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RESOLUCIÓN N° 7946-MSALGP-2026 / MINISTERIO DE SALUD

Declara desierto y autoriza llamado a Licitación Pública para medicamentos oncológicos

Reforma regulatoria
miércoles, 28 de octubre de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

Se declara desierto el Proceso de Compra 633-0151-CDI26 y se autoriza el llamado a la Licitación Pública 633-0864-LPU26 para la adquisición de medicamentos para tratamientos oncológicos en la Provincia de Buenos Aires.

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Texto completo

MINISTERIO DE SALUD RESOLUCIÓN N° 7946-MSALGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Martes 20 de Octubre de 2026

VISTO la Ley N° 13.981, el Decreto N° 59/19 y modificatorios y el expediente N° EX-2026-03312957-GDEBA- DPTMGESYAMSALGP, y

CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones se gestiona declarar desierto el Proceso de Compra N° 633-0151-CDI26 y autorizar el llamado a la Licitación Pública N° 633-0864-LPU26 tendiente a la adquisición de medicamentos para tratamientos oncológicos, solicitados por la Dirección Provincial de Instituto de Prevención, Diagnóstico y Tratamiento del Cáncer conjuntamente con la Dirección de Políticas de Medicamentos, pertenecientes al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de la Ley N° 13.981, reglamentada por el Decreto N° 59/19 y modificatorios; Que el artículo 17 de la Ley N° 13.981 establece: “…El procedimiento de selección del cocontratante para la ejecución de los contratos contemplados en este régimen es por regla general mediante licitación o remate público...”; Que, por su parte, el artículo 17, apartado 1, del Anexo I del Decreto N° 59/19 y modificatorios dispone que: “...Los procedimientos de selección del cocontratante son la licitación pública, la licitación privada, el remate público y la contratación directa. LICITACIÓN PÚBLICA: Es el procedimiento de selección cuando el llamado se publicita principalmente de manera general, dirigido a una cantidad indeterminada de posibles oferentes con capacidad para obligarse con base en el cumplimiento de los requisitos que exija el Pliego de Bases y Condiciones…”; Que, a orden N° 2, la Dirección Provincial de Instituto de Prevención, Diagnóstico y Tratamiento del Cáncer en conjunto con la Dirección Provincial de Política de Medicamentos impulsan la presente gestión manifestando que: “...se hace saber que los insumos objeto del presente requerimiento no revisten carácter exclusivo, extremo que ha sido fehacientemente acreditado mediante las notas emitidas por los laboratorios titulares de los certificados de registro y comercialización en la República Argentina de las especialidades medicinales correspondientes. En ese marco, corresponde señalar que las firmas Productos Roche S.A.Q. e I. y Novartis Argentina S.A., aun cuando han informado -con carácter de Declaración Jurada- revestir la titularidad exclusiva de los respectivos certificados de registro y comercialización, han manifestado su decisión de no presentarse como oferentes directos, dejando liberada la comercialización y provisión de las referidas especialidades medicinales a través de las entidades distribuidoras y droguerías que operan con dichos productos. Cabe destacar que estos insumos son indispensables e insustituibles para dar cumplimiento a los esquemas terapéuticos de los 19000 pacientes que actualmente se encuentran en tratamiento en el instituto provincial para dar cobertura a las diferentes patologías tumorales. De acuerdo a nuestros datos y proyecciones, se prevé que para los meses venideros se incremente el padrón de pacientes en tratamiento…”; Que, asimismo, aclaran que: “...se incluye en la presente compra la demanda solicitada por la Dirección de prevención de enfermedades no transmisibles para dar cobertura a patologías crónicas según nota NO-2025-26457958-GDEBA- DPPYPSMSALGP...”; Que, a orden N° 3, se incorpora el Formulario de Requerimiento; Que, a orden N° 5, obra el Anexo Detalle de Renglones; Que, a orden N° 7, se acompañan las notas de las firmas NOVARTIS ARGENTINA SA y PRODUCTOS ROCHE S.A.Q. e I. aclaratorias sobre la exclusividad de venta de los productos requeridos; Que, a orden N° 10, luce la solicitud de cotización a diversas firmas del rubro y las respuestas negativas de las firmas MG INSUMOS S.A. y DROGUERÍA LINO S.R.L.; Que, a órdenes N° 12 y N° 14, han prestado conformidad la Subsecretaría de Políticas de Cuidados en Salud y la Subsecretaría, Técnica, Administrativa y Legal; Que, a orden N° 18, toma conocimiento la Dirección de Planificación Estratégica de Compras y Contrataciones; Que, a orden N° 30, la Dirección General de Administración da continuidad al trámite; Que, a orden N° 36, obra el Anexo de Especificaciones Técnicas; Que, a orden N° 37, luce el Anexo Manual de Estilo-Artes para Medicamentos; Que, a orden N° 39, se acompaña la Solicitud del Gasto N° 633-6507-SG26 realizada mediante el Sistema Provincia Buenos Aires Compras (PBAC); Que, a orden N° 45, el Departamento Contable manifiesta haber tomado intervención en la Solicitud del Gastos mencionada; Que, a orden N° 77, la Dirección Provincial de Gestión y Planificación de Compras y Contrataciones acompaña el Proceso de Compra N° 633-0440-LPU26; Que, a orden N° 87, lucen los Valores de Referencia de Insumos Farmacéuticos conforme a la Resolución N° 17/22 y modificatorias, elaborada por el Organismo Provincial de Contrataciones; Que, a orden N° 92, obra la Resolución N° RESO-2026-267-GDEBA-SSTAYLMSALGP, a través de la cual se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Anexo de Especificaciones Técnicas, el Anexo Manual de Estilo-Artes para Medicamentos y el Anexo Detalle de Renglones, contenidos en el Proceso de Compra N° 633-0440-LPU26 y se autorizó el llamado a la Licitación Pública tendiente a la adquisición de medicamentos para tratamientos oncológicos, solicitados por la Dirección Provincial de Instituto de Prevención, Diagnóstico y Tratamiento del Cáncer conjuntamente con la Dirección de Políticas de Medicamentos, pertenecientes al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, por la suma estimada de pesos dos mil novecientos veinticinco millones setecientos cuarenta y nueve mil novecientos quince con 38/100 ($2.925.749.915,38), con la posibilidad de aumentar hasta en un cien por ciento (100 %) y/o disminuir hasta en un veinte por ciento (20 %) el monto total adjudicado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7 inciso b) del Anexo I del Decreto N° 59/19 y modificatorios, con encuadre en los términos establecidos en la Ley N° 13.981 y el artículo 17, apartado 1 del Anexo I del Decreto N° 59/19 y modificatorios; Que, a orden N° 130, se incorpora la Resolución N° RESO-2026-5696-GDEBA-MSALGP, que declara desierto el Proceso de Compra N° 633-0440-LPU26, en virtud de no haberse recibido ofertas para el mismo y autoriza el llamado a la Contratación Directa N° 633-0151-CDI26 tendiente a la adquisición de medicamentos para tratamientos oncológicos, solicitados por la Dirección Provincial de Instituto de Prevención, Diagnóstico y Tratamiento del Cáncer conjuntamente con la Dirección de Política de Medicamentos, pertenecientes al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, por la suma estimada de pesos dos mil novecientos veinticinco millones setecientos cuarenta y nueve mil novecientos quince con 38/100 ($2.925.749.915,38), con la posibilidad de aumentar hasta en un cien por ciento (100 %) y/o disminuir hasta en un veinte por ciento (20 %) el monto total adjudicado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7 inciso b) del Anexo I del Decreto N° 59/19 y modificatorios, con encuadre en los términos establecidos en la Ley N° 13.981 y el artículo el artículo 18, inciso 2), apartado b), del Anexo I del Decreto N° 59/19 y modificatorios; Que, a orden N° 134, se adjuntan las constancias que acreditan la publicación en el sitio web de la Provincia de Buenos Aires y la realización de las respectivas invitaciones a los proveedores del rubro, de conformidad con lo establecido por el artículo 18, inciso 2), apartado b) del Anexo I del Decreto N° 59/19 y modificatorios; Que, a orden N° 136, la Dirección Provincial de Gestión y Planificación de Compras y Contrataciones informa que del Acta de Apertura del Proceso de Compra N° 633-0151-CDI26 surge que el procedimiento resultó desierto; Que, a orden N° 139, la Dirección Provincial del Instituto de Prevención, Diagnóstico y Tratamiento del Cáncer indica que: “…Atento a que persiste la necesidad imperiosa de contar con los insumos requeridos, por tratarse de medicamentos sin reemplazo terapéutico que forman parte de diversos esquemas de tratamiento oncológico, se solicita gestionar un nuevo llamado bajo el encuadre normativo que corresponda. Asimismo, y con el objeto de favorecer la concurrencia de oferentes y garantizar la recepción de ofertas, considerando que el presente procedimiento ha resultado desierto en dos oportunidades, esta Dirección resuelve modificar el Punto 1 de las Cláusulas Particulares obrantes en el orden 3…”; Que, a orden N° 141, se vincula el Acta de Apertura de Ofertas del Proceso de Compra N° 633-0151-CDI26, realizada el día 31 de julio de 2026, de la cual surge que no se presentaron firmas a cotizar; Que, a orden N° 149, ha tomado intervención la Delegación de Asesoría General de Gobierno ante este Ministerio indicando que: “…corresponde dictar el acto administrativo que apruebe lo actuado y declare desierta la contratación directa vinculada al Proceso de Compra N° 633-0151-CDI26…”; Que, asimismo, advierte que: “…corresponderá la realización de un nuevo llamado a licitación pública, para lo cual deberán receptarse las observaciones formuladas por la Dirección actuante en los órdenes 138/139…”; Que, a orden N° 157, la Dirección Provincial de Gestión y Planificación de Compras y Contrataciones propicia el dictado del pertinente acto administrativo; Que, a órdenes N° 166, N° 176 y N° 182, han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado; Que, a órdenes N° 196/197, toma nueva intervención el Departamento Contable en relación a la Solicitud del Gastos N° 633-6507-SG26; Que, a orden N° 202, la Dirección Provincial requirente aclara sobre la observación efectuada por Contaduría General de la Provincia que: “…La Dirección Provincial del Instituto de Prevención, Diagnóstico y Tratamiento del Cáncer (IPC), como otras direcciones del Ministerio de Salud que adquieren y distribuyen insumos médicos y medicamentos, hace uso de los servicios brindados por el Correo Oficial de la República Argentina S.A. en el marco del acuerdo aprobado y vigente por el Decreto N.