RESOLUCIÓN N° 288-SSRHMIYSPGP-2026 / DPTLMIYSPGP
Adjudicación de la Licitación Pública 28/2026 para obra en Monte Chingolo (Lanús)
NotificaciónResumen
Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 28/2026 para la “Remodelación, Puesta en Valor y Ampliación del Centro de Atención Primaria - Monte Chingolo” en Lanús, por un monto total y plazo de 365 días corridos. También se establecen inversiones 2026, imputaciones presupuestarias, transferencias asociadas y el otorgamiento de un anticipo del 5% sujeto a garantía.
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Texto completo
DPTLMIYSPGP RESOLUCIÓN N° 288-SSRHMIYSPGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Miércoles 21 de Octubre de 2026
VISTO el EX-2025-24554269-GDEBA-DPTLMIYSPGP mediante el cual tramita la Licitación Pública N° 28/2026 para la adjudicación de la obra: "Remodelación, Puesta en Valor y Ampliación del Centro de Atención Primaria - Monte Chingolo" en el partido de Lanús y;
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 130/26 del señor Subsecretario de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires del 7 de mayo de 2026 se aprobó la documentación y se autorizó a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones, a efectuar el llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia, con un presupuesto oficial de pesos dos mil setenta y cinco millones ochocientos setenta y tres mil trescientos noventa y cinco con catorce centavos ($2.075.873.395,14) con un plazo de ejecución de trescientos sesenta y cinco (365) días corridos; Que en virtud del artículo 48 de la Ley N° 6.021, el artículo 41 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares prevé el otorgamiento de un anticipo financiero equivalente al cinco por ciento (5 %) del monto contractual, previa constitución de garantía a satisfacción de este Ministerio; Que se han cumplimentado las publicaciones en el Boletín Oficial, en diarios locales y regionales y en la página www.gba.gov.ar, conforme lo establecido en los Decretos N° 496/07 y N° 3698/07, y en la página www.gba.gob.ar/infraestructura/licitaciones; Que según surge del Acta de Apertura del 9 de junio de 2026,y su rectificatoria del 11 de junio del mismo año, se recibieron las siguientes ofertas: Oferta N° 1: FENBER INGENIERIA S.A. (C.U.I.T. N° 30-70893183-3), Oferta N° 2: ESPACIO 3 S.A. (C.U.I.T. N° 33-70980990-9), Oferta N° 3: EBCON S.A. (C.U.I.T. N° 30-51687616-2), Oferta N° 4: AVISTAR S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-69206520-0), Oferta N° 5: INSA S.A. (C.U.I.T. N° 30-57064273-8) y Oferta N° 6: SOTERRA INGENIERIA S.R.L. - CONSTRUCCIONES LA PLATA S.A. U.T. - MONTE CHINGOLO (Soterra Ingeniería S.R.L. C.U.I.T. N° 30-71619384-1 y Construcciones La Plata S.A. C.U.I.T. N° 30-56520303-3); Que la comisión evaluadora de ofertas, solicitó a la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública y a la Dirección Provincial de Arquitectura la actualización del presupuesto oficial oportunamente establecido, atento al tiempo transcurrido entre su elaboración y la apertura del procedimiento licitatorio; Que la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública y la Dirección Provincial de Arquitectura, procedieron a actualizar el presupuesto oficial de la obra en tratamiento, el cual asciende a la suma de pesos dos mil trescientos cuarenta y dos millones setecientos noventa y siete mil novecientos ochenta y tres con veintinueve centavos ($2.342.797.983,29); Que obran informes técnicos de la Dirección Provincial de Arquitectura; Que la comisión evaluadora de ofertas se expidió recomendado adjudicar las referidas labores a la empresa AVISTAR S.R.L. por la suma de pesos un mil setecientos veintidós millones doscientos doce mil doscientos sesenta y dos con ocho centavos ($1.722.212.262,08), por considerar su propuesta la más conveniente al interés fiscal; Que, asimismo la comisión evaluadora recomendó desestimar por ser menos convenientes al interés fiscal las ofertas de las empresas FENBER INGENIERIA S.A., ESPACIO 3 S.A., EBCON S.A., INSA S.A. y SOTERRA INGENIERIA S.R.L. - CONSTRUCCIONES LA PLATA S.A. U.T. - MONTE CHINGOLO; Que ha tomado intervención en el marco de su competencia la Dirección Provincial del Registro de Licitadores; Que la Dirección de Presupuesto informa que la obra fue prevista en el Presupuesto General Ejercicio 2026, Ley N° 15.557, realiza la imputación del gasto e informa que comunicó a la Dirección Provincial de Presupuesto Público del Ministerio de Economía el cronograma de inversión; Que han tomado intervención la Dirección de Contrataciones de Obra Pública y la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones; Que han tomado intervención en el marco de su competencia Fiscalía de Estado, Asesoría General de Gobierno, y Contaduría General de la Provincia; Que mediante Resolución N° RESO-2026-795-GDEBA-MIYSPGP del 19 de octubre de 2026, se encomendó la atención y firma del despacho de la Subsecretaría de Obras Públicas al Señor Subsecretario de Recursos Hídricos; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 9° y 23 de la Ley de Obras Públicas N° 6.021 y modificatorias, y su reglamentación, el artículo 2° del DECTO-2018-653-GDEBA-GPBA y la Resolución N° RESO-2026-795-GDEBA-MIYSPGP;
Por ello, EL SUBSECRETARIO DE RECURSOS HÍDRICOS DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Aprobar la Licitación Pública N° 28/2026 realizada por la Dirección de Contrataciones de Obra Pública, para la adjudicación de la obra "Remodelación, Puesta en Valor y Ampliación del Centro de Atención Primaria - Monte Chingolo” en el partido de Lanús y declarar suficientes las publicaciones efectuadas.
