DISPOSICIÓN N° 1286-HZGASFMSALGP-2026
HIGA San Felipe: aprueba pliego y autoriza Licitación Privada N° 3/2027 por Alimentación Parenteral
NotificaciónResumen
Se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y se autoriza el llamado a Licitación Privada N° 3/2027 RG para adquirir Alimentación Parenteral, con apertura de ofertas el 13/11/2026. La contratación se prevé del 01/01/2027 al 30/06/2027.
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Texto completo
DISPOSICIÓN N° 1286-HZGASFMSALGP-2026 SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS, BUENOS AIRES Miércoles 28 de Octubre de 2026
VISTO: la Ley N° 13.981, los Decretos reglamentarios N° 59/19 y N° 605/20, el expediente EX-2026-34159080-GDEBA- HZGASFMSALGP, y
CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones se gestiona autorizar el llamado a Licitación Privada N°3/2027 RG, para la adquisición de ALIMENTACION PARENTERAL, por el período desde el 1/01/2027 al 30/06/2027, en el marco de la Ley de Administración Financiera N° 13.767, Ley N° 13.981; los Decretos N° 605/20 y N° 59/19 (Anexo I) y Resoluciones Ministeriales N° 24621/16 y 2039/20; Que el Artículo 13 de la Ley de Compras N° 13.981/09 reguladora de subsistema de Contrataciones y su Decreto Reglamentario N° 59/19 dispone que “Toda contratación seguirá el procedimiento establecido por esta norma y su reglamentación. Los pliegos deberán regular las condiciones generales y particulares de cada contratación, las condiciones de selección y las pautas de evaluación de las ofertas”; Que, sobre la base de dicha regulación, mediante Resolución Nro. 76/19 de la Contaduría General de la Provincia, se implementó el “Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios”, en orden a su aplicación en el marco de todos los certámenes promovidos por los organismos de la Administración Pública Provincial, el cual rige para el presente llamado; Que el art. 1° de la Resolución N° 2461/16 (Modificada por RESO-2020-2039-GDEBA-MSALGP) el Ministerio de Salud delega la competencia prevista en el Anexo II para la autorización del llamado a Licitación Privada y aprobación del respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares en los Directores de Hospitales Provinciales hasta 250.000 UC. Que, a orden N° 4, se acompaña el correspondiente formulario de requerimiento; Que la fecha y horario de apertura de ofertas se encuentra fijada para el día 13/11/2026 a las 11:00 horas; Que se designa como agentes destinados a la apertura a: 1-Gómez Alejandra V. (Of. Compras) Le 12217 2-Miranda María Ester. (Of. de Compras) Le 92087 3-Barba María Eugenia (Of. de Compras) Le. 374930
Que el presupuesto oficial para la presente contratación asciende a la suma de pesos: OCHENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS CON 10/100 ($83.561.500,10). Que atento a lo actuado, al monto estimado de la contratación, procede aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y autorizar el llamado a Licitación Privada para la adquisición de ALIMENTACION PARENTERAL, por el periodo desde el 01/01/2027 al 30/06/2027, por un importe estimado de ($ 83.561.500,10); con la posibilidad de ampliarse/prorrogarse, según lo estipulado en el artículo 7 inciso b/f del Anexo I del Decreto 59/19; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo único del Decreto N° 605/20, el cual establece la competencia del Director provincial o quien haga sus veces o funcionario con responsabilidad equivalente en los organismos descentralizado quien: “Autoriza procedimiento/Aprueba Pliego de Bases y Condiciones Particulares/Deja sin efecto/ Aprueba y declara desierto” procedimientos de selección de contratación de bienes y servicios;
Por ello,
LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL HIGA SAN FELIPE
DISPONE
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la adquisición de ALIMENTACION PARENTERAL con arreglo al Pliego de Bases y Condiciones para la Contratación de Bienes y Servicios aprobado por RESOL-2019-76-GDEBA-CGP en el marco del Decreto Reglamentario N° 59/19 y Ley de Compras y Contrataciones N° 13.981/09.
ARTÍCULO 2°: Autorizar a la Oficina de Compras a efectuar el llamado a Licitación Privada N° 3/2027 RG, encuadrado en las previsiones del Artículo 17 de la Ley de Compras N° 13.981/09 y su Decreto Reglamentario N° 59/19 (Anexo I),
Art 17 Apartado I, y la Resolución N° 2461/16 (Artículo 1° - Modificada por RESO-2020-2039-GDEBA-MSALGP), tendiente a la adquisición de de ALIMENTACION PARENTERAL, por el período desde el 01/01/2027 al 30/06/2027, con arreglo al “Pliego bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios” y “Pliego Tipo de Condiciones Particulares para la Adquisición de Bienes e Insumos” aprobado en el artículo primero.
ARTÍCULO 3°: Fijar la fecha, el horario y el lugar de apertura del presente llamado para el día 13/11/2026 a las 11:00 horas, estableciéndose dicho período como límite para la presentación de las respectivas ofertas.
ARTÍCULO 4°: Desígnese como integrantes de la Comisión Asesora de Preadjudicaciones para la presente a los siguientes agentes: 1- Jf. Serv. Farmacia FARMACEUTICA CARLA STOPYRA Le. 0000603029 2- Jf. Serv. Neonatología GUISOLFO JULIANA Le. 0000110287 3- Jf Serv. Nutrición Azaretti Leticia B. Le. 0000375667
ARTÍCULO 5°: Fijar la Imputación Preventiva, de acuerdo al monto previsto en el requerimiento en la suma de $83.561.500,10; el que será atendido con cargo a la siguiente imputación: C. INSTITUCIONAL 1.1.1 - JURISDICCION 12 - JURISDICCION AUXILIAR 0 - ENTIDAD 0 - CATEGORIA DE PROGRAMA:PRG 012 SUB 003 ACT 1 - FINALIDAD 3 - FUNCION 1 - FUENTE 11 - PROCEDENCIA Inciso 2 - Partida Principal 5 - Partida Parcial 2. OBJETO DE CONTRATACION: ALIMENTACION PARENTERAL, Ejercicio: 2027
ARTÍCULO 6°: El contrato podrá ser aumentado y/o prorrogado conforme los lineamientos establecidos en el art. 7 Ley 13.981/09 inc. b y f y
Art. 7 de su Decreto Reglamentario 59/19 inc. b y f, conforme los lineamientos establecidos en el art. 26° del Pliego aprobado por RESOL-2019-76-GDEBA-CGP.
ARTÍCULO 7°: Autorizar al Departamento Administrativo a gestionar la publicación en la página de la Contaduría General de la Provincia (PBAC), de conformidad con lo estipulado en el artículo 15 apartado 1) del Anexo I del Decreto N° 59/19, reglamentario de la Ley N° 13.981.
ARTÍCULO 8°: Registrar, comunicar. Cumplido, archivar. Javiera Beatriz Celia Kolberg, Directora Ejecutiva.