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RESOLUCIÓN N° 576-JAGGP-2026

Otorga subsidio a la Cooperativa de Trabajo La Unidad Limitada por $10.000.000

Notificación
viernes, 30 de octubre de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

Se otorga un subsidio de $10.000.000 a la Cooperativa de Trabajo La Unidad Limitada para equipamiento de carpintería. La beneficiaria deberá rendir cuentas e intervenirán la Dirección de Contabilidad y organismos de control provincial.

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Texto completo

RESOLUCIÓN N° 576-JAGGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Lunes 26 de Octubre de 2026

VISTO el expediente N° EX-2026-31468727-GDEBA-DSTAJAGGP por medio del cual tramita el otorgamiento de un subsidio a favor de la Cooperativa de Trabajo La Unidad Limitada, y

CONSIDERANDO: Que a orden N° 5 la Cooperativa de Trabajo La Unidad Limitada solicita un subsidio por la suma de pesos diez millones con 00/100 ($10.000.000,00), para ser destinado a proporcionar equipamiento de carpintería, con el fin de optimizar el reciclaje de madera, reducir desperdicios y agilizar la fabricación de nuevos productos; Que a orden N° 9 la Subsecretaría de Coordinación de la Gestión Territorial promueve la presente gestión y entiende que el subsidio solicitado resulta razonable en tanto al objeto y el monto del mismo; Que a orden N° 51 se adjunta la correspondiente Solicitud de Gasto N° 16507 GEDO: IF-2026-34294166-GDEBA- DCONJAGGP; Que el presente subsidio se enmarca en el Programa Comunidades Bonaerenses, aprobado por RESO-2024-292-GDEBA- JAGGP; Que ha tomado intervención la Dirección de Subsidios y Subvenciones dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía; Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado; Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos N° 124/2023 y N° 4/2024;

Por ello, LA RESPONSABLE DE LA JEFATURA DE ASESORES DEL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Otorgar un subsidio a favor de la Cooperativa de Trabajo La Unidad Limitada, por la suma de pesos diez millones con 00/100 ($10.000.000,00), para ser destinado a proporcionar equipamiento de carpintería, con el fin de optimizar el reciclaje de madera, reducir desperdicios y agilizar la fabricación de nuevos productos, instrumentado mediante el Convenio identificado como GEDO: CONVE-2026-34298661-GDEBA-DPALJAGGP, que como Anexo Único forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1°, será atendido con cargo a la imputación detallada mediante GEDO: IF-2026-34294166-GDEBA-DCONJAGGP, Presupuesto General Ejercicio 2026, Ley N° 15.557.

ARTÍCULO 3°. Autorizar a la Dirección de Contabilidad a emitir la correspondiente Orden de Pago.

ARTÍCULO 4°. La beneficiaria quedará obligada a rendir cuenta de la inversión de los fondos otorgados en los términos que determinan los artículos 19 y 20 del Anexo I del Decreto N° 124/2023.

ARTÍCULO 5°. Notificar al Fiscal de Estado, comunicar publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA, pasar a la Dirección de Contabilidad. Cumplido, archivar. Maria Cristina Álvarez Rodríguez, Responsable.