Resolución 437/2026 / ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Adenda y prórroga del Plan de Gestión del Parque Nacional Campos del Tuyú (2018-2028)
Alcance generalResumen
Se aprueba la Adenda del Plan de Gestión del Parque Nacional Campos del Tuyú y se prorroga su implementación hasta 2028. La ejecución se realizará mediante Planes Operativos Anuales y el Programa Áreas Protegidas del Centro Este, según corresponda.
Análisis regulatorio
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Anexos
Texto completo
Ciudad de Buenos Aires, 29/10/2026
VISTO el Expediente EX-2025-107929352-APN-DGA#APNAC del registro de esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Leyes Nros. 22.351, 24.375, 25.675 y 26.499, el Decreto DCTO-2023-123-APN-PTE del Presidente de la Nación, la Decisión Administrativa DA-2016-1422-APN-JGM, las Resoluciones Nros. 142/2001 y RESFC-2018-201-APN-D#APNAC del Directorio, la Resolución Nº 169/2010 del Presidente del Directorio, la Disposición DI-2019-6-APN-DNC#APNAC de la Dirección Nacional de Conservación, la Disposición Conjunta DISFC-2025-6-APN-DNC#APNAC de la Dirección Nacional de Conservación y la Intendencia del Parque Nacional Campos del Tuyú, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 22.351 se encomendó a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES la conservación y manejo de los Parques y Reservas Nacionales en su estado natural, de su fauna y flora autóctonas y, en caso de ser necesario, de su restitución, para asegurar el mantenimiento de su integridad, en todo cuanto se relacione con sus particulares características fisiográficas y asociaciones bióticas animales y vegetales.
Que la precitada Ley confiere a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES la atribución de la elaboración y aprobación de planes maestros y de áreas recreativas que prevean, con largo alcance, las acciones a cumplirse en cuanto a la protección y conservación de los recursos naturales, calidad ambiental y asentamientos humanos.
Que por la Ley Nº 24.375 referente al Convenio de Diversidad Biológica, la REPÚBLICA ARGENTINA se comprometió a establecer un sistema de Áreas Protegidas o áreas donde haya que tomar medidas especiales para conservar la diversidad biológica.
Que, en virtud de ello, se ha convenido mejorar sustancialmente la planificación y gestión de las Áreas Protegidas, estableciendo como meta que todas ellas cuenten con una administración eficaz, utilizando procesos de planificación de sitios altamente participativos y científicos que incorporen objetivos, metas, estrategias de administración y programas de vigilancia inequívocos en materia de diversidad biológica, aprovechando las metodologías existentes.
Que por la Ley Nº 25.675 se aprobaron los objetivos de la Política Ambiental Argentina, entre los cuales se encuentran asegurar la preservación, conservación, recuperación y mejoramiento de la calidad de los recursos ambientales, tanto naturales como culturales, en la realización de las diferentes actividades antrópicas; promover el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras, en forma prioritaria; promover el uso racional y sustentable de los recursos naturales; mantener el equilibrio y dinámica de los sistemas ecológicos y asegurar la conservación de la diversidad biológica, entre otros.
Que mediante la Decisión Administrativa DA-2016-1422-APN-JGM se determinó que la Dirección Nacional de Conservación tiene la responsabilidad primaria de entender en la planificación, programación y formulación de políticas y estrategias de conservación y uso público de las Áreas Naturales Protegidas de carácter nacional, abarcando los aspectos de investigación científica y monitoreo, protección, manejo, uso sustentable, interpretación y recreación.
Que por la Resolución Nº 142/2001 del Directorio se aprobó el Plan de Gestión Institucional de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES que, en sus lineamientos del acápite de Planificación, sostiene que los instrumentos de Planificación a nivel de las Áreas Protegidas son los Planes de Gestión, Planes de Sitio y Planes Operativos.
