DECRETO N° 2081/2026
Aprueba Convenio de Colaboración entre Ministerio de Ambiente y CONICET (Pampa Azul/ROMA)
Alcance generalResumen
Se aprueba el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires y CONICET, como parte del Programa “Pampa Azul”. El convenio implementa un Plan de Trabajo (Anexo Único) para actividades vinculadas a la Red de Observaciones Marina Argentina (ROMA).
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DECRETO N° 2081/2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Jueves 29 de Octubre de 2026
VISTO el expediente EX-2026-17070640-GDEBA-DGAMAMGP del Ministerio de Ambiente, mediante el cual se propicia aprobar el Convenio de Colaboración suscripto entre el citado Ministerio y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y;
CONSIDERANDO: Que la Ley de Ministerios N° 15.477 establece que es función de los/as Ministros/as Secretarios/as desarrollar las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; Que, en tal sentido, la citada ley prevé, en su artículo 20, que el Ministerio de Ambiente es la autoridad de aplicación en materia ambiental en el ámbito de la provincia de Buenos Aires y el organismo responsable de la política ambiental en la jurisdicción provincial, teniendo entre sus funciones planificar, coordinar y fiscalizar la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos ambientales, para mejorar y preservar la diversidad biológica de su territorio y la calidad de vida de sus habitantes; Que por Resolución N° 53/25 del Ministerio de Ambiente se aprobó el Programa “Pampa Azul - Gestión Ambiental Integral Marino-Costera en la provincia de Buenos Aires”, el cual tiene como objetivo general contribuir a la protección y restauración de los ecosistemas marino-costeros, garantizando su conservación a largo plazo mediante una gestión ambiental integrada, sostenible y adaptada a los desafíos del cambio climático, a través de la implementación de estrategias concretas en los ejes estratégicos presentados, como conservación y restauración de ecosistemas marinos, ordenamiento ambiental del territorio, manejo de residuos y economía circular, adaptación al cambio climático, monitoreo y gestión ambiental, participación ciudadana y educación ambiental; Que, por otra parte, el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) es el principal organismo dedicado a la promoción de la Ciencia y la Tecnología en la Argentina, que tiene como misión el fomento y ejecución de actividades científicas y tecnológicas en todo el territorio nacional y en las distintas áreas del conocimiento; Que la Provincia reconoce la importancia de promover acuerdos con organizaciones nacionales que permitan la gestión sostenible de los recursos naturales y la preservación del ambiente, a fin de fortalecen la capacidad de enfrentar desafíos ambientales nacionales, como la pérdida de biodiversidad y la degradación de ecosistemas, al tiempo que contribuyen a la implementación de estrategias de desarrollo sostenible a nivel local y regional; Que, en virtud de lo expresado, se celebró unConvenio de Colaboración, entre el Ministerio de Ambiente y el Consejo Nacional De Investigaciones Científicas y Técnicas, cuyo objetivo es la colaboración en el desarrollo de actividades relacionadas con la Red de Observaciones Marina Argentina (ROMA) en el marco del Programa “PAMPA AZUL - Gestión Ambiental Integral Marino- Costera en la Provincia de Buenos Aires”; Que, en el mismo orden, se acuerda llevar adelante un Plan de Trabajo, el cual se detalla en el Anexo I que forma parte integrante del citado convenio; Que en esta instancia corresponde aprobar el referido instrumento; Que tomaron intervención la Subsecretaría de Política Ambiental, la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal, ambas dependientes del Ministerio de Ambiente y la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica de Secretaría General; Que, asimismo, se han expedido favorablemente Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aprobar el Convenio de Colaboración, suscripto entre el Ministerio de Ambiente y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) que, como Anexo Único (IF-2026-33905038-GDEBA-SSPAMAMGP) forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2°. En los sucesivos actos, acuerdos, protocolos y adendas que se suscriban como consecuencia del convenio aprobado por el artículo precedente, deberán tomar intervención, con carácter previo a su suscripción, los Organismos de Asesoramiento y Control, cuando corresponda de acuerdo con sus leyes orgánicas.
ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los/as Ministros/as Secretarios/as en los Departamentos de Ambiente y Gobierno.
ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar. Daniela Marina Vilar, Ministra; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.
ANEXO/S IF-2026-33905038-GDEBA- 61fadc1357f0ee0576d0ffa2e8877d5b401ed0a9a8fc53723f57567346ff2f83 Ver