DISPOSICIÓN N° 216-DGAPLB-2026 / DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
Adjudicación y aprobación del Proceso de Compra 246-10229-PAB26 (FormAR)
NotificaciónResumen
Se aprueba el Proceso de Compra N° 246-10229-PAB26 y se declaran válidas/inadmisibles las ofertas, culminando con la adjudicación de renglones a proveedores. Además, se fija la garantía de cumplimiento y se autorizan las órdenes de compra por PBAC.
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DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DISPOSICIÓN N° 216-DGAPLB-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Jueves 22 de Octubre de 2026
VISTO el EX-2026-23236572-GDEBA-SDTADPLB, por el cual tramita el Proceso de Compra N° 246-10229-PAB26, efectuado bajo la modalidad Contratación Directa - Procedimiento Abreviado, para la adquisición de herramientas y maquinarias con destino a Proyectos Colectivos de Intervención Institucional en el marco del Programa “FormAR” de este Organismo, y
CONSIDERANDO: Que mediante DISPO-2026-148-GDEBA-DGAPLB (orden 56) se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, identificado como documento PLIEG-2026-26535437-GDEBA-DSTACPLB, el Anexo único identificado como IF-2026- 26540727-GDEBA-DSTACPLB, y el Pliego de Especificaciones Técnicas, identificado como documento PLIEG-2026- 26540023-GDEBA-DSTACPLB, y se autoriza el llamado al Procedimiento Abreviado - Proceso de Compra N° 246-10229- PAB26, mediante el Sistema de Compras Electrónicas Provincia de Buenos Aires (PBAC), cuyo objeto es la adquisición de herramientas y maquinarias con destino a Proyectos Colectivos de Intervención aprobados por RESO-2026-196-GDEBA- PALB, en el marco del Programa “FormAR” de este Patronato de Liberados Bonaerense; Que se han cumplimentado las publicaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, en el portal de la Provincia de Buenos Aires -Sistema PBAC- y se han cursado las invitaciones respectivas, conforme los documentos obrantes a órdenes 59, 60, 75 a 77; Que se estableció como fecha de apertura de ofertas el día 13 de agosto de 2026 a las 12:00 horas -pm-, a realizarse a través del precitado portal http://pbac.cgp.gba.gov.ar, vinculándose el Acta de Apertura (orden 114); Que a órdenes 78, 82, 86, 90, 94, 98 y 102 se vincularon los certificados de las ofertas que contienen los requisitos mínimos de participación, presentadas por las firmas TE FITI SA, TROSHER SA, BENEDETTI SA.I.C., EJMDUPE SRL, RH CONSING GROUP SRL, LUCAS SEBASTIAN CUDUGNELLO, FERRETERÍA PLATENSE SCABUZZO E HIJOS SRL, respectivamente; Que a orden 109 obra el cuadro comparativo de ofertas emitido por la plataforma PBAC; Que a órdenes 118 y 130 la Dirección de Coordinación y Comunicación Institucional dependiente de la Dirección Provincial de Planificación, Coordinación y Control de la Gestión, realiza un análisis de los requisitos técnicos de las ofertas presentadas; Que a orden 121 obra la solicitud de documentación complementaria efectuada mediante la plataforma PBAC, adunándose su respectiva presentación a órdenes 124 a 128 y 132; Que a orden 134 se vinculan los Valores de Referencia publicados en el mes de agosto del año 2026 por el Organismo Provincial de Contrataciones; Que a orden 137 obra la evaluación de los requisitos económicos, administrativos y técnicos realizada mediante la plataforma PBAC; Que a orden 138 se agrega el cuadro de análisis de razonabilidad de precios de las ofertas válidas presentadas en la contratación de marras, observándose un empate técnico respecto del renglón N° 4 entre las firmas EJMDUPE SRL y LUCAS SEBASTIAN CUDUGNELLO; Que a órdenes 139 y 140, se procedió a desempatar las ofertas precitadas mediante solicitud de “Mejora de Precios” y su respectiva Acta; Que a órdenes 141 y 144 obran la primera y segunda solicitud de “Prerrogativa de Precios”, en tanto que a órdenes 142 y 147, obran las respectivas Actas emitidas por la plataforma PBAC; Que a órdenes 148 y 150, respectivamente, la Dirección de Servicios Técnico Administrativo Contable informa los parámetros de razonabilidad económica de las ofertas presentadas en relación a los resultados obtenidos de las instancias precitadas y aduna el “Cuadro de análisis de razonabilidad y prerrogativa de precios”; Que a órdenes 151 y 205 interviene la Dirección Provincial de Planificación, Coordinación y Control de la Gestión expidiéndose expresamente sobre los bienes contemplados en los renglones N° 3 y 11; Que a orden 157 obra el Informe de Recomendación de Ofertas efectuado mediante la plataforma PBAC, acompañando de la constancia de notificación a orden 158; Que a órdenes 159 a 162 se adunan los Certificados