RESOLUCIÓN N° 2171-MJYDHGP-2026
Rectifica permiso especial sin goce de haberes de Leopoldo Ernesto SANTUCHO
Organización internaResumen
Se rectifica el artículo 1° de la RESO-2026-1087-GDEBA-MJYDHGP para fijar que el permiso especial sin goce de haberes de Leopoldo Ernesto SANTUCHO corre entre el 30/05/2026 y el 29/05/2027, inclusive.
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Texto completo
RESOLUCIÓN N° 2171-MJYDHGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Jueves 22 de Octubre de 2026
VISTO el EX-2026-12745835-GDEBA-DDDPPMJYDHGP, mediante el cual se gestionó en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el permiso sin goce de haberes del agente, Leopoldo Ernesto SANTUCHO, por el término de un (1) año, a partir del 7 de mayo de 2026, y
CONSIDERANDO: Que, mediante RESO-2026-1087-GDEBA-MJYDHGP, de fecha 28 de mayo de 2026, se procedió a conceder el permiso especial sin goce de haberes, a partir del 7 de mayo de 2026 y hasta el 6 de mayo de 2027, inclusive, al agente Leopoldo Ernesto SANTUCHO; Que Leopoldo Ernesto SANTUCHO solicitó el permiso especial sin goce de haberes a partir del 7 de mayo de 2026 por el término de un (1) año; Que, dicha licencia se aprueba el día 28 de mayo de 2026; Que, tal como establece la normativa el agente no empezó a usufructuar la misma hasta tanto fue notificado de la resolución, continuando su labor y prestando servicios de forma ininterrumpida en la Subsecretaría de Justicia hasta el 29 de mayo, inclusive; Que, lucen agregadas las constancias de asistencia de que Leopoldo Ernesto SANTUCHO prestó servicios hasta dicha fecha; Que, el agente Leopoldo Ernesto SANTUCHO se notificó del permiso especial sin goce de haberes el 29 de mayo de 2026; Que, en razón de lo anteriormente expuesto, resulta necesario rectificar la RESO-2026-1087-GDEBA-MJYDHGP a los fines de modificar el artículo 1° y colocar que el permiso especial sin goce de haberes es a partir del 30 de mayo de 2026 y hasta el 29 de mayo de 2027, inclusive; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 28 de la Ley N° 15.477;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO N° 272-E/17 Y MODIFICATORIOS
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Rectificar Artículo 1° de la RESO-2026-1087-GDEBA-MJYDHGP de fecha 28 de mayo de 2026, el que quedará redactado de la siguiente manera: “
ARTÍCULO 1°. Conceder en Jurisdicción 1.1.1.16 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA, a partir del 30 de mayo de 2026 y hasta el 29 de mayo de 2027, inclusive, el permiso especial sin goce de haberes, al agente Leopoldo Ernesto SANTUCHO (DNI Nº 30.329.745 - Clase 1983) quien revista en un cargo de Planta Permanente - con Estabilidad- Agrupamiento Administrativo - Categoría Salarial 6 - Clase 3 - Grado XII - Código del Cargo 3-0004-XII-3 - Ayudante “D”, con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor en la Subsecretaría de Justicia, registrando una antigüedad en la Administración Pública Provincial de cinco (5) años, seis (6) meses y dieciocho (18) días, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley N° 10.430 (T.O. Decreto N° 1.869/96) y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 4.161/96 y modificatorios.”
ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar a la Dirección Provincial de Personal, a la Secretaría General, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Notificar. Cumplido, archivar. Juan Martín Mena, Ministro.