RESOLUCIÓN N° 335-FDE-2026 / FISCALÍA DE ESTADO
Licitación Pública N° 2/2026 para adquisición de Storage y servidores del Data Center
Alcance generalResumen
Autoriza el llamado a Licitación Pública N° 2/2026 para adquirir Storage y servidores destinados al “Centro de Procesamiento de Datos” de la Fiscalía de Estado, aprobando el pliego particular y especificaciones técnicas. Dispone su publicación en el Portal PBAC y el Boletín Oficial, y fija fecha de apertura.
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Texto completo
FISCALÍA DE ESTADO RESOLUCIÓN N° 335-FDE-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Martes 3 de Noviembre de 2026
VISTO el EX-2026-34748802-GDEBA-FDE por el cual la Fiscalía de Estado gestiona la adquisición de Storage y servidores para el "Centro de Procesamiento de Datos", mediante Licitación Pública N° 2/2026, con encuadre en el artículo 17 de la Ley 13.981 y articulo 17 Apart. 1 del Anexo I - DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios, y
CONSIDERANDO: Que el artículo 14 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios dispone que la Autoridad de Aplicación elaborará y aprobará el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios que será de uso obligatorio para todos los procesos de contratación, sin modificación alguna y bajo pena de nulidad y que los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares deben contener los requisitos mínimos que indique el Pliego de Bases y Condiciones Generales debiendo incluir, si la complejidad lo requiere, las Especificaciones Técnicas Particulares; Que, sobre la base de dicha regulación, por RESOL-2019-76-GDEBA-CGP en su Anexo Único se implementó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios aplicable a todos los procedimientos reglamentados y contratos estipulados en el DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios, el cual rige para el presente llamado; Que de acuerdo a la nota obrante en el Orden 2, existe la necesidad de tramitar la adquisición de Storage y servidores para el "Centro de Procesamiento de Datos" (Data Center) de la Fiscalía de Estado y de equipamientos/repuestos/ accesorios informáticos y software. Cabe aclarar que la presente solicitud se basa en la necesidad de llevar a cabo la puesta en valor de la infraestructura tecnológica actual de la Fiscalía de Estado y permitir a esta última dotarse de beneficios considerados como indispensables para la mejora en la calidad de la gestión administrativa del Organismo; Que han tomado intervención la Dirección General de Administración, confeccionando el Pliego de Condiciones Particulares y el CIFE, las Especificaciones Técnicas que rigen el procedimiento; Que el mismo se encuadra en las previsiones del art. 17 de la Ley 13.981 y artículo 17 Apart. 1 del Anexo I - DECTO-2019- 59-GDEBA-GPBA y modificatorios; Que el Pliego de la presente contratación se publicará en el sitio web Portal PBAC (Capítulo II de la Ley 13.981 y Capítulo II del Anexo I - DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios); Que, en caso de consultas, las respuestas se sustanciarán en forma de circulares aclaratorias y/o modificatorias, y serán publicadas a través del sitio web Portal PBAC; Que en el orden 20 obra informe de la Dirección Provincial de Sistemas de la Información y Tecnologías del Ministerio de Gobierno, conforme intervención de su competencia; Que ha tomado intervención la Dirección General de Administración viabilizando la contratación a través del Proceso PBAC 3-1262-LPU26; Que en el orden 28 se incorpora la solicitud de gastos con un PRESUPUESTO OFICIAL de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($591.910.320,00.-); Que la Asesoría General de Gobierno (Orden 32) y Contaduría General de la Provincia (Orden 45) entienden que no existen impedimentos para continuar con el trámite tendiente al dictado del pertinente Acto Administrativo que autorice el llamado a licitación y apruebe la documentación que regirá el procedimiento; Que en el Orden 49 obra comunicación de Presupuesto Oficial a la OPC; Que finalmente, en cumplimiento del artículo 6° del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios, corresponde dejar constancia en carácter de declaración jurada que, en el plazo por él fijado, no se ha autorizado llamado alguno para la contratación objeto del presente;
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Ley N° 13981, DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios, y Cuadro de Competencias aprobado por el Anexo II del citado DECTO, texto según DECRE-2024-205-GDEBA-GPBA; EL FISCAL DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. - Autorizar a la Dirección General de Administración a efectuar el llamado a Licitación Pública N° 2/2026 con encuadre en artículo 17 de la Ley 13.981 y artículo 17 Apart. 1 del Anexo I - DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios, tendiente a contratar la adquisición de Storage y servidores para el "Centro de Procesamiento de Datos", con arreglo al “Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios” aprobado por RESOL-2019-76-GDEBA-CGP.
ARTÍCULO 2°. - Aprobar el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas PLIEG-2026-39413623- GDEBA-DGAFDE que regirán el llamado aludido en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3°. - La apertura de la presente contratación se realizará el día 24/11/2026 a las 10:00 horas.
ARTÍCULO 4°. Publicar el llamado en el Portal PBAC y en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero será atendido con cargo a la siguiente imputación: afectación presupuestaria ejercicio 2026, Institucional 3.0.0.12, Aper. Prog. 1.0.0.1.0, Fin. Fun. 120, Fuente de Financiamiento 1.1, Inciso 4, Partida Principal 3, Partida Parcial 6.; Inciso 2, Partida Principal 9, Partida Parcial 6; Inciso 2, Partida Principal 9, Partida Parcial 3.
ARTÍCULO 6°. Establecer que la Dirección General de Administración y el Centro de Informática de Fiscalía de Estado (C.I.F.E.) serán responsables de actuar como contrapartes de la relación contractual y tendrán a su cargo la verificación del cumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones legales y técnicas respectivamente, que el Pliego de Condiciones Legales Particulares establece.
ARTÍCULO 7°. Registrar, comunicar; incorporar al Sistema de Información Documental y Normativa Malvinas Argentinas (SIDNMA) conforme las previsiones del artículo 2, inciso c), del Decreto N° 703/2020 (BO del 1/09/2020); pase a la Dirección General de Administración. Cumplido, archivar. Hernán Rodolfo Gomez, Fiscal de Estado. DISPOSICIONES