de Libre de Deuda Alimentarios Morosos, de inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores y certificados de inscripción en A.R.C.A., en tanto que a órdenes 169 a 172, obran los certificados de cumplimiento fiscal (A-404-W2) correspondientes a las firmas preadjudicadas; Que a órdenes 200 y 201, obran las comunicaciones efectuadas con la firma EJMDUPE SRL, donde manifiesta la imposibilidad de acreditar la inscripción en el subrubro 140000 - "Elementos y gases", correspondiente al rubro 12 - "Productos químicos incluyendo los bioquímicos y gases industriales" respecto a su oferta del Renglón N° 11; Que la presente medida se dicta conforme lo establecido por el artículo 18 inciso 1) de la Ley N° 13.981 y modificatorias, el artículo 18 inciso 1), apartado b) del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y el DECTO-2024-205-GDEBA-GPBA;
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRONATO DE LIBERADOS BONAERENSE
DISPONE
ARTÍCULO 1°. Aprobar el Proceso de Compra N° 246-10229-PAB26, efectuado bajo la modalidad Contratación Directa - Procedimiento Abreviado, enmarcada en las previsiones del artículo 18 inciso 1) de la Ley N° 13.981 y modificatorias, y el artículo 18 inciso 1), apartado b) del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios, cuyo objeto constituye la adquisición de herramientas y maquinarias con destino a Proyectos Colectivos de Intervención aprobados por RESO-2026- 196-GDEBA-PALB, en el marco del Programa “FormAR” de este Patronato de Liberados Bonaerense, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad de las y los funcionarios que promueven la gestión.
ARTÍCULO 2°. Declarar suficientes las invitaciones y publicaciones efectuadas mediante Sistema PBAC, sitio oficial https://pbac.cgp.gba.gov.ar/, conforme lo establecido en la Ley N° 13.981 y modificatorias y el Anexo I del DECTO-2019- 59-GDEBA-GPBA y modificatorios.
ARTÍCULO 3°. Declarar válidas y admisibles las propuestas presentadas por las firmas que se detallan a continuación por ajustarse en sus aspectos administrativos, económicos y técnicos requeridos: a) TE FITI S.A., C.U.I.T. N° 30-71650585-1, renglones N° 1, 4, 9 y 10, todos ellos opción 1. b) TROSHER S.A., C.U.I.T. N° 33-71047881-9, renglones N° 1, 2, 4, 7, 8 y 10, todos ellos opción 1. c) BENEDETTI S.A.I.C., C.U.I.T. N° 30-54433919-9, renglones N° 1, 2, 4, 5, 6, 8, 9 y 10, todos ellos opción 1. d) EJMDUPE S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71464190-1, renglones N° 1, 2, 3, 4, todos ellos opción 1; 5 opciones 1 y 2; 6 opción 1; 7 opciones 1 y 2; 8 opciones 1 y 2; 9, 10 y 11, todos ellos opción 1. e) LUCAS SEBASTIAN CUDUGNELLO, C.U.I.T. N° 20-29867376-3, en los renglones N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11, todos ellos en la opción 1. f) FERRETERÍA PLATENSE SCABUZZO E HIJOS S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71638018-8, renglones N° 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9 y 10, todos ellos opción 1.
ARTÍCULO 4°. Declarar no válidas e inadmisibles las ofertas de las firmas que se detallan a continuación por los motivos consignados en cada una de ellas: a) RH CONSING GROUP S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71481912-3, renglones N° 1 opciones 1 y 2; 4 opción 1; 5 opciones 1 y 2; 6 opciones 1 y 2; 7 opciones 1 y 2 y 10 opción 1, por no cumplimentar con el requisito administrativo del artículo 5, punto 9) y punto 12) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, identificado como documento PLIEG-2026-26535437-GDEBA-DSTACPLB. Y respecto del renglón N° 5 opciones 1 y 2, por no cumplimentar con el Pliego de Especificaciones Técnicas, identificado como documento PLIEG-2026-26540023-GDEBA-DSTACPLB. b) TROSHER S.A., C.U.I.T. N° 33-71047881-9, en los renglones N° 3, 5, 6 y 9, todos ellos en la opción 1, por no cumplimentar con el Pliego de Especificaciones Técnicas, identificado como documento PLIEG-2026-26540023- GDEBA-DSTACPLB. c) BENEDETTI S.A.I.C., C.U.I.T. N° 30-54433919-9, en el renglón N° 3, opción 1, por no cumplimentar con el Pliego de Especificaciones Técnicas, identificado como documento PLIEG-2026-26540023-GDEBA-DSTACPLB. d) TE FITI S.A., C.U.I.T. N° 30-71650585-1, en los renglones N° 5 y 7, ambos en la opción 1, por no cumplimentar con el Pliego de Especificaciones Técnicas, identificado como documento PLIEG-2026-26540023-GDEBA- DSTACPLB. e) EJMDUPE S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71464190-1, en el renglón N° 11, por no cumplimentar con el artículo 10 in fine del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, identificado como documento PLIEG-2026-26535437-GDEBA- DSTACPLB.
