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DGMARINE SRL

DGMARINE SRL: modifica el Artículo Cuarto (objeto social)

Notificación
martes, 3 de noviembre de 2026·Publicación/aviso (BORA)·Administrativo·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

Se autoriza por un día una escritura complementaria que modifica el artículo cuarto del estatuto social de DGMARINE SRL, redefiniendo su objeto social. La modificación detalla actividades de hidrocarburos, mantenimiento, servicios, comercial, importación/exportación, inmobiliaria, mandataria, financieras (incluye criptoactivos) y agropecuarias.

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Texto completo

DGMARINE SRL POR 1 DÍA -

Art10 L19.550: Escritura complementaria 371, 29/10/26, Escribano Franco Spaccasassi (Registro 6 B. Bca), modificación Artículo Cuarto, nueva redacción: “Artículo Cuarto- Objeto social: La sociedad tendrá por objeto la realización por cuenta propia o asociada a terceros o en comisión o por mandatos de terceros, en cualquier parte del país o en el extranjero de las actividades a que se refieren los siguientes incisos: I) Hidrocarburos: Entendida como el tratamiento y distribución de hidrocarburos en general y sus desechos; siempre que dichas actividades no estén incluídas en las que requieran concesiones de acuerdo a lo determinado en la ley nacional 17.319. La actividad referida en este apartado incluye expresamente: la logística, recolección, reducción y eliminación de desperdicios y productos derivados de hidrocarburos en general; la explotación del servicio de transporte y distribución de todo tipo de combustibles líquidos y/o sólidos, siempre que no sea mediante instalaciones permanentes que impliquen la aplicación del artículo 39 de la ley nacional 17.319; la venta al por mayor de productos intermedios, desperdicios y desechos; la recolección, transporte y tratamiento de pequeños y grandes generadores marítimos y terrestres; y el servicio de apoyo logístico a las actividades relacionadas con residuos petroleros. II) Mantenimiento: Limpieza industrial y naval, y soluciones integrales en mantenimiento y reparaciones de estructuras industriales y navales. La actividad referida en este apartado incluye expresamente: tareas de mantenimiento en estructuras metálicas, cambio de chapa y tuberías en tanques y estructuras navales; limpieza industrial y naval en buques, en la industria química, en la industria petroquímica, en la industria petrolera y en la industria alimenticia; tratamiento de superficies y aplicación de esquemas de pinturas: tratamiento de superficies por granallado o agua a ultra presión, y aplicación de todo tipo de esquemas de pintura. III) Servicios: reparación, remodelación, fabricación, diseño, construcción, armado y desguace, servicio de astillero. Diseño, dragado y mantenimiento de canales de navegación, realizar la ejecución de obras civiles y mecánicas en el área de la industria petrolera y petroquímica, en lo que se refiere a movimiento de tierra, agrimensura y topografía, excavación, voladura, relleno y compactación; obras viales y drenajes: replanteo, pavimentación, defensas viales. Trabajos de acueductos y sistemas contra incendio, cloacas, drenajes y gas; construcción de edificaciones industriales como estructura para talleres, galpones, puentes, arcos, cercas, plataformas. Trabajos de aplicación de materiales refractarios y de protección antiácido; construcción e instalación necesarias para clarificar y/o separar aguas efluentes contaminadas con petróleo y/o derivados; fabricación, instalación, reubicación y reparación de oleoductos, gasoductos, periductos, acueductos, línea de vapor tanto superficiales como enterradas, con tubería soldada o con rosca; instalación de estaciones de bombeo, inyección y compresión; mecánica, montaje y soldadura industrial en general de materiales de acero al carbono, aluminio acero inoxidable, soldadura con argón, en taller, En instalaciones petroleras y petroquímicas. IV) Comercial: Entendida como la venta al por mayor de productos intermedios, desperdicios y desechos petroleros y de repuestos para embarcaciones de todo tipo; productos de librería, papelería, artículos para escritorio; indumentaria, ropa, textiles, prendas de vestir, uniformes y blanquería; elementos de protección personales, pintura, insumos para la construcción (sanitarias, electricidad), repuestos de partes componentes de buques (filtros, sellos mecánicos, rodamientos), insumos náuticos, artículos de campamento y supervivencia, electrodomésticos; artículos de limpieza; repuestos, herramientas, artículos de ferretería y herrajes. V) Importación y exportación: de toda clase de bienes no prohibidos por las normas legales vigentes, de productos y mercaderías, sean estos bienes tradicionales o no. VI) Inmobiliaria y urbanización: 1. Realización y gestión de: a) Operaciones inmobiliarias: ya sea que se trate de compraventa, permuta, alquiler, arrendamiento, leasing; incluyendo expresamente todo tipo de propiedades, inmuebles, clubes de campo, explotaciones agrícolas o ganaderas. b) Desarrollo y promoción de proyectos inmobiliarios: ya sea que se trate de planificación, diseño, construcción y comercialización de desarrollos residenciales, comerciales, productivos e industriales, incluso cualquiera de estos destinos combinados entre sí; incluyendo expresamente, compra, venta y gestión de derechos de propiedad, así como la intermediación inmobiliaria. c) Urbanización de terrenos: ya sea que se trate de ejecución de obras de infraestructura, construcción de casas y edificios para uso general en los núcleos urbanos; incluyendo expresamente, redes de agua, alcantarillado, electricidad, vialidad, instalaciones de carpintería, herrería de obra, instalación de puertas y ventanas, carpintería metálica y no metálica, constituirse en empresa de obras y servicios públicos, siempre con relación a la urbanización como objeto final de la sociedad. 2. Los métodos para llevar a cabo la actividad a que se refiere este inciso incluyen expresamente: compra, venta, locación, explotación, construcción, administración; como así también, fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a la vivienda y urbanización. VII) Mandataria: mediante el ejercicio de representaciones, mandatos, concesiones, agencias, comisiones, gestiones de negocios y administración de todo tipo de bienes, capitales, empresas; pudiendo ejercer la representación legal y comercial de sociedades o entes nacionales o extranjeros ligados al objeto. VIII) Financieras: mediante el aporte o inversión de capital a personas, empresas o sociedades constituidas o a constituirse o a simples particulares, para toda clase o tipo de operaciones, así como la compraventa de títulos, acciones, obligaciones negociables, bonos de la deuda interna, y toda clase o tipo de operaciones financieras con la exclusión de las operaciones previstas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso de ahorro público. Incluye expresamente la compraventa de criptoactivos, incluyendo: criptomonedas, tokens y otros activos digitales similares. Asimismo, podrá realizar todas aquellas actividades que sean necesarias o convenientes para el cumplimiento de su objeto social, incluyendo la inversión, gestión y explotación de negocios relacionados con criptoactivos, siempre y cuando no se encuentren reservadas a entidades financieras o requieran autorización administrativa previa según la normativa vigente. IX) Agropecuarias: a) Entendiendo por tales el desarrollo, fomento y explotación de negocios agrícolas, ganaderos, frutícolas y de granja. Incluyendo expresamente, la compra y venta de hacienda, frutos, productos agropecuarios, forestales y agroindustriales. b) La actividad referida en este apartado incluye expresamente la importación y exportación de los insumos agroindustriales; la producción industrial y los fraccionamientos en base a insumos de origen agropecuario y forestal; y el arrendamiento de campos propios o ajenos.”. Fdo por Lucila Zamboni, Autorizada.