RESOLUCIÓN N° 511-IPAYCMPCEITGP-2026 / INSTITUTO PROVINCIAL DE ASOCIATIVISMO Y COOPERATIVISMO
Otorgamiento y pago de subsidio para honorarios contables a la Cooperativa Todos Unidos Ltda
NotificaciónResumen
La Resolución otorga a la Cooperativa de Trabajo Todos Unidos Ltda un subsidio de $3.005.024 para afrontar honorarios profesionales destinados a su regularización en el Programa “Cooperativas en Marcha”. Asimismo autoriza el pago y fija la obligación de rendir cuentas en un plazo máximo de 180 días.
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Texto completo
INSTITUTO PROVINCIAL DE ASOCIATIVISMO Y COOPERATIVISMO RESOLUCIÓN N° 511-IPAYCMPCEITGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Martes 27 de Octubre de 2026
VISTO el EX-2026-25595777-GDEBA-DLYTIPAYC por el cual tramita, en esta instancia, el pago de un subsidio en el marco del Programa “Cooperativas en Marcha” y del Subprograma “Cooperativas al día” - aprobados por Resolución N° 674/20, modificada por Resolución N° 329/21 y su relanzamiento aprobado por Resolución N° 160/24, modificada por Resoluciones N° 251/24, N° 159/25 y N° 249/25 del Instituto Provincial de Asociativismo y Cooperativismo; y
CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 674/20 - modificada por Resolución N° 329/21 - se creó el Programa “Cooperativas en Marcha” a fin de promover la conformación, el fortalecimiento y el desarrollo de las cooperativas de la Provincia, así como alentar su integración al sistema productivo bonaerense, de conformidad con los objetivos generales y específicos, sub-programas, y acciones establecidas en su Anexo Único IF-2021-10759716-GDEBA-DPACMPCEITGP; Que por Decreto N° 208/24 modificado por Decretos N° 642/25 y N° 3232/25 se crea el Instituto Provincial de Asociativismo y Cooperativismo, como un órgano desconcentrado en el ámbito del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, ejerciendo las competencias que se le asignan, con independencia técnica y autonomía financiera, con rango y jerarquía de Subsecretaría y cuyo objeto será la promoción y el fomento de las actividades cooperativas en el territorio bonaerense; Que el artículo 42 inciso 3) de la Ley N° 15.557 (Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Provincial - Año 2026) convalidó que el Instituto Provincial de Asociativismo y Cooperativismo creado por Decreto N° 208/24 de fecha 01/03/2024 (B.O. del 08/03/2024) quedará constituido como entidad autárquica de derecho público a partir de su fecha de creación; Que, a través de la Resolución N° 160/24 - modificada por Resoluciones N° 251/24, N° 159/25 y N° 249/25 - de este Instituto Provincial de Asociativismo y Cooperativismo se aprobó el relanzamiento del Programa “Cooperativas en Marcha” de conformidad con los objetivos generales y específicos, sub-programas, y acciones establecidas en su Anexo Único (IF- 2025-16716995-GDEBA-DFCIPAYC), en tanto resulta prioridad de esta gestión provincial promover el trabajo y la producción cooperativa, fortaleciendo su rol social y económico en el territorio bonaerense a través de diversas acciones, con especial consideración de los desafíos que estas entidades afrontan en el proceso de integración al sistema productivo; Que, en el marco del mencionado Programa, se implementa el Sub-programa “Cooperativas al día” que tiene como objetivo general el acompañamiento técnico, asesoramiento legal y asistencia para la constitución y regularización de cooperativas; Que el referido subprograma se orienta a impulsar el fortalecimiento a cooperativas para el pago de los balances contables necesarios para regularizar su situación administrativa/contable, asegurando que cumplan con los requisitos legales y operativos para poder continuar con su funcionamiento; Que el amparo económico del subprograma se canalizará a través de aportes no reembolsables se otorgarán de acuerdo al procedimiento normado por el Decreto N° 124/23, para lo cual, las cooperativas deberán cumplir con requisitos previos; Que el Decreto N° 124/23 aprueba el Reglamento General para el Otorgamiento de Subsidios por parte de la provincia de Buenos Aires, destinado al otorgamiento de subsidios, subvenciones, asistencias, ayudas financieras y económicas, y/o transferencias no reintegrables, cualquiera sea su naturaleza; Que el artículo 10 del Decreto N° 208/24, modificado por Decretos N° 642/25 y N° 3232/25, establece “podrá otorgar subsidios en los términos de las previsiones del artículo 2° del Anexo I “Reglamento General para el Otorgamiento de Subsidios” del Decreto 124/23 o el que en el futuro lo reemplace, quedando exceptuado de los límites establecidos en el artículo 4° del mencionado Anexo”; Que conforme lo establecido por el Decreto N° 208/24 modificado por Decretos N° 642/25 y N° 3232/25 el INSTITUTO PROVINCIAL DE ASOCIATIVISMO Y COOPERATIVISMO tiene por objeto la promoción y el fomento de las actividades cooperativas en el territorio bonaerense y en especial le compete, la promoción del modelo de gestión cooperativa y desarrollar líneas de asistencia económica para la asistencia técnica a las cooperativas o grupos asociativos, así como evaluar las propuestas de financiamiento formuladas por las cooperativas, grupos