MINISTERIO DE SALUD
Declara cesante a Andrea Carolina Fermanelli por abandono de cargo
Organización internaResumen
La norma declara cesante a Andrea Carolina Fermanelli en el ámbito del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires por abandono del cargo. Además, ordena intimar la devolución de su credencial afiliatoria al IOMA y dispone su comunicación y archivo.
Análisis regulatorio
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MINISTERIO DE SALUD POR 5 DÍAS - Por medio de la presente notificamos que en el marco del expediente EX-2025-15107727-GDEBA- HZGAGDMMSALGP se dictó la resolución RESO-2026-2687-GDEBA-MSALGP, la misma se transcribe a continuación: La Plata, Buenos Aires, 21 de marzo de 2026 “Visto el EX-2025-15107727-GDEBA-HZGAGDMMSALGP, por el cual se tramita el cese en el cargo, por haber incurrido en abandono del mismo, de ANDREA CAROLINA FERMANELLI, agente de la Unidad de Pronta Atención N° 15 (UPA 15 - 24 Horas) - José C. Paz - Hospital Zonal General de Agudos "Gobernador Domingo Mercante" de José C. Paz, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, y Considerando: Que el artículo 85 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado-Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, establece que el agente que incurriera en tres (3) inasistencias consecutivas sin previo aviso, será intimado para que se reintegre a sus tareas en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación, debiéndose decretar su cesantía sin más trámite en el caso de que dicho reintegro no se hiciera efectivo; Que por otra parte el artículo 41 de la Ley N° 10.471 - Carrera Profesional Hospitalaria, preceptúa que las normas y procedimientos referentes a la disciplina del agente serán los establecidos por las disposiciones vigentes para el personal de la Administración Pública Provincial, en lo que no se hallaren modificadas por esa norma legal; Que mediante la NO-2020-12467585-GDEBA-SSAYCISMSALGP ratificada por NO-2021-20789747-GDEBA-SSAYCISMSALGP y NO-2023-28273067-GDEBA-SSAYCISMSALGP, se estableció que en aquellas actuaciones relacionadas a temáticas sobre Recursos Humanos o Personal, estará exceptuada de prestar conformidad la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud cuando haya intervención de la Dirección Provincial de Hospitales o de la Dirección Provincial que corresponda, de la Dirección o Dirección Ejecutiva del Hospital, en los casos que indica; Que a orden N° 3, luce la intimación a la que se alude en el primer párrafo de este considerando fue concretada mediante Cédula de Notificación; Que a orden N° 36 se ha expedido la Asesoría General de Gobierno - Delegación ante este Ministerio; Que a órdenes N° 24 y N° 56 han tomado intervención la Dirección Provincial de Hospitales y la Dirección Provincial de Personal, respectivamente;Que, a orden N° 43, la Dirección de Sumarios Administrativos dependiente de la Secretaría General de Gobierno, informa que la agente de referencia no registra sumario administrativo pendiente de resolución; Que cumplimentadas las disposiciones legales vigentes y en razón de no haberse reintegrado Andrea Carolina Fermanelli al desempeño de sus tareas, corresponde declararla cesante, a partir del 17 de abril de 2025;
Por ello, en Ejercicio de las Facultades que le confiere el Decreto N° 272/17 E y sus Modificatoriosel Ministro de Salud de la Provincia de Buenos Aires Resuelve Artículo 1°. Declarar cesante en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, por haber incurrido en abandono del cargo que posee, a partir del 17 de abril de 2025, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 de la Ley N° 10.430 (Texto OrdenadoDecreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 41 de la Ley N° 10.471, a la agente que se menciona a continuación, quien revista en las condiciones que se indican: Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial - Dirección Provincial de Hospitales - Unidad de Pronta Atención N° 15 (U.P.A. 15 - 24 Horas) - José C. Paz - Hospital Zonal General de Agudos "Gobernador Domingo Mercante" de José C. Paz. Andrea Carolina Fermanelli (D.N.I. N° 31.895.286 - Clase 1985) - Médica Asistente - Especialidad: Pediatría - treinta y seis (36) horas semanales de labor. Artículo 2°. Disponer que a través de la Jefatura de Personal del establecimiento citado en el artículo precedente, se deberá intimar a Andrea Carolina Fermanelli a devolver su credencial afiliatoria al IOMA, tal como lo establece el artículo 27 inciso c) del Decreto Reglamentario N° 593/22 de la Ley Orgánica del Instituto de Obra Médico Asistencial dejando constancia que el incumplimiento de dicha entrega será responsabilidad del Jefe o Jefa de Personal o de quien haga sus veces, en los términos de la Ley de Contabilidad vigente, y por remisión de lo establecido en el artículo 29 del Decreto Reglamentario N° 593/22 de la Ley Orgánica del IOMA. Artículo 3°. Comunicar, notificar, dar al SINDMA. Cumplido, archivar. Queda ud. debidamente notificada. Nicolas Kreplak, Ministro. oct. 26 v. oct. 30