RESOLUCIÓN N° 289-SSRHMIYSPGP-2026 / SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS
Aprueba redeterminación definitiva de precios de obra “Construcción CAPS” para PRATES Y CÍA S.A.
Alcance generalResumen
Se aprueba el Acta Acuerdo de Redeterminación Definitiva de Precios y sus anexos de la obra “Construcción CAPS - Grupo 1.8 - Barrio Sere - Morón/Amba”, licitación pública 20/2018. La gestión determina un monto total de $155.648.584,30 y dispone la transferencia de reservas y notificación/archivo.
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Texto completo
SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS RESOLUCIÓN N° 289-SSRHMIYSPGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Miércoles 21 de Octubre de 2026
VISTO el expediente EX-2025-07602185-GDEBA-DPTLMIYSPGP por el cual tramita la aprobación del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios, en el marco del Decreto N° 367/17-E y la Resolución RESOL-2017-235-E-GDEBA-MIYSPGP, y;
CONSIDERANDO Que la contratista PRATES Y CÍA S.A., solicitó y presentó los cálculos de la octava redeterminación definitiva de precios obra básica: “Construcción CAPS - Grupo 1.8 - Barrio Sere - Morón/Amba” en el partido de Morón - Licitación Pública N° 20/2018, en los términos del Decreto N° 367/17E y la Resolución RESOL-2017-235-E-GDEBA-MIYSPGP; Que, a solicitud de la Contratista, la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública ha procedido a emitir el informe técnico correspondiente, aconsejando la prosecución del trámite; Que la Dirección Provincial de Arquitectura y la contratista PRATES Y CÍA S.A. suscribieron con fecha 6 de octubre de 2026, ad referéndum de la aprobación del Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios en los términos del artículo 18 del
ANEXO I del Decreto N° 367/17E; Que las partes aceptan para la obra básica los precios de aplicación redeterminados a valores de enero de 2025, que consta como
ANEXO I. Que, respecto a lo ejecutado a valores de la octava redeterminación definitiva de precios para la obra básica las variaciones que surgen serán de aplicación de acuerdo al detalle del Anexo II y a lo acordado en el Acta Acuerdo suscripta; Que, asimismo, las partes dejan constancia que esta redeterminación de precios se realizó sobre la base de los análisis de precios, que se incorporan como Anexo III y de los índices y/o precios de referencia detallados en el Anexo IV; Que se deja constancia que en concepto de la presente redeterminación se le reconocerá a la contratista la suma de pesos ciento cuarenta y ocho millones doscientos treinta y seis mil setecientos cuarenta y seis con noventa y ocho centavos ($148.236.746,98); Que por lo expuesto y conforme el informe adjunto, del monto relativo de la primera a la vigésima redeterminación definitiva de precios es de pesos ciento cuarenta y ocho millones doscientos treinta y seis mil setecientos cuarenta y seis con noventa y ocho centavos ($148.236.746,98), al que adicionándole las suma de pesos un millón cuatrocientos ochenta y dos mil trescientos sesenta y siete con cuarenta y seis centavos ($1.482.367,46) del 1 % para Dirección e Inspección, y de pesos un millón cuatrocientos ochenta y dos mil trescientos sesenta y siete con cuarenta y seis centavos ($1.482.367,46) del 1 % para Embellecimiento y de pesos cuatro millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ciento dos con cuarenta centavos ($4.447.102,40) para la reserva del 3 % establecida en el artículo 8° de la Ley N° 6021, hace un total de pesos ciento cincuenta y cinco millones seiscientos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y cuatro con treinta centavos ($155.648.584,30); Que la contratista renuncia a todo reclamo por mayores costos, intereses, compensaciones, gastos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza resultantes del proceso de redeterminación, en los términos del artículo 17 anexo I del decreto 367/17E; Que la Dirección de Presupuesto realizó la imputación preventiva del gasto; Que la Dirección Provincial de Arquitectura propicia la presente gestión; Que la Subsecretaría de Obras Públicas comparte el criterio expuesto y presta expresa conformidad a la presente gestión; Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado; Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el Decreto N° 367/17E y la RESOL-2017-235-E- GDEBA-MIYSPGP, y las atribuciones conferidas por Decreto N° 36/20 y modificatorias, Decreto N° 323/22 y modificatorias y Decreto N° 393/24; Que se encuentra en vigencia la RESO-2026-795-GDEBA-MIYSPGP, donde se ha encomendado la atención y firma de la Subsecretaría de Obras Públicas al Subsecretario de Recursos Hìdricos;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE RESO-2026-795-GDEBA-MIYSPGP EL SUBSECRETARIO DE RECURSOS HÍDRICOS DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Aprobar el Acta Acuerdo de Redeterminación Definitiva de Precios y sus Anexos, suscripta entre la Dirección Provincial de Arquitectura y la empresa PRATES Y CÍA S.A contratista de la obra: “Construcción CAPS - Grupo 1.8 - Barrio Sere - Morón/Amba” en el partido de Morón - Licitación Pública N° 20/2018, que agregados mediante IF- 202636436397-GDEBA-DPAMIYSPGP y IF-2026-26300163-GDEBA-DPRPOPMIYSPGP forman parte de la presente.
ARTÍCULO 2°. Determinar que la gestión aprobada por el artículo 1° asciende a la suma de pesos ciento cuarenta y ocho millones doscientos treinta y seis mil setecientos cuarenta y seis con noventa y ocho centavos ($148.236.746,98), al que adicionándole las suma de pesos un millón cuatrocientos ochenta y dos mil trescientos sesenta y siete con cuarenta y seis centavos ($1.482.367,46) del 1 % para Dirección e Inspección, y de pesos un millón cuatrocientos ochenta y dos mil trescientos sesenta y siete con cuarenta y seis centavos ($1.482.367,46) del 1 % para Embellecimiento y de pesos cuatro millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ciento dos con cuarenta centavos ($4.447.102,40) para la reserva del 3 % establecida en el artículo 8° de la Ley N° 6021, hace un total de pesos ciento cincuenta y cinco millones seiscientos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y cuatro con treinta centavos ($155.648.584,30);
ARTÍCULO 3°. La presente gestión será atendida con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 2026 - Ley 15.557 - JU 14 - PR 8 - SP 1 - PY 11800 - OB58 - IN 5 - PPR 4 - PPA 2 - SPA 568 - FF 13 - UG 568.
ARTÍCULO 4°. La Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General de la Provincia, transferirá a las respectivas cuentas de terceros del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos los importes correspondientes a las reservas del artículo 8° de la Ley N° 6021 - Dirección e Inspección y 3 % - y al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires la correspondiente a embellecimiento, conforme lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley N° 6174 para lo cual se procederá por la Dirección Provincial de Arquitectura a la realización de las gestiones pertinentes.
ARTÍCULO 5°. Requerir a la empresa contratista el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 Anexo I del Decreto N° 367/17-E.
ARTÍCULO 6°. Notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar y dar al Boletín Oficial, incorporar en el Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA), y girar a la Dirección Provincial de Arquitectura. Cumplido, archivar. Nestor Fabian Alvarez, Subsecretario.
ANEXO/S IF-2026-36436397-GDEBA- d568f8e4ebc06a8f0bb9ec4fa943d45fd28058cb628f94fa6a9c33e0b50c36cf Ver DPAMIYSPGP IF-2026-26300163-GDEBA- 36459668c81bfdd20eea2bcdcf3c8c78c4b1d9ad4ac11dca8382d69ab83435ab Ver DPRPOPMIYSPGP