POR 5 DÍAS - Notifico a la empresa ZANONI BUS SRL (CUIT 30-71769821-1), con domicilio real en Serrano n° 1365 de la
Disposición: deja sin efecto imputación y reimputa a Zanoni Bus SRL; otorga plazo de defensa
NotificaciónResumen
Se deja sin efecto la imputación efectuada mediante el Acta de Comprobación N° 5688 y se imputa nuevamente a Zanoni Bus SRL por servicios intercomunales sin autorización, según el art. 211 del Decreto 6864/58. Se otorgan 10 días hábiles desde la notificación para ejercer el derecho de defensa.
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POR 5 DÍAS - Notifico a la empresa ZANONI BUS SRL (CUIT 30-71769821-1), con domicilio real en Serrano n° 1365 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que por expediente N° EX-2025-38868838-GDEBA-DSTECMTRAGP en trámite ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 10 n° 1402 esquina 61, se ha dictado la Disposición que a continuación se transcribe: La Plata, 6 de noviembre de 2025. Visto el Expediente N° EX-2025-38868838-GDEBA-DSTECMTRAGP del Registro del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, y Considerando: Que las presentes actuaciones se originan con motivo del operativo de control sobre vehículos de transporte de pasajeros en el orden provincial en Calle Blas Parera y Autopista Presidente Perón, partido de Ezeiza, el día 24 de septiembre de 2025, en el que se labró el Acta de Comprobación N° 5688; Que por dicha acta, se imputó al Sr. Menkes Roberto Daniel (DNI: 16.161.190) por realizar servicios intercomunales sin autorización, en el caso: con el vehículo Dominio NDF340 e interno 37, realizaba un servicio desde La Matanza hasta Ezeiza, transportando 14 pasajeros; Que el imputado no ha formulado descargo en el plazo de ley; Que realizadas las consultas pertinentes en la base de datos de la DNRPA, se constató que existió un error involuntario en la identificación del titular de la unidad sancionada por lo que correspondería rectificar el error mencionado. Corresponde imputar a la firma Zanoni Bus SRL (CUIT 30- 71769821-1); Que en cuanto al encuadre normativo, resulta de aplicación al caso bajo análisis el artículo 211 del Decreto N° 6864/58, Reglamentario del Decreto - Ley N° 16.378/57 y sus modificaciones; Que también resultan de aplicación el Decreto Ley N° 7647/70, normas de procedimiento administrativo, texto actualizado con las modificaciones introducidas por las leyes N° 13.262, 13.708, 14.224 y 14.229; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley N° 16378/57, el Decreto N° 6864/58 y el Decreto N° 382/2022;
Por ello, el Director Provincial de Fiscalización del Transporte del Ministerio de Transporte de la provincia de Buenos Aires Dispone Artículo 1°. Dejar sin efecto la imputación realizada mediante el Acta de Comprobación N° 5688 en todas sus partes, por las razones expuestas en los considerandos de la presente. Artículo 2° Imputar a la firma Zanoni Bus SRL (CUIT 30-71769821-1), por las infracciones establecidas en el Artículo 211 del Decreto N°6864/58, reglamentario del Decreto-Ley N° 16.378/57 y sus modificatorias, “Por realizar servicios intercomunales sin autorización”, con respecto al Acta de comprobación 5688. Artículo 3°. Otorgar un plazo de diez (10) días hábiles a partir de la notificación de la presente para ejercer su derecho de defensa conforme lo dispuesto por los artículos 195 y 196 del Decreto N° 6864/58 reglamentario del Decreto Ley 16378/57. Artículo 4°. Registrar, comunicar y notificar. Cumplido, archivar. Disposición N° DISPO-2025-2328-GDEBA-DPTFMTRAGP. Queda usted debidamente notificado. Guillermo Varvasino, Director Provincial oct. 22 v. oct. 28