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RESOLUCIÓN N° 371-MDAGP-2026 / MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO

Subsidio y aprobación de convenio para mejora de caminos rurales (San Antonio de Areco)

Alcance general
lunes, 2 de noviembre de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

Se aprueba un convenio entre el Ministerio de Desarrollo Agrario bonaerense y la Municipalidad de San Antonio de Areco y se otorga un subsidio para financiar la adquisición de materiales para un proyecto de mejora de camino rural.

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Texto completo

MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO RESOLUCIÓN N° 371-MDAGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Viernes 23 de Octubre de 2026

VISTO el EX-2026-22619134-GDEBA-DSTAMDAGP por el cual se propicia aprobar el Convenio celebrado entre este Ministerio de Desarrollo Agrario y la Municipalidad de San Antonio de Areco, la Ley N° 15.477, el Decreto N° 1037/03, y

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la provincia de Buenos Aires establece que es deber del Estado asegurar las políticas necesarias para mantener su capacidad productiva con el propósito de lograr un sostenido desarrollo económico y social que propenda a una mejor calidad de vida a la población; Que la Ley N° 15.477 establece que son funciones de los Ministros Secretarios desarrollar las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Gobierno de la provincia de Buenos Aires, y representar al Estado en la celebración de los acuerdos, convenios y/o documentos similares relacionados con las competencias asignadas a su cartera y cuya autorización otorgue el Poder Ejecutivo; Que en tal sentido la citada Ley prevé en su artículo 22 que corresponde al Ministerio de Desarrollo Agrario asistir al Gobernador en todo lo inherente a las materias de su competencia, y en particular participar en el desarrollo de la infraestructura rural y agroalimentaria para el arraigo y el agregado de valor; Que, asimismo, realiza acciones tendientes al mejoramiento de las condiciones agropecuarias, desarrollando un trabajo sostenido en pos del avance constante en los procesos productivos de las economías locales y regionales, y ejecuta programas dirigidos a los pequeños y medianos productores; Que, por tal motivo, se ha considerado esencial asistir a los distintos municipios con el objetivo de mejorar los caminos rurales de la Provincia para facilitar el ingreso, egreso y traslado de bienes provenientes de las cadenas productivas del sector rural; Que mediante el Decreto N° 1037/03 se estableció el régimen para el otorgamiento, por parte del ex Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción, actual Ministerio de Desarrollo Agrario, de subsidios y subvenciones dirigidos al fortalecimiento del agro, la pesca, la industria, el comercio y los restantes sectores productivos; Que en esa línea, se promueve la presente medida en el marco del "Programa de Reconstrucción y Transformación Provincial 6 por 6 (2022-2027)" impulsado por el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, en particular dentro del componente "Caminos e Infraestructura para la Accesibilidad Rural" destinado a financiar materiales y máquinas para la mejora de caminos rurales, centrado en la accesibilidad de localidades, escuelas rurales y establecimientos productivos que requieren de mayor movimiento diario (tambos, granjas apícolas y/o porcinas, etc); Que a tal efecto se propició otorgar un subsidio a la Municipalidad, en virtud de lo previsto en los artículos 2° del referido Decreto N° 1037/03 y 5° del “Reglamento para el Otorgamiento de Subsidios en el marco del Decreto N° 1037/03” aprobado mediante RESOL-2017-64-E-GDEBA-MAGP, y en tanto persona jurídica pública que llevará adelante la ejecución de los trabajos a realizar en los caminos rurales de la jurisdicción, siendo los beneficiarios finales las y los productores bonaerenses que conforman las pequeñas y medianas empresas rurales, del agro, la pesca y los restantes sectores productivos que desenvuelven sus actividades principales en el territorio de la provincia de Buenos Aires; Que en el orden 5 luce la presentación efectuada por la Municipalidad de San Antonio de Areco a través de la cual solicita la suma total de pesos cincuenta y seis millones ochocientos ochenta y nueve mil ($56.889.000.-), en concepto de subsidio para ser destinado a la adquisición de materiales tendiente a la ejecución del proyecto "Programa de mejora de camino rural”; Que en orden 6 luce el “Formulario Perfil de Proyecto: Plan Estratégico de Caminos Rurales”; Que en orden 11, luce informe técnico de la Dirección Provincial de Logística, Infraestructura en Conectividad y Trabajo Rural, en el que se manifiesta que existe razonabilidad técnica y económica en lo solicitado por el municipio promoviendo la presente medida; Que en virtud de ello el Ministerio resolvió realizar un aporte, en calidad de subsidio, para financiar el proyecto propuesto por el municipio con los alcances y de acuerdo a los términos fijados en el Convenio que se propicia aprobar; Que ha tomado intervención la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires; Que en el orden 36, se encuentra la Nota de la Municipalidad de San Antonio de Areco donde se toma conocimiento de las observaciones efectuadas por la Dirección de Vialidad, manifestando que serán atendidas oportunamente al efecto de ejecución de la obra y que, en caso de que las modificaciones impliquen un monto de financiamiento superior al del convenio, el Municipio asume abonar la diferencia; Que en orden 18 obra la Solicitud de Gastos efectuada que registra e informa la imputación presupuestaria que demanda la medida; Que ha tomado intervención la Dirección de Subsidios y Subvenciones dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía; Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado; Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 22 de la Ley N° 15.477, y 2° del Decreto N° 1037/03;

Por ello,

EL MINISTRO DE DESARROLLO AGRARIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Aprobar el Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Antonio de Areco que, como Anexo Único (CONVE-2026-35204585-GDEBA-DSTAMDAGP), forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°. Otorgar un subsidio por la suma total de pesos cincuenta y seis millones ochocientos ochenta y nueve mil ($56.889.000.-), a la Municipalidad de San Antonio de Areco con el objeto de financiar la adquisición de materiales para la realización del proyecto “Programa de mejora de camino rural”, en el marco de lo previsto en el Decreto N° 1037/03.

ARTÍCULO 3°. Autorizar a la Dirección de Contabilidad y Presupuesto a librar la correspondiente Orden de Pago una vez que se acredite que el municipio acompañó la documentación indicada en la cláusula tercera del Convenio aprobado por el artículo 1° de la presente.

ARTÍCULO 4°. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo será atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General de la Administración Provincial para el Ejercicio 2026, Ley N° 15.557 - Jurisdicción 13 - Unidad Ejecutora 338 - Programa 23, Actividad 2 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 5, Principal 3, Parcial 2, Subparcial 958 - Ubicación Geográfica 999.

ARTÍCULO 5°. Dejar establecido que, con relación a la verificación del destino de los fondos otorgados, el municipio deberá rendir cuenta documentada ante el Honorable Tribunal de Cuentas en el plazo y las formas que el mismo tenga previsto.

ARTÍCULO 6°. Establecer que la Municipalidad de San Antonio de Areco deberá comunicar la presente Resolución al Honorable Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 7°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar. Javier Leonel Rodríguez, Ministro.

ANEXO/S CONVE-2026-35204585-GDEBA- 852911f96ef798a737fc7cda18dc553fc19e74c3081780151f1c2479d6a6c1df Ver