° 3687/2006 y sus normas complementarias. Este convenio permite la gestión logística de los insumos oncológicos, en el caso del IPC, comprendiendo las tareas de recepción, almacenamiento, acondicionamiento y distribución de medicamentos de alto precio que requieren auditoría y distribución nominalizada, con el objeto de garantizar su adecuada conservación, trazabilidad y entrega oportuna en los establecimientos de atención a los pacientes destinatarios, contribuyendo así a la continuidad de los tratamientos oncológicos garantizando condiciones adecuadas de transporte y seguimiento de la dispensa nominalizada necesaria.”; Que, a orden N° 204, se aduna el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, modificado conforme lo observado por Contaduría General de la Provincia; Que, a orden N° 205, se acompaña el Proceso de Compra N° 633-0864-LPU26; Que, a orden N° 207, la Dirección Provincial de Gestión y Planificación de Compras y Contrataciones informa que: “…A orden 204 luce el Pliego de Condiciones Particulares rectificado según lo indicado por Contaduría General de la Provincia, con respecto al artículo 12. Además, dado lo observado por Asesoría General de Gobierno (ver orden 191), respecto al artículo 1° en otras actuaciones se modificó el mismo a lo allí requerido. Asimismo, se aclara que la cláusula de revisión de precios es idéntica a la oportunamente aprobada por el Organismo Provincial de Contrataciones…”; Que la fecha y horario de apertura de ofertas se encuentra fijada para el día 18 de noviembre del 2026 a las 10:00 horas; Que se designa como evaluadores del Proceso de Compra a los agentes Pablo Javier FERNANDEZ, Juan Guaman MORANDINI CORREGE, Federico AIZPURUA, María Belén RAGONE, María Cristina PAEZ y Ana María VACCA, que por RESO-2025-9558-GDEBA-MSALGP conforman la Comisión de Preadjudicación Permanente; Que conforme el requerimiento mencionado, la referida contratación demandará una suma estimada de pesos dos mil novecientos veinticinco millones setecientos cuarenta y nueve mil novecientos quince con 38/100 ($2.925.749.915,38); Que atento a lo actuado y al monto estimado de la contratación, se procede a declarar desierto el Proceso de Compra N° 633-0151-CDI26, aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Anexo de Especificaciones Técnicas, el Anexo Manual de Estilo-Artes para Medicamentos y el Anexo Detalle de Renglones, contenidos en el Proceso de Compra N° 633- 0864-LPU26 y autorizar el llamado a la Licitación Pública tendiente a la adquisición de medicamentos para tratamientos oncológicos, solicitados por la Dirección Provincial de Instituto de Prevención, Diagnóstico y Tratamiento del Cáncer conjuntamente con la Dirección de Políticas de Medicamentos, pertenecientes al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, con la posibilidad de aumentar hasta en un cien por ciento (100 %) y/o disminuir hasta en un veinte por ciento (20 %) el monto total adjudicado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7 inciso b) del Anexo I del Decreto N° 59/19 y modificatorios, con encuadre en los términos establecidos en la Ley N° 13.981 y el artículo 17, apartado 1 del Anexo I del Decreto N° 59/19 y modificatorios; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Anexo II del Decreto N° 59/19 y modificatorios, el cual establece la competencia del Ministro/a quien: “Autoriza procedimiento/Aprueba Pliego de Bases y Condiciones Particulares/Deja sin efecto/Aprueba y declara desierto” procedimientos de selección de contratación de bienes y servicios, en el caso de la Contratación Directa, en montos desde 1.000.000 UC, equivalente a pesos un mil seiscientos setenta y siete millones ($1.677.000.000) y “Autoriza procedimiento/ Aprueba Pliego de Bases y Condiciones Particulares/Deja sin efecto/Aprueba y Declara desierto”, procedimientos de selección de contratación de bienes y servicios, en el caso de la Licitación Pública, en montos desde 3.000.000 U.C., equivalente a pesos cinco mil treinta y un millones ($5.031.000.000) en virtud del valor de la U.C., previsto en la suma de pesos mil seiscientos setenta y siete ($1.677), por el artículo 1° de la RESO-2025-54-GDEBAOPCGP;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Declarar desierto el Proceso de Compra N° 633-0151-CDI26, en virtud de no haberse recibido ofertas para el mismo.

ARTÍCULO 2°. Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Anexo de Especificaciones Técnicas, el Anexo Manual de Estilo-Artes para Medicamentos y el Anexo Detalle de Renglones, contenidos en el Proceso de Compra N° 633- 0864-LPU26, los cuales como documentos N° PLIEG-2026-37227988-GDEBA-DPGYPCYCMSALGP, PV-2026-13221479- GDEBA-DPIPDYTCMSALGP, IF-2026-13221545-GDEBA-DPIPDYTCMSALGP y PV-2026-03698779-GDEBA- DPPMMSALGP pasan a formar parte integrante de la presente como Anexos I, II, III y IV.

ARTÍCULO 3°. Autorizar el llamado a la Licitación Pública N° 633-0864-LPU26 tendiente a la adquisición de medicamentos para tratamientos oncológicos, solicitados por la Dirección Provincial de Instituto de Prevención, Diagnóstico y Tratamiento del Cáncer conjuntamente con la Dirección de Política de Medicamentos, pertenecientes al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, por la suma estimada de pesos dos mil novecientos veinticinco millones setecientos cuarenta y nueve mil novecientos quince con 38/100 ($2.925.749.915,38), con la posibilidad de aumentar hasta en un cien por ciento (100%) y/o disminuir hasta en un veinte por ciento (20 %) el monto total adjudicado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7 inciso b) del Anexo I del Decreto N° 59/19 y modificatorios, con encuadre en los términos establecidos en la Ley N° 13.981 y el artículo 17, apartado 1 del Anexo I del Decreto N° 59/19 y modificatorios.

ARTÍCULO 4°. Fijar la fecha, el horario y el lugar de apertura del presente llamado para el día 18 de noviembre del 2026 a las 10:00 horas, estableciéndose dicha fecha como límite para la presentación de las respectivas ofertas a través del Sistema de Compras Electrónicas de la Provincia de Buenos Aires (PBAC).

ARTÍCULO 5°. Se deja establecido que los evaluadores del Proceso de Compra serán los agentes Pablo Javier FERNANDEZ, Juan Guaman MORANDINI CORREGE, Federico AIZPURUA, María Belén RAGONE, María Cristina PAEZ y Ana María VACCA.

ARTÍCULO 6°. El presente gasto se atenderá con cargo a la Solicitud del Gasto N° 633-6507-SG26 del Sistema Provincia Buenos Aires Compra (PBAC).

ARTÍCULO 7°. Autorizar a la Dirección Provincial de Gestión y Planificación de Compras y Contrataciones a gestionar la publicación en el Boletín Oficial y simultáneamente en el sitio Web de la Provincia de Buenos Aires, de conformidad con lo estipulado en el artículo 15 del Anexo I del Decreto N° 59/19 y modificatorios.

ARTÍCULO 8°. Notificar al Fiscal de Estado. Incorporar en el SINDMA. Pasar a la Dirección Provincial de Gestión y Planificación de Compras y Contrataciones, a sus efectos. Cumplido, archivar. Nicolas Kreplak, Ministro.

ANEXO/S PLIEG-2026-37227988-GDEBA- db3042a6a7c2829bbfbc6dfca2a9b2af89581dfc5aac1682dffccc8aff306829 Ver DPGYPCYCMSALGP particulares IF-2026-13221545-GDEBA- de000ab21abb220e7d73e56330405668a79b87f240298c44103bbfc8efaa8aef Ver DPIPDYTCMSALGP manual de artes PV-2026-13221479-GDEBA- 94137a653eca810ab19070f2d96396264cbb079efc5b6dc3d20b2d18330c8ece Ver DPIPDYTCMSALGP tecnicas PV-2026-03698779-GDEBA- da9f603621b1843c6d83b7cb13fc64777f95b675ddb558665348650f8fe2cd8b Ver DPPMMSALGP anexo de renglones