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Resolución 1147/2026 / MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL

Delegación para suscribir convenio de transferencia de cartera judicial

Organización interna
miércoles, 4 de noviembre de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

La Resolución delega en el titular de la Subsecretaría Legal del Ministerio de Seguridad la facultad de suscribir un convenio de transferencia de cartera judicial y reasignación funcional y operativa de personal entre el Ministerio de Justicia y el de Seguridad.

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Texto completo

Ciudad de Buenos Aires, 03/11/2026

VISTO el Expediente EX-2026-100985593-APN-DGAJ#MSG, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Dto. 438/1992), y sus modificatorios, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Decreto N° 455 del 7 de julio de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 22 bis de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Dto. 438/1992) y sus modificatorios, le compete al MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo relativo a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático; así como en el diseño y ejecución de las políticas en materia migratoria, y en particular, en su apartado 15°, Entender en la organización, funcionamiento y supervisión de los establecimientos penales y de sus servicios asistenciales, promoviendo las mejoras necesarias para lograr la readaptación del condenado y el adecuado tratamiento del procesado y la efectiva coordinación de la asistencia pospenitenciaria.

Que mediante el Decreto N° 455 del 7 de julio de 2025, se estableció que el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL depende del PODER EJECUTIVO NACIONAL a través del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.

Que en ese marco normativo, los reclamos salariales correspondientes al SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL pasan a ser competencia del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.

Que en consecuencia corresponde que el MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL asuma la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL en todas aquellas causas iniciadas o que se iniciaren con relación a la materia salarial del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL oportunamente asignadas al servicio jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA.

Que por el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la SUBSECRETARÍA LEGAL dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, tiene entre sus objetivos, dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos del Poder Judicial, conforme lo prevé el objetivo N° 7.

Que mediante EX-2025-139829094-APN-DGJ#MJ se encuentra tramitando un CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE CARTERA JUDICIAL Y REASIGNACIÓN FUNCIONAL Y OPERATIVA DE PERSONAL entre el MINISTERIO DE JUSTICIA y el MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, a los fines expuestos en el considerando que antecede.

Que en ese marco se estima pertinente delegar en el titular de la SUBSECRETARIA LEGAL las facultades necesarias para la suscripción del citado CONVENIO DE TRANSFERENCIA, en virtud de sus competencias e incumbencias relacionadas a los asuntos judiciales.

Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL tomó la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en atención a las atribuciones contempladas en los artículos 4°, apartado b), inciso 9 y 22 bis de la Ley N° 22.520 (t.o. Dto. 438/1992) y sus modificatorios, y el artículo 2° del Decreto N° 1759/72 (t.o. 2017) y sus modificatorios.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Delegase en el titular de la SUBSECRETARÍA LEGAL dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, la facultad de suscribir el CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE CARTERA JUDICIAL Y REASIGNACIÓN FUNCIONAL Y OPERATIVA DEL PERSONAL, a ser suscripto entre el MINISTERIO DE JUSTICIA y el MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.

ARTÍCULO 2°. Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Alejandra Susana Monteoliva

e. 04/11/2026 N° 82601/26 v. 04/11/2026