ARTÍCULO 2°. Adjudicar los trabajos para la ejecución de la obra mencionada en el Artículo precedente a la empresa AVISTAR S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-69206520-0) por la suma de pesos un mil setecientos veintidós millones doscientos doce mil doscientos sesenta y dos con ocho centavos ($1.722.212.262,08) para obra, a la que agregándole la suma de pesos diecisiete millones doscientos veintidós mil ciento veintidós con sesenta y dos centavos ($17.222.122,62) para dirección e inspección (artículo 8° Ley N° 6.021), la suma de pesos cincuenta y un millones seiscientos sesenta y seis mil trescientos sesenta y siete con ochenta y seis centavos ($51.666.367,86) para la reserva establecida en la Ley N° 14.052, modificatoria del artículo 8° de la Ley N° 6.021 y la suma de pesos diecisiete millones doscientos veintidós mil ciento veintidós con sesenta y dos centavos ($17.222.122,62) para embellecimiento, hace un total de pesos un mil ochocientos ocho millones trescientos veintidós mil ochocientos setenta y cinco con dieciocho centavos ($1.808.322.875,18), estableciéndose un plazo de ejecución de trescientos sesenta y cinco (365) días corridos.
ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que en el presente ejercicio se invertirá la suma de pesos quinientos cincuenta y dos millones trescientos ochenta mil novecientos cincuenta y dos con treinta y ocho centavos ($552.380.952,38) para obra, a la que agregándole la suma de pesos cinco millones quinientos veintitrés mil ochocientos nueve con cincuenta y dos centavos ($5.523.809,52) para dirección e inspección (artículo 8° Ley N° 6.021), la suma de pesos dieciséis millones quinientos setenta y un mil cuatrocientos veintiocho con cincuenta y ocho centavos ($16.571.428,58) para la reserva establecida en la Ley N° 14.052, modificatoria del artículo 8° de la Ley N° 6.021 y la suma de pesos cinco millones quinientos veintitrés mil ochocientos nueve con cincuenta y dos centavos ($5.523.809,52) para embellecimiento, hace un total de pesos quinientos ochenta millones ($580.000.000).
ARTÍCULO 4°. Atender la suma mencionada en el artículo precedente con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General - Ejercicio 2026 - Ley N° 15.557 - JU 14 - ACT INT 912 - PR 8 - SP 1 - PY 13718 - OB 73 - IN 5 - PP 4 - PA 2 - SP 434 - FF 11/13 - M 1 - UG 434.
ARTÍCULO 5°. La Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General de la Provincia, transferirá a las respectivas cuentas de terceros del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos los importes correspondientes a las reservas para dirección e inspección y para el artículo 8° de la Ley N° 6.021, modificada por la Ley N° 14.052, y al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires la correspondiente a embellecimiento, conforme lo dispuesto por el artículo 3° de Ley N° 6.174, para lo cual se procederá por la Dirección Provincial de Arquitectura a la realización de las gestiones pertinentes.
ARTÍCULO 6°. La Dirección Provincial de Arquitectura deberá adoptar los recaudos necesarios a efectos de contemplar para el diferido 2027 la suma de pesos un mil doscientos veintiocho millones trescientos veintidós mil ochocientos setenta y cinco con dieciocho centavos ($1.228.322.875,18) como asimismo gestionará la transferencia de los importes correspondientes a las reservas respectivas.
ARTÍCULO 7°. Desestimar por ser menos convenientes al interés fiscal las ofertas presentadas por las empresas FENBER INGENIERIA S.A. (C.U.I.T. N° 30-70893183-3), ESPACIO 3 S.A. (C.U.I.T. N° 33- 70980990-9), EBCON S.A. (C.U.I.T. N° 30-51687616-2), INSA S.A. (C.U.I.T. N° 30-57064273-8) y SOTERRA INGENIERIA S.R.L. - CONSTRUCCIONES LA PLATA S.A. U.T. - MONTE CHINGOLO (Soterra Ingeniería S.R.L. C.U.I.T. N° 30-71619384-1 y Construcciones La Plata S.A. C.U.I.T. N° 30- 56520303-3).
ARTÍCULO 8°. Proceder a través de la Dirección de Contrataciones de Obra Pública, dependiente de la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones, a entregar las garantías de afianzamiento de oferta a los representantes legales de las empresas mencionadas en el artículo precedente, bajo debida constancia, en caso de que las mismas hayan sido entregadas en formato papel.
ARTÍCULO 9°. Aprobar el otorgamiento, previa constitución de garantía, de un anticipo financiero equivalente al cinco por ciento (5 %) del monto del Contrato, conforme lo establecido en el artículo 41 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 10. Dejar establecido que la presente contratación queda sujeta a los términos de los artículos 1° y 2° del Decreto N° 4041/96.
ARTÍCULO 11. Notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar, incorporar en el Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA), y girar a la Dirección de Contrataciones de Obra Pública. Cumplido, archivar. Nestor Fabian Alvarez, Subsecretario.