo informado por Dirección del Ballet Estable del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino (IF-2026- 32204713-GDEBA-DBECPATAICULGP); Que por el sistema PBAC la Comisión de Preadjudicación resuelve preadjudicar la adquisición a KAPIT, DANIEL SEBASTIAN para los Renglones N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6 y N° 7 por un total de pesos doscientos sesenta y nueve millones novecientos setenta y dos mil ochocientos treinta y cuatro ($269.972.834), por haber cumplimentado con la totalidad de los requisitos administrativos, técnicos y económicos estipulados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas Básicas, y resultar su oferta la más conveniente a los intereses del fisco provincial; Que en orden 156 obra la constancia de la notificación que acredita el cumplimiento de lo estatuido por el artículo 20, apartado 6 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios; Que luce el Certificado de “Libre de Deuda Registrada”, actualizado y sin anotaciones personales, emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, en cumplimiento de lo preceptuado por los artículos 6° y 7° de la Ley N° 13.074; Que previo a la etapa de perfeccionamiento contractual, la firma deberá presentar la garantía de cumplimiento del contrato, cuya constitución será conforme lo dispuesto por el artículo 19 apartado 1) inciso b) del Anexo I del DECTO-2019-59- GDEBA-GPBA y modificatorios, por un importe no inferior al diez por ciento (10 %) del valor total de la adjudicación; Que ha dictaminado la Asesoría General de Gobierno en orden 183, ha informado la Contaduría General de la Provincia en órdenes 171, 173 y 179, y ha tomado vista la Fiscalía de Estado en orden 184; Que la gestión se encuadra en las previsiones del artículo 17 de la Ley N° 13.981 y modificatorias y del artículo 17 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Anexo II del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA, modificado por el Anexo Único del DECRE-2024-205-GDEBA-GPBA -Niveles de Decisión y Cuadro de Competencias para los procedimientos de selección de contratación de bienes y servicios-;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DISPONE
ARTÍCULO 1°. Aprobar la Licitación Privada - Proceso de Compra N° 547-0920-LPR26, tendiente a contratar la adquisición de zapatillas de baile, de punta, media punta, medias y trusas para ballet para el Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino y para los Organismos Artísticos del Sur, reservándose el contratante la posibilidad de aumentar en hasta un veinte por ciento (20 %) del monto total adjudicado, con encuadre en las previsiones del artículo 17 de la Ley N° 13.981 y modificatorias y del artículo 17 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios.
ARTÍCULO 2°. Declarar admisible a la oferta formulada por KAPIT, DANIEL SEBASTIAN (CUIT 20-31064654-8), en razón de haber cumplimentado en tiempo y forma con lo establecido en el Pliego Tipo de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas Básicas, que rigen la presente contratación.
ARTÍCULO 3°. Desestimar la oferta de la firma MELENZANE S.A. (CUIT 30-63717570-6), por no cumplir con los requisitos técnicos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas Básicas, de conformidad con los argumentos expuestos en el considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°. Adjudicar la contratación a la oferta KAPIT, DANIEL SEBASTIAN (CUIT 20-31064654- 8) para los Renglones N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6 y N° 7 por un total de pesos doscientos sesenta y nueve millones novecientos setenta y dos mil ochocientos treinta y cuatro ($269.972.834).
ARTÍCULO 5°. Determinar que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente, será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2026 Ley N° 15.557, Jurisdicción 6, Subjurisdicción 0, Entidad 3, Unidad Ejecutora 547, Programa 2, Actividad 1, Finalidad 3, Función 4, Sub Función 2, Fuente de Financiamiento 1.1, Inciso 2, Partida Principal 2, Partida Parcial 1, e Inciso 2, Partida Principal 2, Partida Parcial 2, lo que asciende al importe total de pesos doscientos sesenta y nueve millones novecientos setenta y dos mil ochocientos treinta y cuatro ($269.972.834).
ARTÍCULO 6°. Establecer que la Dirección de Compras y Contrataciones, será la unidad orgánica que actuará como contraparte y administrará la relación contractual que se establezca con los adjudicatarios, a partir de la notificación de las correspondientes Órdenes de Compra.
ARTÍCULO 7°. Previo a la etapa de perfeccionamiento contractual, la firma KAPIT, DANIEL SEBASTIAN (CUIT 20- 31064654-8), deberá presentar la garantía de cumplimiento del contrato, cuya constitución será conforme lo dispuesto por el artículo 19 apartado 1) inciso b) del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios, por un importe no inferior al diez (10 %) por ciento del valor total de la adjudicación.
ARTÍCULO 8°. Registrar. Notificar a Fiscalía de Estado y a la firma adjudicataria, pasar a la Dirección de Compras y Contrataciones y publicar. Dar al SINDMA. Cumplido, archivar. Federico Ismael Soto, Director General. INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL