PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Provincia de Buenos Aires: deroga inciso sobre reducción del ABAO para primeros años
Reforma regulatoriaResumen
La resolución deroga el inciso “a” del artículo 2 de la resolución 14/2013 del Consejo Superior, vinculada al ABAO para los primeros años de ejercicio profesional. Rige desde el 1 de abril de 2024.
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PROVINCIA DE BUENOS AIRES POR 1 DÍA - RESOLUCIÓN N° 7/2024 La Plata, 26 de Marzo de 2024.
VISTO, lo oportunamente resuelto por el Consejo Superior respecto al valor del Aporte Básico Anual Obligatorio (ABAO) referido a los primeros años de ejercicio profesional y,
CONSIDERANDO: Que, el fin de reducir el monto del ABAO para el caso de referencia estuvo y está dado por la presunción consistente en que, durante los primeros años de ejercicio profesional, los ingresos de honorario serán menores a los habituales luego de transcurrido el mismo; Que, oportunamente, las resoluciones dictadas por el Cuerpo referidas a la reducción del ABAO, lo establecieron para los primeros años de ejercicio profesional. Que, asimismo, se estableció también un límite de edad (30 años). Que, la edad es un elemento ajeno a la situación económica por la que transita el profesional durante los primeros años de ejercicio. Que, dicho en otros términos la situación mencionada nada tiene que ver con la edad en la que el colegiado comience el ejercicio profesional. Que, por todo ello, el Consejo Superior
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Derogar el inciso "a" del artículo 2 de la resolución del Consejo Superior número 14/2013.
ARTÍCULO 2°: La presente tendrá vigencia a partir del 1° de Abril de 2024.
ARTÍCULO 3°: De forma. Carlos Alberto Prono, Secretario; Juan Carlos Donsanto, Presidente. Fdo. Luis Eusebio Colao, Presidente.