POR 5 DÍAS - La Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, Unidad Policial de Instrucción de Sumarios
Notifica archivo de causa contravencional a Cusvip Seguridad y Fabrica Lagomarsino
NotificaciónResumen
Se notifica por 5 días a Cusvip Seguridad y Custodia SRL y a la firma Fabrica Lagomarsino el contenido de la DISPO-2026-189-GDEBA-DPGSPMSGP que dispone el archivo de una causa contravencional.
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Texto completo
POR 5 DÍAS - La Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, Unidad Policial de Instrucción de Sumarios Contravencionales, notifica a CUSVIP SEGURIDAD Y CUSTODIA SRL y la firma FABRICA LAGOMARSINO del contenido de la resolución DISPO-2026-189-GDEBA-DPGSPMSGP de fecha 19 de Octubre de 2026, la cual se transcribe a continuación: “Visto el expediente N° 21.100-874.626/2021 correspondiente a la causa contravencional 8.946, en la que resulta imputada a la prestadora de servicios de seguridad privada Cusvip Seguridad Y Custodia SRL y la firma Fabrica Lagomarsino, y Considerando: Que en el marco de la presente causa contravencional N° 8.946 se imputó a la prestadora de servicios de seguridad privada Cusvip Seguridad Y Custodia SRL y la firma Fabrica Lagomarsino, por infracción a los artículos 46 a) y 20 de la Ley N° 12.297, respectivamente; Que se realizaron tareas investigativas in situ, a los fines de dar con datos de la imputada (tipo societario, CUIT y todo dato de interés) arrojando resultado negativo; Que en virtud de ello, ha tomado intervención la Dirección de Modernización y Planificación de la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada en su condición de Órgano Asesor; Que, consecuentemente y luego de lo expuesto, es procedente disponer el archivo de las presentes actuaciones; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución N° RESO-2024-2586-GDEBA-MSGP, Ley N° 15.477, Ley N° 12.297 y las propias del cargo;
Por ello, El Director de la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada Dispone Artículo 1. Disponer el archivo de la presente causa contravencional, seguida contra la prestadora de servicios de seguridad privada Cusvip Seguridad Y Custodia SRL y la firma Fabrica Lagomarsino, por haberse constatado el cumplimiento del plazo previsto por la normativa vigente (artículo 59 de la Ley N ° 12.297). Artículo 2°. Disponer el archivo de los expedientes administrativos que reúnan las condiciones precedentemente establecidas, por intermedio de la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada. Artículo 3°. Registrar, comunicar, pasar a la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada. Cumplido, archivar.” Wenzel Franco, Oficial Ayudante (Adm.). oct. 27 v. nov. 2