asociativos precooperativos e instituciones sin fines de lucro que realicen actividades afines y hacer el seguimiento y recopilación de la rendición respectiva de los fondos otorgados; Que mediante Resolución N° 371/25 de este Instituto, se ha aprobado la “Guía de Procedimiento para el Financiamiento de Honorarios Contables para Cooperativas en Proceso de Regularización” la que se encuentra incorporada a la mencionada Resolución, formando parte de la misma como IF-2025-29947747-GDEBA-DPRYFCIPAYC; Que la Cooperativa de Trabajo Todos Unidos Ltda (CUIT 30-71437676-0) ha efectuado la presentación requerida en el punto 3. del Anexo (IF-2025-29947747-GDEBA-DPRYFCIPAYC) de la Resolución N° 371/25, acompañando la documentación que se encuentra agregada al orden N° 2 como IF-2026-25584469-GDEBA-DLYTIPAYC, solicitando en concepto de subsidio; con destino a abonar los honorarios profesionales que demanda la confección, certificación y presentación de los estados contables correspondiente al ejercicio económico cerrado al 31/12/2024 y 31/12/25; la suma de PESOS TRES MILLONES CINCO MIL VEINTICUATRO ($3.005.024,00); Que en órdenes 3 al 14, obra la documentación requerida por el Decreto N° 124/23; Que por parte de la Dirección de Registro y Fiscalización de Cooperativas y de acuerdo a lo que surge del informe agregado por esta al orden 20 como PV-2026-27797632-GDEBA-DRYFCIPAYC, se ha efectuado la evaluación técnica y la verificación del incumplimiento en la presentación de la documentación para cuya confección y certificación se requiere el subsidio, de acuerdo a lo establecido por el punto 4. del Anexo (IF-2025-29947747-GDEBA-DPRYFCIPAYC) de la Resolución N° 371/25; Que en el orden 24, mediante PV-2026-31676900-GDEBA-DFCIPAYC, la Dirección de Fortalecimiento de Cooperativas destaca que se ha verificado que la entidad solicitante no registra subsidios otorgados durante el año en curso con el mismo objeto y que no se encuentran rendiciones pendientes por parte de las misma; Que la Dirección de Contabilidad ha efectuado la evaluación financiera y la disponibilidad presupuestaria, agregando en el orden 32 mediante IF-2026- 31918461-GDEBA-DCIPAYC, la Solicitud de Gastos N° 15175/26 detallando la imputación presupuestaria a dichos efectos, correspondiente al Presupuesto General Ejercicio 2026, conforme Ley N° 15.557; Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección de Subsidios y Subvenciones del Ministerio de Economía, Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado; Que la presente medida se dicta con encuadre en lo normado por el Decreto N° 124/23, la Resolución N° 160/24 - Modificada por Resoluciones N° 251/24, N° 159/25 y N° 249/25 - del Instituto Provincial de Asociativismo y Cooperativismo, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 208/24 modificado por Decreto N° 642/25 y Decreto N° 3232/25;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE ASOCIATIVISMO Y COOPERATIVISMO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Otorgar un subsidio, de acuerdo con el convenio celebrado entre las partes, a favor de la Cooperativa de Trabajo Todos Unidos Ltda (CUIT 30-71437676-0) con domicilio en Galicia N° 2761 de la ciudad de Mar del Plata y partido de General Pueyrredón, provincia de Buenos Aires, por la suma de PESOS TRES MILLONES CINCO MIL VEINTICUATRO ($3.005.024,00), destinados a afrontar los costos de los honorarios profesionales necesarios a los efectos de su regularización ante el Instituto en el marco del Programa “Cooperativas en Marcha” y del Sub-programa “Cooperativas al día” - cuyo relanzamiento se aprobara por Resolución N° 160/24, modificada por Resoluciones N° 251/24, N° 159/25 y N° 249/25.
ARTÍCULO 2°. Autorizar a la Dirección de Contabilidad a gestionar el pago del subsidio aprobado en el artículo 1°, mediante depósito/transferencia en la Cuenta Corriente N° 094-019118/5 de la Cooperativa CBU 1910094055009401911850 del Banco Credicoop Cooperativo Ltdo.
ARTÍCULO 3°. Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida a las partidas presupuestarias correspondientes al Instituto Provincial de Asociativismo y Cooperativismo para el ejercicio 2026, conforme Ley N° 15.557: Ju 11 - Ja 0 - Ent 30 - UE 627 - Pr 1 - Sp 0 - Py 0 - UG 999 - Ac 3 - Ob 0 - In 5 - Ppr 1 - Ppa 8 - Spa 2 - Fuente de Financiamiento 1.3 - Importe: PESOS TRES MILLONES CINCO MIL VEINTICUATRO ($3.005.024,00).
ARTÍCULO 4°. La Cooperativa beneficiaria deberá rendir cuenta documentada de la correcta utilización de los fondos en un plazo máximo de ciento ochenta (180) días de percibido el subsidio, a través de la presentación de los correspondientes comprobantes ante la Dirección General de Administración de este Instituto, en los términos establecidos en el artículo 19 del Anexo I (Reglamento General para el Otorgamiento de Subsidios) del Decreto N° 124/23.
ARTÍCULO 5°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, publicar en el Boletín Oficial y en el SINDMA, y remitir a la Dirección de Contabilidad– a fin de proceder con el trámite de pago. Cumplido, pasar a la Dirección de Registro y Fiscalización Cooperativa a los fines de notificar a la entidad beneficiaria. Cumplido, archivar. Gildo Ezequiel Onorato, Presidente.