Que por la Resolución Nº 169/2010 del Presidente del Directorio se aprobó la Guía para la Elaboración de Planes de Gestión de Áreas Protegidas de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, con el objetivo de enmarcar la confección de los Planes de Gestión, unificando conceptos y estableciendo criterios rectores, contenidos y procedimientos comunes para elaborarlos.
Que por medio de la Ley Nº 26.499 se aprobó la Carta Acuerdo suscripta entre la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES y la FUNDACIÓN VIDA SILVESTRE ARGENTINA y se aceptó la cesión de jurisdicción de la provincia de Buenos Aires al Estado Nacional, creándose así el Parque Nacional Campos del Tuyú.
Que por Resolución RESFC-2018-201-APN-D#APNAC del Directorio se aprobó el Plan de Gestión del Parque Nacional Campos del Tuyú, en el que se determinó un alcance temporal de CINCO (5) años.
Que en dicho Plan se estableció un mecanismo de seguimiento de las estrategias, objetivos y acciones que lo conformaron, en función de lo establecido en la Guía para la Elaboración de Planes de Gestión previamente mencionada.
Que por la Disposición DI-2019-6-APN-DNC#APNAC de la Dirección Nacional de Conservación se aprobó el documento “Lecciones Aprendidas en la Elaboración e Implementación de Planes de Gestión en la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES”, en el cual se recomienda extender el horizonte temporal de los Planes de Gestión a DIEZ (10) años para que las Áreas Protegidas cuenten siempre con un Plan de Gestión actualizado.
Que por el Decreto DCTO-2023-123-APN-PTE del Presidente de la Nación se creó la Reserva Natural Silvestre Marismas del Tuyú (RNSMT), la cual se incluyó formalmente dentro de la planificación del Parque Nacional Campos del Tuyú.
Que, atento a ello, mediante la Disposición Conjunta DISFC-2025-6-APN-DNC#APNAC de la Dirección Nacional de Conservación y la Intendencia del Parque Nacional Campos del Tuyú, se dio inicio al Proceso de Evaluación y Extensión Temporal del Plan de Gestión del Parque Nacional Campos del Tuyú.
Que, como resultado, se elaboró el documento “Adenda al Plan de Gestión del Parque Nacional Campos del Tuyú”, obrante como documento IF-2026-102377276-APN-DNC#APNAC, mediante el cual se amplía el alcance temporal al período 2018-2028.
Que, por todo lo expuesto, corresponde aprobar el precitado documento.
Que las Direcciones Nacionales de Conservación, de Operaciones y de Uso Público, la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Intendencia del Parque Nacional Campos del Tuyú han tomado las intervenciones de sus competencias.
Que la presente medida se dicta de acuerdo con las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos f) y g), de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el documento “Adenda Plan de Gestión del Parque Nacional Campos del Tuyú (2018-2028) “, el cual forma parte integrante de la presente medida como Anexo IF-2026-102377276-APN-DNC#APNAC.
ARTÍCULO 2º.- Prorrógase el plazo de implementación del Plan de Gestión del Parque Nacional Campos del Tuyú, establecido por la Resolución RESFC-2018-201-APN-D#APNAC del Directorio, hasta el año 2028, en virtud de lo estipulado en la Adenda aprobada por el Artículo precedente.
ARTÍCULO 3º.- Determínase que la implementación de los proyectos contenidos en la Adenda aprobada por el Artículo 1º se realizará a través de los Planes Operativos Anuales del Área Protegida y del Programa Áreas Protegidas del Centro Este, según corresponda.
ARTÍCULO 4º.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones se difunda la presente medida y se efectúen las publicaciones de rigor en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por el término de UN (1) día.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Fabio Augusto Francardi - José Manuel Salgado - Carolina Villarreal Calo - Maria del Pilar Gonzalez - Lucas Horacio Portela Lacanette - Sergio Martin Alvarez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/11/2026 N° 81752/26 v. 02/11/2026