ARTÍCULO 5°. Desestimar las ofertas de las firmas que a continuación se detallan, por resultar excesivamente onerosas y antieconómicas para los intereses del Fisco de la provincia de Buenos Aires: a) LUCAS SEBASTIAN CUDUGNELLO, C.U.I.T. N° 20-29867376-3, en los renglones N° 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10 y 11, todos ellos en la opción 1. b) FERRETERÍA PLATENSE SCABUZZO E HIJOS S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71638018-8, en los renglones N° 1, 2, 3, 4, 5, 8 y 9, todos ellos en la opción 1. c) TROSHER S.A., C.U.I.T. N° 33-71047881-9, en los renglones N° 1, 2, 4, 7, 8 y 10, todos ellos en la opción 1. d) BENEDETTI S.A.I.C., C.U.I.T. N° 30-54433919-9, en los renglones N° 1, 2, 4, 6, 8, 9, 10, todos ellos en la opción 1. e) EJMDUPE S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71464190-1, en los renglones N° 2, 5, 7, 8 y 10, todos ellos en la opción 1, y renglones N° 5, 7, 8, todos ellos en la opción 2. f) TE FITI S.A., C.U.I.T. N° 30-71650585-1, en los renglones N° 1, 4, 9 y 10, todos ellos en la opción 1.
ARTÍCULO 6°. Adjudicar por resultar las más convenientes por sus aspectos administrativos, económicos y técnicos, especificando que han resultado las de menor valor y más convenientes, a las firmas que se detallan a continuación: a) EJMDUPE S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71464190-1, en los renglones N° 1, 3, 4, 6, y 9, todos ellos en la opción 1, por la suma de pesos quince millones cuatrocientos ochenta y seis mil doscientos ($15.486.200,00). b) LUCAS SEBASTIAN CUDUGNELLO, C.U.I.T. N° 20-29867376-3, en los renglones N° 2 y 8, ambos en la opción 1, por la suma de pesos cinco millones ciento treinta y tres mil quinientos sesenta ($5.133.560,00). c) BENEDETTI S.A.I.C., C.U.I.T. N° 30-54433919-9, en el renglón N° 5, opción 1, por la suma de pesos dos millones setecientos cuarenta y ocho mil seiscientos veintiocho ($2.748.628,00). d) FERRETERÍA PLATENSE SCABUZZO E HIJOS S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71638018-8, en los renglones N° 7 y 10, ambos en la opción 1, por la suma de pesos tres millones quinientos cuarenta mil novecientos ochenta ($3.540.980,00).
ARTÍCULO 7°. Establecer que en el plazo de siete (7) días hábiles posteriores a la notificación del presente acto administrativo, las firmas adjudicatarias deberán afianzar la constitución de garantía de cumplimiento del contrato que será del diez por ciento (10 %) del valor total de la adjudicación, y bajo la forma de seguro de caución, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 19 apartado 1) y apartado 2) punto 4) del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y modificatorios.
ARTÍCULO 8°. Determinar que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6° de la presente será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2026, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 15.557, por la suma total de pesos veintiséis millones novecientos nueve mil trescientos sesenta y ocho ($26.909.368,00).
ARTÍCULO 9°. Autorizar al Departamento Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección de Servicios Técnicos Administrativo Contable, a emitir mediante plataforma PBAC (https://pbac.cgp.gba.gov.ar) las correspondientes Órdenes de Compra a favor de las firmas adjudicadas mencionadas en el artículo sexto de la presente y por el importe total allí consignado.
ARTÍCULO 10. Notificar a Fiscalía de Estado. Comunicar a las firmas adjudicadas, a la Dirección de Coordinación y Comunicación Institucional, a la Dirección Provincial de Planificación, Coordinación y Control de la Gestión y al Organismo Provincial de Contrataciones. Publicar en el Boletín Oficial e incorporar al Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA). Cumplido, archivar. Mariana Di Bella, Directora General. INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL