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RESOLUCIÓN N° 24.332

Revoca resolución y reconoce jubilación ordinaria (fallecimiento) a nombre de Noemí Viviana Castillo

Notificación
miércoles, 28 de octubre de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

Se revoca una resolución previa por error de hecho y se reconoce el derecho al beneficio de jubilación ordinaria a Noemí Viviana Castillo, con liquidación hasta su fallecimiento. También se dispone la notificación y el trámite de archivo con publicación de edictos para los interesados/herederos.

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Texto completo

RESOLUCIÓN N° 24.332

VISTO el expediente EX-2026-8056175-GDEBA-SDPDIPS por el cual se acordó el beneficio de JUBILACION ORDINARIA a Noemi Viviana CASTILLO, en los términos del Decreto-Ley N° 9650/80 (T.O. 1994) se detectó un error de hecho y;

CONSIDERANDO: Que en esta instancia corresponde revocar la RESOL-2026-19054-GDEBA-IPS, de fecha 22 de julio de 2026, atento haberse incurrido en un error de hecho, por lo que corresponde redactar una nueva resolución de manera correcta; Que durante la tramitación se produjo el fallecimiento de la titular, por lo que corresponde reconocer el derecho que le asistía al goce del beneficio jubilatorio; Que se encuentran reunidos los requisitos legales; Que contando con la vista del Fiscal de Estado;

Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. REVOCAR la RESOL-2026-19054-GDEBA-IPS, de fecha 22 de julio de 2026, atento los argumentos vertidos en los considerandos.

ARTÍCULO 2°. RECONOCER que a Noemi Viviana CASTILLO, con documento, DNI N.° 18.065.721, le asistía el derecho al goce del beneficio de JUBILACION ORDINARIA equivalente al 70 % del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Profesora 13 Módulos Superior, Profesora 4 Módulos Superior, Desfavorabilidad 2 (60 %), Sida (20 %), Peligrosidad y al 57 % de Profesora 8 Módulos Media y Profesora 4 hs., Desfavorabilidad 2 (60 %), Sida (20 %) Peligrosidad, todos con 23 años de antigüedad, desempeñados en la Dirección General de Cultura y Educación, el que debía ser liquidado a partir del 1° de diciembre de 2024 hasta el 21 de septiembre de 2025, fecha en que se produce su fallecimiento; y en consecuencia declarar de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales, las sumas devengadas en dicho concepto.-

ARTÍCULO 3°. NOTIFICAR que, contra las resoluciones del Instituto, los interesados podrán interponer recurso de revocatoria dentro del plazo de veinte (20) días de notificados (artículo 74 del Decreto-Ley N ° 9650/80 T. O. 1994).

ARTÍCULO 4°. REGISTRAR en Actas. Notificar. Publicar Edictos. Cumplido archivar. Departamento Resoluciones Docentes Marina Moretti, Presidenta. oct. 26 v. oct. 30