INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
Notificación de retiro de autorización para funcionar de entidades mutuales (INAES)
NotificaciónResumen
El INAES notifica la aplicación de la sanción de retiro de autorización para funcionar a determinadas asociaciones/mutuales, conforme a la Ley 20.321. Indica también los recursos administrativos y judiciales disponibles y sus plazos.
Análisis regulatorio
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Texto completo
EL INSTITUTO NACIONAL de ASOCIATIVISMO y ECONOMÍA SOCIAL con domicilio legal en Av. Belgrano 1656 – CABA-, NOTIFICA que ha resuelto aplicar la sanción contemplada por el artículo 35 inciso d) de la Ley N.º 20.321, consistente en el RETIRO DE AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades mediante los siguientes actos administrativos: RESFC-2026-2305-APN-DI#INAES a la ASOCIACIÓN MUTUAL NACIONAL DE ESTUDIANTES, matrícula de este Instituto N° 3013 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CUIT 30-71760203-6), con domicilio legal en la calle Melincue Nº 2490, piso 5º, departamento “A”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. RESFC-2026-2306-APN-DI#INAES a la ASOCIACIÓN MUTUAL DE TRABAJADORES RECUPERADORES DE ARTÍCULOS EN DESUSO Y AFINES “SITRADA”, matrícula de este Instituto N° 2956 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CUIT 30-71613577-9), con domicilio legal en la calle Bernardo de Irigoyen Nº 428, piso 1º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. RESFC-2026-2307-APN-DI#INAES a la MUTUAL DEL PERSONAL DE MUTUALIDADES FEDERADAS MUPER-MUFE “9 DE JUNIO”, matrícula de este Instituto N° 2771 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CUIT 30 71160583-1), con domicilio legal en la calle Tacuarí Nº 625, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Contra la medida dispuesta, son oponibles los siguientes recursos en los plazos que se le detalla, de acuerdo a lo establecido por el Decreto 1759/72, (T.O. 2017, modificado por Decreto 695/24): Revisión, treinta (30) días hábiles administrativos (artículo 100); Reconsideración, veinte (20) días hábiles administrativos (artículo 84); Aclaratoria, cinco (5) días hábiles administrativos (artículo 102); Alzada, treinta (30) días hábiles administrativos (artículo 94) o la acción judicial pertinente a opción de la interesada y el Recurso Judicial Directo, establecido por la Ley 20.321 en su artículo 36.
Nicolas Alves, Asistente Administrativo, Despacho.
e. 05/11/2026 N° 82761/26 v. 11/11/2026